Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito

5 respuestas
Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito
Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito
#1

Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito

Estamos realizando la escritura de aceptación de herencia. Algunos de mis hermanos que viven fuera han remitido poderes notariales amplios para cualquier gestión. Ya hemos liquidado el impuesto de sucesiones

En la Caixa, le han dicho a mi hermana, que para poder repartir el depósito del que era titular nuestra madre, cuando tengamos la escritura de aceptación de herencia, hemos de personarnos TODOS (incluso los que viven fuera y han remitido poderes notariales) en la Caixa para proceder al reparto.

¿Es correcto este proceder?

#2

Re: Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito

Depende de que la escritura sea solamente de aceptación o también de adjudiciación. Normalmente se hace todo en la misma escritura, aceptación y adjudicación, pero no sé lo que se habrá hecho en vuestro caso.
Si la escritura incluye adjudicación, no tiene que personarse nadie, simplemente hay que aportar la escritura a la Caixa y la Caixa tiene que ejecutar lo que allí se establece. En caso de que algún heredero no tenga cuenta en la Caixa tendrá que decirle a dónde debe transferir sus fondos.

#3

Re: Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito

es escritura de aceptación y adjudicación
saludos

#4

Re: Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito

Si tienes el poder notarial que te faculta para hacer eso, entiendo que no. Yo tengo uno de un familiar que por hacer hasta vendí un piso sim que mi familiar pisara la notaría, además de gestiones bancarias y miles de cosas más.

Lo que tiene que dejar claro el poder es que te faculta para esa cuestión, si son muy puntillosos que haga un poder nuevo específicamente para operar en ese banco para esa herencia y para esa cuestión y si no lo aceptan yo llamaría a un notario que levantará acta notarial de que no lo aceptan, verás que entonces el asunto cambia.

Si hay un hermano viviendo en California comprenderá el iluminado de la Caixa que no va a desplazarse 10.000 km para cobrar un dinero que le das a un botón y lo tienes en tu cuenta en 3 días.

Suerte.

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito

Dado que la escritura es también de adjudicación, lo que hay que hacer es entregar una copia de la misma en la Caixa para que la ejecute en la parte que le afecta (el depósito). La Caixa normalmente la envía a bastanteo (una cuestión burocrática) y a continuación lleva a efecto el reparto del depósito según lo dispuesto en la escritura. Para pagar a quienes tengan cuenta en la Caixa es muy fácil porque simplemente es hacer un traspaso de fondos. Los que no tengan cuenta deben indicar a la Caixa cómo quieren cobrar (transferencia, cheque, etc.) eso se puede indicar de muchas maneras sin desplazarse, puede hacerlo quien tenga poderes suficientes. En cualquier caso, la Caixa tiene la obligación de no esperar a todos los herederos para ir pagando lo que corresponda a cada uno. Es decir, si hay 5 herederos con cuenta en la Caixa y uno que está en USA y no tiene cuenta, no puede pararlo todo esperando a tener noticias de USA, debe hacer el pago a todos aquellos que vaya siendo posible.
Cualquier obstáculo o incumplimiento de todo esto debería ser objeto de una inmediata reclamación al defensor del cliente.

#6

Re: Obligación de personarse todos los herederos para reparto de un depósito

Gracias. Queda meridianamente claro

Esperaremos a tener las escrituras de ADJUDICACION Y ACEPTACION de herencia en nuestro poder, acompañadas con los justificantes de liquidación impuesto de sucesiones, a ver si se mantienen en su criterio

Saludos

Guía Básica