Depósito creciente 36 meses 4,49% TAE de La Caja de CanariasRespuestas: 12
Depósito creciente 36 meses 4,49% TAE de La Caja de Canarias
El ‘Depósito Creciente’ es un atractivo depósito a largo plazo con una competitiva remuneración trimestral. Se trata de un producto de ahorro muy potente a 36 meses con una atractiva rentabilidad trimestral:
- Tercer año: 5,50% nominal anual TAE: 4,49%
Re: Depósito creciente 36 meses 4,49% TAE de La Caja de Canarias
Tiene una buena rentabilidad, pero en caso de cancelación: En caso de cancelación anticipada de la inversión, si bien no existe tipo de interés de penalización alguno, el depósito remunerará a un tipo de interés, fijo y único, por el período transcurrido desde la fecha valor de la imposición hasta la fecha de cancelación, de 0,8125% si se cancela durante el primer año, 2% si se cancela durante el segundo año y de 3,5625% si se cancela durante el tercer año. En mi opinión, es un handicap importante para un depósito a 36 meses. Saludos,
Re: Depósito creciente 36 meses 4,49% TAE de La Caja de Canarias
No es mal depòsito si no necesitas el dinero en 3 años. saludos
Re: Depósito creciente 36 meses 4,49% TAE de La Caja de Canarias
No es nuevo. Es el mismo que tienen todos los componentes del SIP Cajamadrid-Bancaja, etc...
Re: Depósito creciente 36 meses 4,49% TAE de La Caja de Canarias
¿Alguien sabe si alguna entidad de Bankia sigue comercializando el deposito creciente?
Re: Depósito creciente 36 meses 4,49% TAE de La Caja de Canarias
vaya, yo creo que todas. Al menos Cajamadrid seguro que si, y Bancaja también.
Re: Depósito creciente 36 meses 4,49% TAE de La Caja de Canarias
Hoy he estado en una oficina de Bancaja y sigue en vigor, me han dicho que no sabe hasta cuando, aunque otras fuentes dicen que hasta el 30 de Abril. En cuanto a penalizaciones tampoco lo sabía bien y me ha sacado el siguiente texto del ordenador: El nuevo criterio supone que un deposito a plazo que se cancele anticipadamente sufrira un recalculo de intereses de tal forma que el cliente percibira los rendimientos generados sobre el importe dispuesto, por el plazo transcurrido hasta ese momento, calculados a un nuevo tipo de interes que será el resultado de multiplicar el tipo de interes original por el ratio plazo realmente invertido dividido por el plazo comprometido en el deposito. Si esto es ciero las penalizaciones fijas de hasta un año daban el 0,81%, mas de un año el 2% y mas de dos años el 3,56% habrían cambiado. S2 |
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