No es tan así como te han dicho.
Lo cierto es que llevas ya más de 15 años cotizados en el régimen general. Y previsiblemente acumularás al menos otros 15 años en autónomos.
Como el periodo mínimo para causar pensión son 15 años, potencialmente podrías llegar a tener derecho a dos pensiones de jubilación (sin que la suma de ambas supere el tope de pensión máxima).
Pero eso de los 15 años cotizados es solo uno de los requisitos. Otro de los requisitos es que al menos 2 años deben estar dentro de los últimos 15. Y ese requisito, por ahora, no lo cumplirías en el régimen general. Hay fórmulas para solventarlo.
Establecido que tienes derecho al cómputo independiente de la pensión en régimen general, y en autónomos, entonces viene lo de los años que se cuantifican.
Con tu edad, si cotizas todo el periodo, te corresponderá computar todo lo cotizado desde los 40 años. Lo anterior no cuenta, salvo para el total de años acumulados.
Como habrían periodos a 0 (de los 40 a los 46 en autónomos, por ejemplo, o los largos años en que no vas a cotizar por general, de aquí a los 65...), vienen las normas de integración de lagunas.
En autónomos, directamente a 0. Si cotizas, cuenta, si no cotizas, cuenta 0.
En régimen general, si cotizas, cuenta. Si no cotizas, los primeros 48 meses sin cotización te los cuentan a Base Mínima, y todo el resto de meses sin cotización, te los cuentan a Base Mínima/2.
O sea, las bases de cotización buenas del régimen general, solo te computarán las de los 40 a 46 años.
Y claro, también debes tener en cuenta que te aplicarán un porcentaje de reducción muy grande por no tener el máximo de periodo cotizado. Más o menos una penalización del 30 % en la pensión del régimen general, y del 45 % en la de autónomos.
En resumen, dos pensiones, quizás sí, pero ambas de escasa cuantía. Y siempre y cuendo logres cotizar 24 meses en régimen general de los 50 a los 65 años.
Tendrías que hacer números (la legislación puede cambiar mucho hasta entonces, es solo un futurible), pero puede que te salga a cuenta eso de las dos pensiones (por el regalo de la integración de lagunas del régimen general), o solo una, en autónomos, pero contando todo seguido.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!