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Paro

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Paro
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Paro
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#1

Paro

Buenas tardes, podrian ayudarme en el siguiente tema.

Soy psicóloga, llevo 5 años trabajando en un empresa con contrato indefinido a media jornada, pero desde este año me han cambio el contrato a fijo discontinuo. A partir de este año (éste ya incluido), trabajo 9 meses y descanso 3 (julio, agosto y septiembre). Éstos 3 meses he cobrado la prestación del paro; ahora en octubre me he reincorporado pero en la oficina del INEM no se enteran; increíble pero cierto lo que os voy a contar. Y no se a quien hacerle caso. Una de las funcionarias me dice que aunque me incorpore al trabajo puedo seguir cobrando la prestación hasta que se me agote en abril porque trabajo a media jornada; en cambio la otra que me atendió me dice que no puedo cobrarlo porque me he incorporado al trabajo pero a la misma empresa entonces que no tengo derecho a cobrar la prestación y realmente no se que hacer. No quiero problemas de tipo ningún ni con el INEM ni con ningún tipo de Administración. Alguien me podría decir que debo hacer?

Un saludo y gracias de antemano.

#2

Re: Paro

No se si debes o no cobrar paro pero desde luego si lo cobras agotaras la prestación ..
Antes sino ha cambiado necesitabas trabar 12 meses para generar un nuevo derecho a prestación así que si tienes derecho a cobrar muchos meses , pudiendo, algo que desconozco te interesaría seguir cobrandolo seguramente ..pero deberías preguntar a un sindicato o algo similar y con todos los papeles ..
Aquí nadie te va a poder dar la solución exacta con tan poco dato

Un abrazo

La desigualdad importa aunque aún no lo sepas

#3

Re: Paro

En tu caso, como te están indicando, es mejor que te asesoren correctamente gente especializada en el tema.
Por mi parte sí te puedo asegurar, poque he estado en una situación similar, que cuando tienes un periodo de desempleo aprobado, y te formalizan un contrato a media jornada, tienes derecho a cobrar el paro para completar la jornada. Lo que no te habrán dicho es que si tienes aprobado un paro de, por ejemplo, 30 €/día, te pagarán 15 €/día pero tú habrás consumido el día completo de paro; es decir, te pagarán 15 y los otros 15 se los queda la administración.
Ahora tienes que valorar tú si te compensa.

#4

Re: Paro

Si ahora trabajas a jornada completa, lo que te dicen las dos funcionarias es compatible y no deberías de cobrarlo y es incompatible cobrar paro y trabajar.

Teoricamente al darte de alta en cotización en Octubre por la empresa, la misma Seguridad Social debería de darse cuenta y darte de baja de forma automatica y supongo que será cuestion de tiempo.

Si logicamente son la propias funcionarias donde tienes que comunicar el alta en cotización para la baja en el paro, las que no se quieren dar por enteradas, deberías de tener contigo alguna prueba por escrito de que es compatible para evitar algo en el futuro con reclamaciones o sanciones.

Mi consejo es que hagas un escrito, en lugar de hablarlo solo, para que te comuniquen la resolución definitiva por escrito de quien sea competente y tengas prueba en caso de que en el futuro te reclamen algo.

Presenta un escrito de entrada en el registro haciendo copia en el INEM, con los hechos que nos hablas y la solicitud de resolución sobre la compatibilidad para que se pongan de acuerdo en la resolución, pero sobretodo para tener constancia por escrito.

Una cosa es una consulta que es lo que has hecho y otra una resolución con hechos porque una solicitud de resolución con nombre, dni, dirección para que te lo comuniquen y datos personales, que es lo que vale de verdad.

Modelo de solicitud:

http://www.mecd.gob.es/dms-static/c55aabed-a9ea-4176-bc21-9b541b12c899/solicitud-pdf.pdf
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Aunque no contesten, con la copia sellada por el registro consta que no hay mala fe y que se ha comunicado la situación.

Un saludo

#5

Re: Paro

Sigo trabajando a media jornada

#6

Re: Paro

Aunque te dijeramos una u otra cosa nosotros, lo que vale es lo que te digan ellos y yo entiendo razonablemente que tendría derecho al paro hasta la parte hasta cumplir la jornada completa, es decir la mitad y no todo, pero se nos escapa si puede haber algun sitio donde se cuele el fraude.

Pero eso es mejor que se lo resuelvan ellos por escrito, para que se mojen sobre la compatibilidad y en que cantidad.

Nosotros no podemos alcanzar una interpretación firme donde hay dudas razonables porque puede haber algo que se nos escape.

http://www.citapreviainem.es/cobrar-el-paro-y-trabajar-a-tiempo-parcial/
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https://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/estoy_cobrando_paro/trabajo_tiempo_parcial.html

Como te dicen mas arriba de las dos opciones suspension o cobrar la mitad, habra que hacer cuentas que es lo que compensa mejor en su caso.

