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Cambio titular contrato electricidad

5 respuestas
Cambio titular contrato electricidad
Cambio titular contrato electricidad
#1

Cambio titular contrato electricidad

Hola a todos, quiero cambiar el titular de mi suministro de electricidad. He llamado y la sorpresa ha sido que me piden a parte de los datos de la nueva persona, una copia del contrato de arrendamiento o escritura en la que aparezca el nombre de la nueva persona....
¿Había hecho algún cambio de titular y jamás me habían pedido nada de esto? ¿Qué hago si no tengo eso? ¿no puedo poner el nombre a nombre de mi pareja por ejemplo si no le alquilo el piso donde vivimos?

#2

Re: Cambio titular contrato electricidad

Lo correcto es que te pidan eso, lo que pasa que a veces encuentras a empleados de compañias que hacen las cosas mal y no lo piden.

Solo puedes poner a tu nombre algo que es de tu propiedad o el piso que eres inquilino.

saludos

#3

Re: Cambio titular contrato electricidad

Como bien te dice mentafresc, es lo correcto. Para poner algo a nombre de otra persona siempre debería justificarse la relación que existe para que esa persona asuma el pago.

En el ejemplo que pones con tu pareja supongo que bastaría un documento de cesión de uso compartido del piso (o algo por el estilo)

Yo hace poco puse el contrato del agua a nombre de unos inquilinos y la compañía lo primero que me pidió es una copia del contrato de alquiler. Cuando hice lo mismo con la de electricidad no dijeron ni pío. Supongo que tendrá que ver con la empresa, pero desde mi punto de vista, lo correcto es que pidan la vinculación.

Saludos

#4

Re: Cambio titular contrato electricidad

Hay una opción que es que el dueño del piso sea el titular del suministro de electricidad, pero autorice el pago a otra persona, que puede ser cualquiera, con tal de que el titular dé su consentimiento.

#5

Re: Cambio titular contrato electricidad

Si es tu pareja no te pondrán problemas con un certificado de empadronamiento en el que figureis ambos.

#6

Re: Cambio titular contrato electricidad

Efectivamente, pero si esa persona deja de pagar la luz el "moroso" será el titular del contrato.

Saludos