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Despedir a un empleado

3 respuestas
Despedir a un empleado
Despedir a un empleado
#1

Despedir a un empleado

Un conocido quiere despedir a un empleado porque, estando de baja por enfermedad (se cortó un dedo pelando tomates), lo vió en una concentración motera junto con su novia un domingo y al día siguiente no fue a trabajar porque todavía no le habían dado el alta.
¿Es causa de despido? ¿No se supone que cuando se está de baja se debe estar en casa? ¿No habría que indemnizarle verdad?

#2

Re: Despedir a un empleado

Planteado en estos términos, apunta a un improcedente como la copa de un pino (gordo).

A ver, estar de baja por causa sanitaria implica que tienes algún tipo de patología que te impide desarrollar tu trabajo. Eso, y punto.
En ningún momento se trata de una condena a arresto domiciliario, que es lo que al parecer tanto tu amigo "empresario" como tu mismo entendeis que es una baja laboral.

Lo que se puede hacer es instar a que la mutua de accidentes revise el tema, ya que puede que la herida y recuperación del dedo sea incompatible con el trabajo, pero que también sea incompatible con ciertas actividades de ocio. Puede que el trabajador esté alargando artificialmente el periodo de recuperación, alegando incorrectamente secuelas. O puede que por no seguir adecuadamente la recuperación mandada por el médico, le queden secuelas definitivas, y la mutua, obviamente, no querrá ser responsable.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Despedir a un empleado

Gracias por la respuesta Cachilipox, pero no entiendo porque es un despido improcedente. Está de baja por enfermedad y el tío se pasea por ahí con la moto. No entiendo porque el despido no es procedente.
Lo que está claro, es que es la mutua la que le está pagando actualmente hasta que le den de alta. Mi amigo no le pagará estos días que no está yendo al trabajo.

#4

Re: Despedir a un empleado

Un despido puede ser por causas disciplinarias, procedente, improcedente o nulo.

Por la situación descrita, entiendo que hay una pretensión de acogerse a un despido disciplinario, sin derecho a indemnización, en base a la inasistencia del trabajador a su puesto de trabajo, pudiendo hacerlo.

Lo que sucede es que eso, primero, debe determinarlo quien tenga autoridad médica, y segundo, una baja laboral no es un arresto domiciliario, y por tanto, salvo indicación terapeutica, no obliga ni a permanecer en el propio domicilio, ni a suspender actividades de ocio. Y menos cuando estas actividades de ocio resulta que se hacen en un domingo, día que en todo caso, no tendría que haber asistido al puesto de trabajo.

Si el médico (servicio de salud pública o mutua empresarial), determinan que para la correcta recuperación el trabajador no puede realizar tal o cual actividad, o que debe permanecer en reposo domiciliario, pues vale. Y el incumplimiento es un fraude a la empresa y a la mutua. Pero deben ser ellos los que procedan.

Que se pasee en moto no quiere decir nada. ¿Que dedo es el afectado? ¿Es uno de los dedos que debe utilizar para conducir la moto? ¿No será más una imprudencia de tránsito que un presunto fraude laboral quizás? ¿En su puesto de trabajo debe realizar manipulaciones con la mano del dedo afectado?

Es que todo depende de las circunstancias, si me rompo un brazo, y trabajo en logística, pues creo que es razón de baja. Pero si es un trabajo de tipo "mental", con poca, nula u obviable actividad administrativa, pues quizás no es razón para una baja.

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