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Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles

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Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles
Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles
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Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles

El 10 de mayo de 2006, Fernando Moraleda, Secretario de Comunicación del PSOE, comparecería ante los medios de comunicación para declinar la responsabilidad del Gobierno en la intervención. Moraleda pondría el acento en destacar que la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectivas era una herencia de los populares, afirmando que, según la Disposición Adicional IV de dicha Ley, y a diferencia de lo que sucedería con los clientes de bancos o de agencias de valores, los clientes de este tipo de entidades “no gozan de la protección de los Fondos de Garantía ni de la cobertura del Estado”.

Por supuesto que “ese tipo de entidades” y “ese tipo de inversión” no gozaban de esa protección. No estábamos ante empresas ni inversiones financieras, sino ante entidades e inversiones mercantiles. Lo que el Gobierno del PSOE ‑su Gobierno‑ había puesto en marcha, no era una intervención legítima para proteger a los españoles frente a “males mayores” ni frente a los errores que achacaba a la pasada legislatura popular, sino el derribo de una empresa mercantil, que derivará finalmente en tremendos daños colaterales para sus miles de clientes. Pura expoliación. Y, de paso, un arma que poder utilizar, en clave política, contra el Partido Popular: “Con esta intervención se ha evitado un mal mayor y que continuase la estafa”, continuaría diciendo. “Este Gobierno no va a tolerar ni un atisbo de corrupción”.

Cerraría Moraleda su comparecencia con un golpe de efecto, mostrando un documento ante las cámaras que constituía, según él, la mejor y más evidente prueba exculpatoria de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido el Gobierno. El Secretario de Estado de Comunicación declara que, en la publicación, editada por el Ministerio de Sanidad y Consumo, se advertía a los clientes de sociedades de comercialización de bienes tangibles de los “riesgos” de ese tipo de inversión.

Publicado en junio de 2005, el folleto nunca llegó al gran público porque fue de edición limitada.

Una lectura detenida del mismo basta para comprobar que, lejos de constituir una “seria advertencia” al consumidor sobre los riesgos que éste asumía a la hora de invertir en bienes tangibles, el tríptico en cuestión era en realidad un documento que podía resultar muy comprometedor para el Gobierno socialista, porque asesoraba, con directrices y pronunciamientos muy precisos, a todos aquellos que quisiéramos invertir en bienes tangibles y de colección, sector éste que encuadraba, a su vez, las inversiones en filatelia.

Si bien habían intervenido Afinsa y Fórum Filatélico bajo la acusación de que ambas empresas llevaban a cabo actividades financieras, y no mercantiles ‑de compra-venta‑, de productos filatélicos, en el referido folleto institucional, que tenía carta de naturaleza al estar emitido por el propio Ministerio de Sanidad y Consumo, podemos encontrar recomendaciones, consideraciones y afirmaciones del siguiente tenor:

1. -“Estas empresas no son entidades financieras”(sic).
La primera, en la frente: “…no son entidades financieras”. Y, por si esta contundente introducción no fuese suficiente para despejar cualquier duda sobre cuál era la naturaleza de la actividad social de Afinsa y Fórum Filatélico, el texto del folleto recalcaba en su siguiente apartado que:

2. -“Esta actividad empresarial consiste en comercializar sellos, obras de arte, antigüedades, etc., comprometiéndose a venderlos por cuenta del cliente, entregándole el importe de la venta o una cantidad para el supuesto de que no se halle un tercero que los adquiera en la fecha pactada”(sic).
Y remachaba:
3. - “(…) bien para vender la filatelia a terceros, por cuenta del cliente entregando a éste el importe de la venta o una cantidad para el supuesto de que no se halle un tercero que los adquiera en la fecha pactada” (sic).

Con este párrafo, que mencionaba de manera expresa el compromiso de intermediación que adquiría la empresa, se reforzaba nuevamente la naturaleza mercantil de la actividad. Su redacción no dejaba lugar a dudas en cuanto a que, al suscribir los contratos, las partes éramos conocedoras de lo que se estaba vendiendo (en el caso que nos ocupa, filatelia), y lo que se estaba comprando (de nuevo, filatelia).

