Si el deudor es solvente y quiere pagar, tanto el pagaré como la letra son buenos instrumentos. Pero en la España matricula de honor en picaresca, lo mejor es el dínero contante y sonante, vender y cobrar en el acto, siempre habrá quien con un sustancioso descuento nos pagará al contado.
Malos tiempos y peores resultados para los que su negocio se sustente en vender y para cobrar tener que hacerlo con letras o pagarés.
Es de un banco nacional(Bankinter), pero no se si se tiene la obligacion y si no se tiene cuando pueden evitar pagar?
Segun lo que han dicho la única obligacion es con las letras. ¿Alguien sabe aparte de situacion de quiebra cuando puede no cobrarse el pagaré?