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Re: Reparto Obligaciones Subordinadas?.
En principio si se puede, no veo inconveniente alguno.
Para ello tendreis que ir a la entidad depositaria de las obligaciones subordinadas con la testamenteria y pedir que se haga la adjudicacion de dichas obligaciones. Doy por supuesto que antes se han pagado los correspondientes impuestos, caso de que no este exenta de este pago, por la causas que fueran.
Saludos