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#2
Re: Diligencias tras el juicio
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Re: Diligencias tras el juicio
#4
Re: Diligencias tras el juicio
Cuando te notifican la sentencia obviamente te la comunican y en ella te emplazan a que la cumplas. Si no lo haces voluntariamente solicitaran la ejecución de la misma embargando nominas, cuentas corrientes, bienes, etc en el orden que la ley marca. O sea que si tienes algo a tu nombre, nomina, etc etc te la embargaran.
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Re: Diligencias tras el juicio
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Re: Diligencias tras el juicio
#7
Re: Diligencias tras el juicio
#8
Re: Diligencias tras el juicio
#9
Re: Diligencias tras el juicio
Traban la finca, el piso, no van a por los enseres. Si tienes un coche, por ejemplo, si que podrían instar al embargo de dicho coche, u otras propiedades, pero si solo tienes el piso, van directos a por el piso, sin importar lo que haya o no dentro. Te queda la opción de pagar la deuda o negociar con el acreedor para poder hacerle frente.
Saludos
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