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Mensaje 4 de 4

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#1

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Y por último, me hago una serie de preguntas, para las que no se si habrá respuesta:

1.- ¿Taitantos años un negocio mercantil, que ahora debería ser considerado como financiero? ¿Quién no ha hecho su trabajo en todo este tiempo?.

2.- Si resulta que ahora lo catalogan de negocio financiero, por qué no cubre el fondo de garantía financiera, el dinero que falte, si es que falta, porque me gustaría conocer lo antes posible, el activo y liquidez REAL de estas empresas.

3.- ¿No va siendo hora de que en España, disfrutemos de una Ley de financiación de partidos políticos, y de que se acabe la supuesta orbita económica y de medios de comunicación entorno a cada partido?, ¿de donde sacan su / nuestro dinero?.

Si estas empresas son culpables que lo demuestre la justicia, que los metan en la cárcel y que devuelvan todo.

Mis comentarios no son partidistas, soy apolítico, y si las cosas no se aclaran, creo que votaré en las próximas elecciones, pero votaré en blanco.

#2

Re: Mensaje 4 de 4

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Para no equivocar a los clientes de estas dos empresas más de lo que están muchos de ellos, no se debería escribir sin tener la suficiente información, aunque con tenerla no es sinónimo de no equivocarse.

Desconozco lo que dice Agencia Tributaria, aunque me extraña muchísimo que diga que el negocio es financiero.

Lo que esta más que claro es la QUERELLA presentada en JUZGADO:
La apariencia es, por tanto, de una actividad lícita de contrato de compra de sellos por el particular, depósito de los mismos a cargo del vendedor y mandato de venta o compromiso de recompra por el vendedor. Esta actividad queda excluida del ámbito de las actividades financieras y sujeta a la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, bajo la rúbrica "Protección de la clientela en relación con la comercialización de determinados bienes", con un amparo legal limitado básicamente a la obligación para la entidad de someter sus cuentas anuales a auditoría y de informar de manera completa a sus clientes, especialmente de las garantías externas existentes para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.

Fiscales de la Fiscalía Especial para la represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción
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