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6 euros por trimestre en la nueva Bankia

8 respuestas
6 euros por trimestre en la nueva Bankia
6 euros por trimestre en la nueva Bankia
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#1

6 euros por trimestre en la nueva Bankia

Buenas tardes a todos me gustaría que alguien me informase si es legal,lo que tiene planeado Bankia de cobra 6 euros al trimestre de mantenimiento por un saldo inferior a 2000 euros.

#2

Re: 6 euros por trimestre en la nueva Bankia

¿Te refieres al mantenimiento de una cuenta o libreta?

¿Por qué va a ser ilegal?

Intenta no volverte un hombre de éxito, sino un hombre de valor. @rafasanjose

#3

Re: 6 euros por trimestre en la nueva Bankia

Las comisiones bancarias, salvo contadas excepciones, son libres.

Los bancos pueden fijar el precio que estimen oportuno por los servicios que prestan.

La única condición es que las comisiones y tarifas han de estar publicadas, y si existe algún cambio en las condiciones previas de un contrato, estos cambios han de notificarse a los clientes.

Luego, las comisiones que pretende cobrar Bankia son legales. Otra cosa muy diferente es que no gusten a ningún cliente.

Un saludo

#4

Re: 6 euros por trimestre en la nueva Bankia

No le des ideas al candidato Alfredo que las ilegaliza :)
Perdon que no me tome en serio la duda y mira que lo he intentado

Saludos

#5

Re: 6 euros por trimestre en la nueva Bankia

El candidato Alfredo legalizaría las comisiones para saldos superiores a 2000 euros :D

Intenta no volverte un hombre de éxito, sino un hombre de valor. @rafasanjose

#6

Re: 6 euros por trimestre en la nueva Bankia

Parece que los que tengan nómina domiciliada se salvan.

#7

Re: 6 euros por trimestre en la nueva Bankia

Pues yo tengo que mantener mi c/c con Bankia, pero lo que tengo claro es que no voy a mantener un saldo medio de 2000€ al 0,00...% para no pagar las comisiones. Abriré en cualquiera de los otros bancos on-line, en los que tengo cuentas, un depósito por esos 2000€ y me mentalizaré de que con los intereses que me den pago las comisiones de Bankia.... y todavía me sobra.

#8

Re: 6 euros por trimestre en la nueva Bankia

Secretaría General
Servicio de Reclamaciones

Ref.Salida: rdc

Madrid, 6 de julio de 2011

En contestación a su escrito recibido el día 3 de julio de 2011, le informamos que este Servicio de Reclamaciones considera que no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración cuando las cuentas se mantienen, con la finalidad de ser utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario:

-Por imposición de la entidad, pues conduciría al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación- apertura de cuenta para facilitar la gestión de la entidad-que esta la impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios, o

-Por voluntad del interesado, pues la comisión carecería de causa.

Por tanto, la cuenta en cuestión debe destinarse única y exclusivamente a ese fin (pago de los vencimientos periódicos de la hipoteca) excluyéndose posibles servicios anexos, como por ejemplo, la emisión y el uso de tarjetas o domiciliación de recibos, servicios de los que podrían derivarse el cobro de comisiones.

No obstante, si las entidades negaran la gratuidad a este canal de pago, podrían alternativamente habilitar cualquier otro procedimiento para que los prestatarios pudieran hacer los pagos sin coste alguno (como transferencia a una cuenta habilitada a tal fin, domiciliación en cuentas abiertas en otra entidad, etc.).De no ser así, deberían informar del coste a soportar en el momento de la contratación.

Le indicamos que puede consultar este criterio consultando en la Memoria de este Servicio de Reclamaciones correspondiente al ejercicio 2009 – página 128 -:

http://www.bde.es/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/09/Fich/MSR2009.pdf

Gracias por utilizar el Servicio de Consultas, esperamos que nuestra respuesta le haya sido de utilidad.

EL JEFE DEL SERVICIO DE RECLAMACIONES,

P. A. firma2

Toda la información que proporciona el Banco de España a través de las respuestas a consultas recibidas, está destinada exclusivamente a orientar a los clientes de las entidades supervisadas, y a intentar ayudarles a resolver sus dudas en los temas sobre los que se informa. Esto es, dicha información tiene finalidad meramente informativa u orientadora y, por tanto, no es vinculante para la resolución de procedimientos administrativos.

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