ESTA ESPAÑA de PANDERETA Y SACRISTIA, DE FRASCUELO Y DE MARIA
NO PARA DE HACER LA PUÑETA A LOS POBRES ESPAÑOLES...
TOMEN NOTA de la INEFICACIA, DE LA IMPROVISACION Y DELA ...
El tratamiento por parte de la Justicia de los conflictos económicos ha dado lugar permanentemente a un atractivo debate que está sin resolver. ¿Debe haber jueces instructores especializados en asuntos económicos? ¿Es suficiente que el juez esté asistido de expertos para entender sobre este tipo de conflictos? En las últimas semanas han sido noticia dos acontecimientos relacionados con la Justicia y con dos hechos de gran trascendencia para la economía doméstica y empresarial de España.
Dos jueces de la Audiencia Nacional decidieron hace unas semanas la intervención de Afinsa y Forum Filatélico basándose en que su actividad tenía carácter financiero y no mercantil, como venía siendo considerada en los últimos veinte años. Tal consideración, que supuso la aparición de un desfase patrimonial cercano a los 3.500 millones de euros, se apoyaba en el informe realizado por una jurista de la Agencia Tributaria. Sin embargo, otros expertos de la misma agencia habían elaborado otros informes subrayando el carácter mercantil de las operaciones y en el año 2003 la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España y la Abogacía del Estado realizaron sendos informes en los que insistían en ese mismo carácter mercantil.
Los jueces Santiago Pedraz y Fernando Grande-Marlaska -este último en apenas dos semanas ha debido responsabilizarse desde la Audiencia Nacional de más de tres casos de gran trascendencia política y social y de la elaboración de sus autos, de cientos de páginas- ignoraron otros informes y decidieron considerar la actividad como financiera, aunque la Ley del 2003 de Inversión Colectiva que la regula establece que es mercantil. Han creado así un conflicto de difícil solución.
Hace también unas semanas, la juez titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, Miriam Iglesias, decidió paralizar de forma cautelar la OPA de Gas Natural sobre Endesa al detectar posibles irregularidades en el diseño de la operación. La paralización de una OPA supone una decisión que tiene una gran repercusión económica en la marcha de las empresas afectadas y en los intereses de cientos de miles de accionistas de ambas compañías. La juez ocupaba temporalmente su plaza en ese juzgado y para asegurarse el puesto se presentó a las oposiciones convocadas por el Consejo General del Poder Judicial para lograr la especialidad de lo mercantil. La jueza ha suspendido tales oposiciones dando muestras de que su preparación mercantil no era la más adecuada. Sin embargo, la paralización cautelar de la OPA no tiene marcha atrás.
Una sociedad democrática se conforma bajo la independencia de la Justicia. Pero ello no es suficiente si no se le dota de los recursos necesarios para su buen funcionamiento. La existencia de un número pequeño de jueces para resolver un excesivo número de casos o la falta de formación de estos mismos jueces no ponen en cuestión su independencia, pero sí su eficiencia, hasta el punto de poner en riesgo el normal funcionamiento de una sociedad democrática.
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