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¿Hay un mínimo que se puede cobrar sin darte de alta en autónomo?

2 respuestas
¿Hay un mínimo que se puede cobrar sin darte de alta en autónomo?
¿Hay un mínimo que se puede cobrar sin darte de alta en autónomo?
#1

¿Hay un mínimo que se puede cobrar sin darte de alta en autónomo?

Buenas tardes, tengo diferentes afiliaciones en productos de Internet, es decir, yo tengo mis propios dominios en Internet , pongo los productos de terceros en venta en mis sitios web y yo me llevo un porcentaje de las ventas.

Mi problema esta en que en un año llevo ganado cosa de 500€ y para cobrar todo legalmente tengo que darme de alta en autónomos, etc,etc, si me doy de alta en autónomos obviamente tengo que pagar autónomos todos los meses y gano entre 30€-150€ al mes , al final en vez de cobrar 500€ terminaría debiendo dinero a la seguridad social.

Por otro lado puedo optar por no cobrarlo por ser un negocio que claramente no compensa, pero tal y como esta la cosa 500€ me vienen estupendamente, por eso quería que alguien me aconsejara que hacer, ya que a las gestorias que ido hasta ahora directamente no quieren atenderme al comentarles mi situación y creo que es injusto tener 500€ que me hacen mucha falta y no poderlos cobrar, yo si ganara aunque fuera poco dinero soy el primero que quiero pagar mis impuestos , pero es que en mi situación no es cuestión de pagar o no, es cuestión que si quiere hacer las cosas bien si o si voy a ser moroso con la seguridad social.

#2

Re: ¿Hay un mínimo que se puede cobrar sin darte de alta en autónomo?

No hay un mínimo que se pueda cobrar sin estar de alta en autónomos, lo que hay es un máximo que puedes "facturar", sin que solo por esto, debas estar de alta en autónomos.

Pero esto de la facturación es solo uno más de los criterios. El criterio legal es el de "habitualidad", y está claro que gestionar un comercio (aunque sea un comercio on-line), es algo que normalmente se hace con "habitualidad".

Solo por el indicador económico, el maximo a "facturar" sin caer en la obligación de autónomos es el SMI. Si lo igualas, o superas, se entiende que te dedicas habitualmente a esa actividad. Este criterio nace de las actividades profesionales, donde casi todo lo facturado corresponde a lo que el profesional gana. Pero en las actividades mercantiles (comercio), ya es más peliagudo. No hay un criterio legal establecido, ni jurisprudencia directa.

En el caso, si llegases a tener problemas, podrías alegar que lo del SMI para profesionales, debería asumirse también respecto del "margen bruto" para actividades comerciales. Tiene sentido esa interpretación, pero por ahora no me suena que exista jurisprudencia.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: ¿Hay un mínimo que se puede cobrar sin darte de alta en autónomo?

En primer lugar muchas gracias por su contestación.

Me gustaría saber cual es la cantidad máxima que se puede facturar sin tener la necesidad de estar dado de alta en autónomos , así como cual seria la asiduidad con la cual si que tendría que pagar autónomos.

también quisiera saber mas sobre que es el SMI para profesionales, ya que de esto ninguna gestora me informo.

Y ya que ninguna gestoria me atiende, si es tan amable me gustaría que me dijera que pasos e de dar, si tengo que darme de alta en hacienda y como, si puedo emitir facturas, si tengo que pagar irpf, iva etc,...me haría un gran favor.

Y una vez mas muchas gracias por su atención.

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