Un saludo

#7

Re: Paro

Sigo trabajando a media jornada, no a jornada completa. Entonces, tu me dices que no tengo derecho a cobrar la prestación (aunque se que me correspondería cobrar la mitad y no el total de lo que cobraba durante el tiempo de paro) aunque trabaje a media jornada?

#8

Re: Paro

Si trabajas a tiempo parcial, es decir la mitad, tendrias derecho a cobrar la prestación de paro de antes, pero la mitad.

En todo caso una modificación, que requiere aclaración por escrito y sobretodo optar sobre continuar asi, pero cobrando la mitad, o suspenderlo para cobrar más despues porque como te dicen arriba quizás agotarías el paro para el año que viene, y solo podrias pedir subsidio de desempleo que es menor que el paro o prestación contributiva que depende de la cotización y es más alto.

Un saludo

#9

Re: Paro

Pide lo que sea por escrito y que te respondan por escrito, y así que sean ellos los que decidan si te pagan o no, pues mañana no podrán alegar desconocimiento de lo sucedido. Asegurate de tener un recibido con sello y fecha. Si te dicen que era fraude, tu indicarías que les advertiste, y que no está en tu poder decidir si procede o no.

Un contrato discontinuo implica que por cierto tiempo estas en paro, pues no son vacaciones pagadas.
Y deberías enfatizar en ello. Tienes que ser persuasiva en tu escrito indicando las razones por las que consideras que estás en paro discontinuo.

Asegurate de que la redacción sea formal, y de que si un auditor lo lee no pueda atribuir mala fe o tentativa de cometer acto incorrecto o inducir a otros a acto incorrect de ningún tipo en lo que escribas. La precisión absoluta del lenguaje importa mucho. Si no eres muy ducha escribiendo, busca a alguien que sepa de matices legales en redacción.

#10

Re: Paro

Perdonar por tanta pregunta, pero una duda más. La funcionaria que me ha dicho que no tengo derecho a la prestación dice que: no tengo derecho por reincorporarme a la misma empresa, si me incorporase a otra si tendría derecho. Es eso cierto?
Gracias.

#11

Re: Paro

Tiene mucho fundamento que no se aplique la compatibilidad de paro y trabajo en su caso concreto con la misma empresa, porque se estaría incentivando que no le hagan nunca un contrato a tiempo completo.

El problema del tiempo parcial es que las horas extraordinarias no se pagan en la practica y se puede buscar el contrato a tiempo parcial cuando debería ser a tiempo completo, como un fraude al trabajador y a la ley.

Si le han hecho un fijo discontinuo es gracias a los limites en la contratación y a las obligaciones legales y a no utilizar el paro de forma fraudulenta como salario complementario.
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Las empresas se ahorran 65.507 puestos de trabajo a tiempo completo.

Las horas extras ya (casi) no se pagan.

Los trabajadores asalariados realizan cada semana un total de 2,5 millones de horas extraordinarias que no son remuneradas por sus empresas, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) referidos al tercer trimestre del año. Teniendo en cuenta que la jornada laboral media en este periodo se situó, según la Encuesta de Población Activa (EPA), en 38,3 horas, las empresas se ahorran 65.507 puestos de trabajo a tiempo completo con las horas extra que no remuneran a sus empleados.
Los 2,5 millones de horas no remuneradas suponen la cifra más alta en un tercer trimestre desde el año 2008, con un aumento del 11,4% en comparación con los datos 2012. Las ramas de actividad en las que se ha realizan un mayor número de horas extraordinarias sin remunerar son la industria manufacturera (803.800), el comercio y la reparación de vehículos (589.600), y las actividades sanitarias y de servicios sociales (586.800). En total, el 52,8% de las horas extra realizadas por los trabajadores no son remuneradas, un porcentaje que alcanza, dentro de los sectores principales, el 94,9% en las actividades financieras y de seguros, el 90,8% en la de información y comunicaciones, y el 82,3% en educación.

Un saludo

#12

Re: Paro

Perfecto, con ese argumento me queda claro que no me corresponde continuar cobrando el paro.

Muchas gracias.

#14

Re: Paro

Eso vas a tener que averiguarlo. ¿En qué ley, reglamento, inciso dice eso EXPLICITA o IMPLICITAMENTE? Si no aparece en ninguna parte, no existe y te dicen una arbitrariedad. Normalmente en los países, los empleados públicos sólo pueden hacer lo que la ley les faculta, y en el sector privado pueden hacer lo que no está prohibido.

Recuerda, los papeles hablan, las palabras se las lleva el viento. Todo lo que hagas, hazlo por escrito.

#15

Re: Paro

Si se hace un acto administrativo sin ninguna cobertura legal a sabiendas, se comete un delito de prevaricación.

Si se hace la petición por escrito evidentemente cabe recurso sobre la interpretación de la norma y es la prueba de que no se cumple la ley.

El problema habitual no es tanto de exceso de acción o extralimitación, sino más de falta de acción, omisión o inactividad cuando existe una obligación de actuar.

Un saludo