Lucanor.- Creo que esto es importante

Respuestas: 14

15/12/11 (13:07)
Lucanor.- Creo que esto es importante
Suscríbete a este hilo

Según tu criterio, la D.A.4ª contravenía lo dispuesto por la normativa Europea, en lo referente a la captación de pasivo, o fondos reembolsables.

Mira lo que dice Bruselas sobre ésta cuestión :

4 Julio 11 - M.H.

Bruselas ha dado respuesta a la reclamación efectuada por un colectivo de perjudicados por la intervención política de Afinsa Bienes Tangibles, S.A.en el que Mila Hernán Alvarez, cliente de Afinsa, como peticionaria de la misma, solicitaba la creación de una comisión de investigación que determinase la responsabilidad de las autoridades españolas, por las pérdidas y los daños sufridos por los clientes de la compañía, como resultado de la intervención que tuvo lugar el 9 de mayo de 2006.

En el documento de fecha 16.6.2011, "Notificacion to Members", que da respuesta formal a dicha Petición, Bruselas determina que "los sellos no califican como instrumentos financieros y no son activos elegibles para los fondos UCITS" y que, en consecuencia, "la legislación de la UE, anteriormente mencionada, no se aplica a AFINSA ni a la compra y venta de sellos por los clientes de AFINSA"

En cuanto a las presuntas irregularidades cometidas por las autoridades españolas en los procedimientos judiciales relativos a AFINSA, las pérdidas posteriores alegadas y la posible reclamación de indemnización, el documento señala que "ello escapa a las competencias de la UE y que cualquier medida, en su caso, debeser adoptada a nivel nacional".

Afinsa era de naturaleza mercantil y echan por tierra, tanto las tesis de la Fiscalía y de la Agencia Tributaria que dieron lugar a la intervención, como las providencias del Juzgado de lo Mercantil nº 6, de Madrid, dictadas por el juez Francisco Javier Vaquer Martín, en las que insiste en calificar la naturaleza de la actividad de Afinsa como financiera.

En los próximos meses se dará a conocer la fecha en la que la Comisión de Peticiones debatirá en abierto, y dentro del orden del día correspondiente, el contenido de esta notificación, en profundidad. A la sesión podrá asistir, si así lo desea, la peticionaria remitente de la misma.

El documento original que contiene la respuesta de Bruselas lo tienes en el siguiente enlace : http://canalafinsa.blogspot.com/p/turno-de-replica.html

Zona genérica
Fuerza y Honor
en respuesta
a Santiago1
15/12/11 (17:38)
Re: Lucanor.- Creo que esto es importante

Ahora recuerdo que al ínclito D. Manuel Pardos, presidente de Adicae le respondieron algo similar desde varias instancias supranacionales de la Unión Europea, en una consulta que su asociación efectuó hace algunos años. Al parecer, el repentino cambio de humor y la animadversión de Pardos hacia todo lo relacionado con el sector de los bienes tangibles en España, tuvo algo que ver con su frustrada intención de ocupar un puesto, en su día, en el Consejo de Administración de Fórum Filatélico.

Lucanor
en respuesta
a Fuerza y Honor
16/12/11 (00:02)
Re: Lucanor.- Creo que esto es importante

Si se lee el texto de la Respuesta del Parlamento Europeo, se puede comprobar que la misma se hace EN BASE A LOS DATOS PROPORCIONADOS POR LA SOLICITANTE, quien en el escrito que dirigió al Parlamento - según expresa ese texto en inglés -, se afirma por dicha solicitante que AFINSA estaba dedicada y especializada en la comercialización de sellos, y que los inversores adquirían sellos. Naturalmente, en base a esa información unilateral de la solicitante, la respuesta es correcta, PERO SI OTRO SOLICITANTE FORMULASE OTRA PETICION basada en otros datos contyradictorios a los anteriores, LA RESPUESTA DEL PARLAMENTO SERÍA, sin duda alguna, muy diferente a la que se le ha dado a MILA.
lA RESPUESTA, por tanto, CARECE DE TODO VALOR, pues el Parlamento no puede suplantar ni mucho menos invadir el ámbito de competencias de los Tribunales de Justicia, ni tiene el más mínimo valor un juicio emitido despues de escuchar una única versión - la de la solicitante de la respuesta -, y desde luego, sin un debate contradictorio entre doss partes enfrentadas, como ocurre en un proceso judicial.
En definitiva hace mal quien pretende que en esas conduiciones, una opinión del Parlamento Europeo pueda sustituir e incluso invalidar Sentencias judiciales que se han dictado : Por Tribunales de Justicia con competencia objetiva (por la materia) y territorial (los Tribunales Españoles a los que se remite el propio Parlamento en su respuesta), EN UN PROCESO JUDICIAL, respetando el principio de contradicción,y en base a pruebas propuestas por ambas partes litigantes y practicadas en el proceso con intervención de las partes litigantes.
Francamente yo no insistiría en este tipo de cortinas de humo para despistar al personal, pues, al menos a mí me da la impresión de que actuando así SOLO SE DA MUESTRAS DE CIERTO GRADO DE DESPERACION ANTE ALGO QUE SE VE COMO INEVITABLE. pOR CIERTO, tANTO LOS fISCALES COMO LOS aDMINISTRADORES cONCURSALES Y LA INMENSA MAYORÍA DE aBOGADOS PERSONADOS EN LOS cONCURSOS, ESTÁN PIDIENDO A LOS jUECES mERCANTILES LA CALIFICACIÓN DE culpables de los Concursos de Forum, Afinsa y Arte y Naturaleza. Eso sí que es para TOMARSELO EN SERIO Y NO ESTAS BRAVATAS DEL pARLAMENTO, A QUIEN , con una pregunta capciosa y tendenciosa, se le ha llevado al terreno que interesaba al solicitante. No parece serio este tipo de maniobras que son "fuegos de artificio", y nada más.

