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Re: Garantía de depósito de acciones en caso de quiebra
A ver, el servicio postventa... ) Echevarri, he leido tu "estudio" sobre ello en tu blog.
2) Resumiendo, si el dinero lo guarda una empresa (como un banco, p.e.) y ésta quiebra, como el dinero (esa masa de dinero) aún existe, pues se pasa a otro gestor y ya está (parece facil, jeje)
3) Vamos, que si la pasta (entíendase esa masa en forma de fondo, p.e., con su NIF correspondiente y siendo una persona jurídica ajena a la sociedad ó banco que la gestiona) aún existe, por mucho que quiebre la sociedad que la gestiona, el dinero siempre estará ahí para recuperarlo en el futuro. ESO MISMOPero si el capital ya no está (esté o no incluido en la empresa que lo gestiona), no hay nada que hacer.SNO ACABAR DE ENTEDER ESO DE QUE EL CAPITAL NO ESTE Resumiendo: si el dinero existe se recupera algo, si no, nada.
4) Comentando el tema de los seguros de vida, recuerdo que hace unos dias Lizpiz comentó una noticia de la gestora que contolaba las cuotas que pagaban los enfermeros españoles. Esa gestora se traspasó a gibraltar y ha petado. El dinero supongo que tambien se ha esfumado, es decir, que el patrimonio, y con el, claro está, la liquidez se han ido al garete.
5) Lo que no me queda claro aún es ¿para que sirve el fondo de garantia de inversiones? ¿que pasa, que las sociedades de gestión de inversiones (y cuales, por que hay muchas y de muchos tipos) tambien aportan un % de sus operaciones a un fondo para éstos casos? ¿que pasó con este tema en Gescartera?
SIENTO NO SER LO SUFICIENTEMENTE CLARO. |