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Tributacion plusvalias menores de un año

5 respuestas
Tributacion plusvalias menores de un año
Tributacion plusvalias menores de un año
#1

Tributacion plusvalias menores de un año

Buenos dias

Tengo la siguiente duda. Mi cartera de valores esta a nombre de mi mujer, que tiene trabajos temporales que le reportan unos 4.000€ anuales. Opero en bolsa comprando y vendiendo sin dejar las acciones mas de un año.

Ejemplo:

Sueldo anual: 4.000€
Beneficio bolsa: 5.000€

Como tributaria y cuanto pagaria de impuestos?

Muchas gracias! Soy todo un novato como podeis ver.

#2

Re: Tributacion plusvalias menores de un año

Alguien que me eche una mano?

#3

Re: Tributacion plusvalias menores de un año

Buenos días pawarman
No estas preguntando en el foro adecuado, pon la misma pregunta en éste foro, y te ayudarán.
Suerte

#4

Re: Tributacion plusvalias menores de un año

Al ser ganancia menores de un año, se suman a tu sueldo es decir tributarias por 9000 euros.

#5

Re: Tributacion plusvalias menores de un año

Hola pawaman,en 2015 ya no hay distinción entre operaciones de hasta 1 año y operaciones de más de 1 año, como sucedía en 2014.
Las pérdidas pendientes de compensar a 31 de diciembre de 2014 (sean de hasta 1 año o de más de 1 año) se pueden compensar con cualquier plusvalía (acciones, inmuebles, fondos de inversión, etc) a partir del 1 de enero de 2015.
La tabla de tipos a pagar por las plusvalías obtenidas por la venta de acciones (y fondos de inversión, derivados, ETF's, inmuebles, etc) es la siguiente:
PARA EL AÑO 2015
Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 19.5%
Entre 6.000,01 y 50.000 euros: se paga el 21.5%
Más de 50.000 euros: se paga el 23.5%
PARA EL AÑO 2016
Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 19%
Entre 6.000,01 y 50.000 euros: se paga el 21%
Más de 50.000 euros: se paga el 23%

Estos porcentajes se aplican al total de plsuvalías (restando las minusvalías correspondientes) de todos los productos (acciones, fondos de inversión, opciones y futuros, CFD's, etc). La plusvalía o minusvalía se calcula teniendo en cuenta todas las comisiones de compra y de venta, como siempre. Se mantiene el criterio FIFO y continúa en vigor la “regla de los 2 meses”.

Una de las novedades más importantes de 2015 es que se pueden compensar las pérdidas en acciones, fondos de inversión, etc con los dividendos, intereses de cuentas y depósitos. En 2015 se podrá compensar hasta un 10% de las pérdidas (no de los dividendos cobrados). Es decir, si se han tenido unas pérdidas de 1.000 euros, se podrán compensar 100 euros con dividendos e intereses cobrados. En 2016 este porcentaje sube al 15%, en 2017 al 20%, y en 2018 hasta el 25%. Esto sólo es válido para las minusvalías generadas en 2015, no para las minusvalías pendientes de compensar a 31-12-2014 de años anteriores.
Respecto a cuanto pagará depende de la situación personal, si tienes hijos, prestamo hipotecario,fondo pension, etc, aunque con las minimos personales y esos importes no le saldrá a pagar o la cuantía será minima, habría que estudiar la situación personal de los dos para ver que es lo que interesa si tener la cartera a su nombre al tuyo o a nombre de los dos.Si estais casados en regimen de bienes ganaciales aunque la cartera este asu nombre también se pueden atribuir los beneficios a partes iguales entre los dos.
Saludos

#6

Re: Tributacion plusvalias menores de un año

Esto quiere decir que la norma de venta antes y despues de un año solo se aplico en 2013 y 2014, y ahora vuelve a ser como antes?

Ya no se suman a mi sueldo?

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