Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito
Estamos realizando la escritura de aceptación de herencia. Algunos de mis hermanos que viven fuera han remitido poderes notariales amplios para cualquier gestión. Ya hemos liquidado el impuesto de sucesiones
En la Caixa, le han dicho a mi hermana, que para poder repartir el depósito del que era titular nuestra madre, cuando tengamos la escritura de aceptación de herencia, hemos de personarnos TODOS (incluso los que viven fuera y han remitido poderes notariales) en la Caixa para proceder al reparto.
¿Es correcto este proceder?