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Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos

6 respuestas
Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos
Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos
#1

Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos

Saludos,

soy autonomo y me gustaria saber si los libros FISICOS de contabilidad son obligatorios, o si puedo tener un simple programa informático que los sustituya.

En caso de una inspección, ¿podría presentar los pdf's que genera dicho programa informático?. Puesto que soy informático, estoy pensando en hacerme ese programa yo, ¿el programa informático tendría que cumplir algun tipo de normativa? ¿Que tipo de información es la que tengo que registrar obligatoriamente?

#2

Re: Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos

Hasta hace poco lo normal era llevar la contabilidad en libros físicos, pero actualmente lo normal es recurrir a un gestor de contabilidad online o llevar tu propia contabilidad a través de un software de contabilidad.

¿Qué información debes registrar de manera obligatoria?

Normalmente se debe llevar al día los siguiente libros:

  • Libro diario: cobros y pagos
  • Libro de inventario: bienes, derechos y obligaciones
  • Cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias

 

 

#3

Re: Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos

Todo eso sale detallado en la ley.

Dependiendo de a qué regimen de estimación te hayas acogido tendrás unos requisitos u otros. Sin más información no se te puede recomendar nada.

#4

Re: Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos

Balance, cuenta de pérdidas y ganancias? Si es un autónomo no una empresa jurídica!

#5

Re: Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos

Si es autónomo en estimación directa normal, tiene que llevar la contabilidad según el Código de Comercio y por tanto ... balance, cuenta de PyG y todo lo demás.

#6

Re: Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos

Obligaciones contables y registrales
Actividades mercantiles: contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad.
Actividades no mercantiles: únicamente deben llevarse libros registro de ventas e ingresos, de compras y gastos y el de bienes de inversión. No se consideran actividades empresariales mercantiles las agrícolas, las ganaderas y las actividades de artesanía, siempre que en este último caso las ventas de los objetos construidos o fabricados por los artesanos se realice por éstos en sus talleres.
Actividades profesionales: son obligatorios los libros registro de ingresos, de gastos, de bienes de inversión y el de provisiones de fondos y suplidos.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Empresas_y_profesionales/Empresarios_individuales_y_profesionales/Rendimientos_de_actividades_economicas_en_el_IRPF/Regimenes_para_determinar_el_rendimiento_de_las_actividades_economicas/Estimacion_Directa_Normal.shtml

Un autónomo puede desarrollar actividades mercantiles, no mercantiles y profesionales.

Saludos.

#7

Re: Libros de contabilidad, ¿son obligatorios? - Autónomos

Si eres autónomo en estimación directa simplificada (muy común), no tienes que hacer BALANCES, solo Libros (o en soporte informatico) de :
- INGRESOS
- GASTOS
- FACTURAS EMITIDAS
- FACTURAS RECIBIDAS
- BIENES DE INVERSION
- si procede, de PROVISIONES y SUPLIDOS

Nada más, y luego, con esos datos determinar el Rendimiento Neto por diferencia (no olvides el 10% de gastos de difícil justificación), y presentar los modelos de impuestos correspondientes, generalmente de forma trimestral.
Los más comunes:
IVA 303 y su resumen anual 390
IRPF: 111 y 115 (alquileres); y sus anuales 190 y 180
Resultados: 130
Intracomunitarios: 349
Operaciones con terceros <3000: 347

Pero en ningún caso Cuentas Anuales, ni Registro Mercantil etc.

Saludos