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Traspaso de local en contrato antiguo

3 respuestas
Traspaso de local en contrato antiguo
Traspaso de local en contrato antiguo
#1

Traspaso de local en contrato antiguo

Hola,

Es un contrato de arrendamiento de local de 1980, ya con una subrogación. Cuando parecía que se iba, ahora el inquilino nos ha llamado que tiene un posible cliente para traspasarlo. Las preguntas son:

1) El propietario está obligado a aceptar el traspaso? Si es así, sería hasta el 31-12-14, que es cuando, teóricamente, al actual inquilino se le extinguiría su traspaso?

2) El propietario cobra algo por el traspaso?

3) Si aceptamos el traspaso o no queda más remedio, podemos subirle la renta? es un 20% como máximo?

4) La fianza, que data de 1980, es ridícula a tiempos de hoy. Podemos actualizarla, al menos con la renta actual?

5) el inquilino debe 3 meses de alquiler. Puede traspasarlo igualmente? La deuda la asumiría el nuevo inquilino?


Gracias por sus respuestas

#2

Re: Traspaso de local en contrato antiguo

El inquilino actual puede traspasar el local sin necesidad de acuerdo con el arrendador.
El traspaso debe realizarse en escritura pública.
El arrendador tiene derecho de tanteo y retracto.
La duración de la vigencia del arriendo para el nuevo inquilino es al menos hasta el 31/12/2014.
El arrendador tiene derecho a participar en un 10 % del precio del traspaso.
El arrendador tiene derecho a elevar la renta en un 15 %.
La fianza debe actualizarse al importe actual de la renta, y debe depositarse dicho importe en la cámara de la propiedad u órgano similar que corresponda.

La deuda de tres mensualidades no la tiene "el local o su ocupante", la tiene la persona concreta que resulte obligada por el contrato.
Está claro que el nuevo inquilino no tiene porque hacerse cargo de deudas pasadas.
Está claro también que el impago de rentas es motivo de rescisión de contrato. Y si el contrato se rescinde, no hay nada que traspasar.

Mediando traspaso, y derecho a elevar renta, lo suyo es negociar para cobrar lo debido, a cambio de quizás no elevar renta, o algo así.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Traspaso de local en contrato antiguo

Muchas gracias por su respuesta.
Hemos pedido reunirnos para conocer al posible nuevo inquilino pero, por su respuesta, entiendo que podría llegar a hacerse el traspaso sin la autorización del propietario.

Suponiendo entonces que el antiguo inquilino lo quisiera traspasar igualmente, y no quisiera pagar las 3 mensualidades que debe y el 10 % del traspaso, tendríamos que reclamarle judicialmente esas cantidades?

Y al nuevo inquilino sería sólo informarle del aumento de renta en un 15 % (no es un 20% segun la Ley de Arrendamientos urbanos?) y de pedirle el dinero para actualizarle la fianza al precio de la renta actual (que aún está a precio del alquiler de 1980)?

#4

Re: Traspaso de local en contrato antiguo

Al ser un contrato anterior a 1985, se rige por lo establecido en la ley de 1964.

El traspaso del local debe hacerse en escritura pública, ante notario.
El notario debe retener la parte de traspaso que corresponde al arrendador.

Si no hay escritura pública, el nuevo inquilino estará incurriendo en un supuesto de usurpación.

En la ley 1964 (la que regula transitoriamente este arrendamiento), el derecho a elevar renta es solo del 15 %.

Siempre que hay deudas impagadas, se pueden reclamar judicialmente.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!