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Desgravarse facturas de teléfono, autónomo vs persona física

8 respuestas
Desgravarse facturas de teléfono, autónomo vs persona física
Desgravarse facturas de teléfono, autónomo vs persona física
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Re: Desgravarse facturas de teléfono, autónomo vs persona física

Cualquier criterio, si es razonable, es perfectamente defendible. Lo importante es tener claro cual es el argumento.

Entiendo que es razonable lo de los teléfonos.

Llegado el caso, los de la AEAT se pondrían a contar llamada por llamada (las facturas vienen con el desglose de llamadas), para ver que porcentaje es atribuible a uso empresarial y cual a uso particular.

Si en el +/-, resulta algo similar (tipo un 60-40, o un 50-50), pues perfecto.

El criterio por defecto del 50 %, es válido a efectos de IVA, y salvo caso de pretender (por parte del declarante) atribuir un mayor porcentaje de afectación (o uso profesional), que debe demostrarlo; o salvo caso de pretender (por parte de hacienda) atribuir un menor porcentaje, que deberá asimismo demostrar.

Para el IRPF (salarios en especie o cosas asimiladas), esa presunción del 50 % ya no es tan lineal o "por defecto".
A mi entender, habría que "auditar" al menos 2 o 3 facturas, internamente, ver cual es el porcentaje de uso real particular vs. profesional, y utilizar eso como criterio general. Si está cerca del 50 %, entonces para el IVA directamente al 50 %, y para base imponible-IRPF, el redondeo más cercano a ese porcentaje "auditado".

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!