En lo referente a los términos utilizados en la redacción del tríptico, eran éstos de tal precisión, que su lectura despejaba, asimismo, cualquier interrogante sobre la naturaleza de las inversiones. Veamos un ejemplo:
4. - “(…) normalmente se ofrece al consumidor una importante revalorización de estos bienes”(sic).

De estar ante una actividad financiera, la palabra correcta para citar el supuesto atractivo que ofrecía este tipo de inversión habría sido “interés”, y no “revalorización”.

Pero había algo más, de extraordinaria importancia, que destacaba de manera ostentosa. En el texto se citaba la existencia de una Ley; esa misma que no debía transgredirse por parte de las empresas que comercializaban bienes tangibles. A ella se aludía, de manera expresa, en el siguiente párrafo:

5. -“La Ley prohíbe a las empresas que comercializan bienes tangibles realizar actividades reservadas a las entidades financieras inscritas en los Registros del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de pensiones” (sic).

A través de estas citas textuales, el tríptico aludía, una y otra vez, a la naturaleza comercial de la actividad de las compañías, no dejando con ello lugar a dudas sobre que este sector de inversión que Gobierno, Fiscalía y Agencia Tributaria presentaron como fraudulento, estaba debidamente regulado por Ley. Su campo de actividad, por lo tanto, estaba claramente excluido de aquel reservado a las entidades financieras.

Pero, además, para mayor seguridad del inversor, en la cara interior de la publicación, podía apreciarse que esa misma Ley que prohibía, aparecía como garante en lo relativo a la protección de los derechos de los consumidores. El detalle puesto en la redacción dejaba a las claras, una vez más, la existencia de regulación del sector.

Vamos a detenernos en un párrafo en el que se cita expresamente, y entre otras cosas, que:
“(…) Antes de celebrar el contrato, el consumidor debe ser informado de forma clara y precisa sobre la legislación aplicable al contrato” (sic).
Así era. La Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva, en su Disposición Adicional IV, a la que hacía referencia el tríptico, era tan explícita sobre la naturaleza jurídica del negocio llevado a cabo por la empresa que no cabía duda alguna al respecto. Según dicha Ley, Afinsa no era una sociedad de inversión colectiva, y no era tampoco una empresa financiera. Era una empresa mercantil.

Y ya, como punto final en el análisis de la referida publicación, encontramos una contundente y explícita recomendación hecha al inversor que contradecía frontalmente las tramposas declaraciones de Moraleda. Decía así:

6. -“Verifique que el producto existe y asegúrese de que, una vez realizada la operación, usted será reconocido como titular o propietario del mismo bajo cualquier circunstancia”.

Pues bien: a pesar de que muchos clientes así lo hemos solicitado al juez por vía de escritos, ninguno de los 190.609 clientes de Afinsa hemos sido reconocidos, tal y como precisan estas líneas, como titulares o propietarios del “producto comprado en la operación”, es decir: de nuestra filatelia. Esto, dicho en román paladino, constituye un auténtico acto de expoliación, tal y como lo calificaría D. Francisco José Navarro Sanchís, magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en un excelente artículo, escrito en el verano del 2010.

#2

Re: Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles

Y de las firmas de políticos en el libro de honor de Afinsa.

#3

Re: Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles

Y del Rey de España promocionando el barco de FORUM

#4

Re: Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles

Y de ADICAE pretendiendo,sin lograrlo,formar parte del Consejo de Administración de Fórum

#5

Re: Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles

Y de la famosa inspectora T.Yabar,mujer con muchos hijos,esposa de un señor relacionado
con Banco Santander y primo del ministro socialista del zapatero Sr.Moratinos.
SI vamos tirando de hilos,salen cosas muy interesantes

#6

Re: Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles

José Manuel Cruz Valdovinos, trabajador del Banco de Santander, departamento de arte, y marido de la inspectora de hacienda María Teresa Yabar Esterling.

Aquí los teneis a los dos juntitos, al él y al difunto Botín, admirando,algunos con cierta expresión de incredulidad,determinadas obras de árte. http://www.abc.es/Media/201303/13/51371771--644x428.jpg

Entre sus frases mas populares,se encuentran las siguientes : http://www.frasesdeprofes.com/jose_manuel_cruz_valdovinos-p11826.htm

#7

Re: Os acordáis del folleto del ministerio de consumo de bienes tangibles

Es que con el Rey de España emérito, nunca se sabe, fijate ahora le quieren promocionar el "ADN"

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