Por fin he podido leer el "presunto" informe juridico.
EL OBJETIVO, lo dicen bien clarito:
xx "y su ámbito objetivo: la extinción de la obligación de proceder a la venta de los sellos en tiempo y precio determinado y, en caso negativo, de adquirirlos para la propia Afinsa, todo ello a cambio de una compensación, como es la cesión de las acciones de Afinsa" xx
Algunos comentarios son bien raros, raros.......
xx "Hay que tener en cuenta, asimismo, que el Convenio contiene ciertas ventajas para los acreedores, como la recogida en el punto 1.4, ya que ampararía los créditos de los acreedores, que se adhirieran a él, aunque por la razón que fuera, sus créditos no hubieran sido reconocidos. Y ello porque si el crédito no es reconocido, es como si no existiera." xx
Que generosidad, y si los créditos no han sido reconocidos, por ejemplo, por ser falso el contrato?, por no haber efectuado el desembolso? o por otras irregularidades? tambien lo reconocen?, estos con tal de repartir acciones cualquier cosa.
Otra perla
xx "De hecho, la posición de los clientes saldría reforzada al asumir la
condición de accionistas de la sociedad, ya que, en su condición de tales, asumirían la capacidad de exigir la correspondiente responsabilidad a quienes hayan sido en el pasado, o lo sean el futuro, administradores de la sociedad, por los perjuicios causados a ésta." xx
Pues yo creo que la reclamación que tenemos puesta como afectados ya está bastante "reforzada", como para no necesitar ser accionistas.
Aquí ya les traiciona el subconsciente, como siempre, y acaban confesando su parcialidad:
xx "En cuanto a los perjuicios causados por la propia intervención, creemos que hasta que termine la instrucción judicial y se llegue a la conclusión de que no ha existido delito alguno, la actuación debe presumirse lícita (con matices, como todo en la vida), pero sin duda alguna a partir de ese momento surgirá el derecho a reclamar, no sólo por parte de los acreedores sino incluso de la propia empresa, sus accionistas y trabajadores, que habrían visto perjudicados sus derechos sin causa legítima."
Lo de siempre, por cierto, al final no es que esté firmado, pero si pone discretamente CCA, que supongo viene a ser "Comision Convenio Afinsa" (Los que ya sabemos y algunos de los imputados), es decir que no es un informe jurídico sino un panfleto de esa comisión, o lo que es lo mismo, la palabra del Iluminado de los Santos de los Ultimos Sellos.