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Facturas y pagos retrasados

1 respuesta
Facturas y pagos retrasados
Facturas y pagos retrasados
#1

Facturas y pagos retrasados

Buenas tardes,

Tengo un cliente (profesional) que me propone pagarme las facturas el día 10 del siguiente mes. Quiere decir que las factura con fecha del 30 de mes, me las pagaría el día 10 del siguiente; pero el importe de las facturas correspondientes al último mes de cada trimestre (diciembre, marzo, junio) lo recibiría ya el 10 del siguiente trimestre, cuando yo esté haciendo la declaración de irpf del modelo 130. Me gustaría saber si puedo recibir el dinero con posterioridad y si estas facturas las debo calcular dentro del trimestre correspondiente a la fecha de la factura, o debo contar la fecha de la recepción del dinero, y por tanto, declarar este importe dentro del siguiente trimestre (trimestre en el que recibo el dinero).

Muchas gracias.

#2

Re: Facturas y pagos retrasados

Buenas tardes Mohcin.
Los ingresos de las facturas deberás declararlo en el trimestre que las hubieras emitido. Quiero decir con ello, que no puedes retrasarlo hasta la fecha que recibas el cobro.
Ten en cuenta que, en cualquier caso, la última factura de cada trimestre la recibirías antes de pagar la cuota de IRPF del Modelo 130 si optas por su domiciliación (se carga en el banco el día 20 del mes posterior a la finalización de cada trimestre).
Del mismo modo, el IVA debes declararlo en el trimestre que emitas la factura, salvo que apliques el régimen de caja (aunque no creo que lo hagas).
Saludos.
Jaime.