Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Apertura de cuenta bancaria por un No Residente: consulta

1 respuesta
Apertura de cuenta bancaria por un No Residente: consulta
Apertura de cuenta bancaria por un No Residente: consulta
#1

Apertura de cuenta bancaria por un No Residente: consulta

Tengo una consulta sobre una apertura de cuenta para no residente.

Una persona de Francia (tiene residencia fiscal en Francia) si quiere abrir una cuenta en España para cobrar una nomina tiene que traer un certificado de no residencia de la Policía de España?
Sabéis si tendrá problemas para abrir la cuenta en un banco?

Esta persona sólo tiene pasaporte.

Salu2

#2

Re: Apertura de cuenta bancaria por un No Residente: consulta

Hola,

Según he podido indagar por internet hay dos artículos que te pueden ser de mucha utilidad:

http://www.justlanded.com/espanol/Espana/Herramientas/Guia-Just-Landed/Finanzas/Abrir-una-Cuenta

En este se especifica lo siguiente: "Sí planeas permanecer en España por más de seis meses probablemente te haga falta una cuenta en el banco. En España existen dos tipos de cuenta bancaria para los extranjeros, las cuentas para residentes y para no-residentes."

"Los no-residentes deben presentar su pasaporte o un documento de identidad valido en su país de origen (la licencia de conducir puede que no sea aceptada dependiendo del banco). Adicionalmente, antes de que transcurra un lapso de 15 días desde la apertura de la cuenta debes justificar tu estatus de no residente presentando un certificado de no-residencia."

Aunque claro como se trata de un ciudadano de la UE, Francés, es interesante leerse este otro artículo sacado de consumer:

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/finanzas/2007/09/10/166148.php

Dice lo siguiente:"El derecho de un ciudadano comunitario a abrir una cuenta bancaria en cualquiera de los Estados miembros de la UE, y que constituye un servicio esencial para su vida cotidiana, no está amparado por una norma armonizada que atribuya unos mismos derechos y obligaciones a todos los ciudadanos frente a las entidades bancarias. Ello determina que este simple acto, que se enmarca en el ámbito de los servicios financieros al por menor en el mercado único, está sujeto a las leyes propias de cada país y, por tanto, al más amplio desconocimiento de las normas que lo regulan por parte de ciudadanos de otro Estado miembro que deciden pasar temporadas más o menos largas como estudiantes, turistas o trabajadores eventuales. "

S2