Fuerza y Honor
en respuesta
a Lucanor
16/12/11 (09:15)
Re: Lucanor.- Creo que esto es importante

Vamos a ver, para empezar, a mi la opinión de los Fiscales, AACC e incluso la de la mayoría de los letrados que nos representan en esta causa, me la paso yo por debajo de las piernas (como se suele decir) porque son todos unos vendidos (por lo que hemos constatado hasta hoy en día) y están en el papel que se han comprometido cumplir.

Sobre los pronunciamientos judiciales a nivel europeo, no respondes cuando se ha resaltado que hay enfoques diferentes sobre la regulación de éste sector tan polémico y según los distintos paises. Explicas lo que se proclamó en Portugal. Bien, en Holanda también la actividad con los bienes tangibles se regula por la normativa de las entidades financieras, pero no sucede así, ni en Reino Unido, ni en Italia, ni en Alemania, España, Suiza, ..., etc. etc.

Con ésto, lo único que se pone de manifiesto es que la orientación jurídica no es unánime y, por tanto, su contenido es relativo. Lo cierto, es que lo único que ello implica, son diferencias en materia fiscal y en la formulación contable.

Por lo mismo y según tus tesis, podrían calificarse y someterse a un régimen financiero, todas las operaciones de compra-venta de pisos, con fines especulativos, que se hicieron en España en tiempos de la burbuja inmobiliaria. También podría considerarse una transacción no-mercantil cuando un club de fútbol cede a un jugador a otro club, reservándose el pacto de recompra tras unas temporadas, con la consiguiente revalorización en la cotización del precio del jugador.

Podrían considerarse como negocios enmarcados o dentro de un ámbito financiero, pero resulta que no es así y como no lo es ni parece que vaya a serlo, no hay ningún motivo para rasgarse las vestiduras por ello, ni tampoco para impugnar mediante alegaciones a diestro y siniestro, una normativa que han impuesto los legisladores y que no queda más que aceptarla, tanto si nos parece apropiada como si no.

cuatrero
en respuesta
a Lucanor
18/12/11 (16:42)
Re: Lucanor.- Creo que esto es importante

Bueno, menos mal que alguien explica los "pequeños deslices" como sin darse cuenta, pero con una intencionalidad evidente, de Mila para inducir a contestaciones que le interesan.
Si los datos proporcionados por ella, como muy bien dices, hubieran sido los reales, la respuesta hubiera sido totalmente distinta.
Como también indicas, esta señora siempre está lanzando información para DESPISTAR AL PERSONAL desde hace cinco años y medio con lo que sus palmeros se sienten orgullosos, pero vistas las fotos de la cena, ya vemos cuantos son y cuatro más que estaban acatarrados.
Bravo por tus últimos tres renglones, a ver si la gente consigue darse cuenta de las maniobras de la "señora".

Mendieta
en respuesta
a cuatrero
18/12/11 (18:55)
¿Quier quiere despistar a quien?

Decir que "esta señora" siempre está lanzando información para despistar al personal es una falsedad, una necedad, una majadería y una iniquidad.

Léete el libro "El saqueo de Afinsa". Aporta información, basada en documentos y hechos probados y comprobables, con tal cantidad de datos que casi marea.

A ver si alguien se atreve a desmontar, una a una, las verdades que en esa obra se evidencian.

¿Te vas a atrever tú? Porque una cosa es ir soltando memeces, acusaciones genéricas sin fundamento alguno, cuando no mentiras absoluamente insidiosas, estudiadas y sabiamente esparcidas en la dosis justa y el momento adecuado, para -ahora sí- seguir teniendo a la opinión pública en general y a muchos afectados en particular en la inopia -labor en la que muchos os habéis aplicado con fervor- y otra bien distinta sería (de donde no hay no se puede sacar) argumentar, razonar y probar lo contrario de lo que "esa señora" denuncia, para vergüenza del aparato judicial, político y determinada casta "abogaderil", presta siempre a colaborar con el poder, en beneficio propio.

Lucanor
en respuesta
a cuatrero
18/12/11 (19:10)
Re: Lucanor.- Creo que esto es importante

y TE DIRÉ MÁS AÚN: Esa misma táctica de ser los primeros en presentar "SU VERSION" AL pARLAMENTO eUROPEO, ES LA MISMA QUE HAN EMPLEADO LAS EMPRESAS Y aUSBANC para llegar "con su versión" los primeros a la reclamación de RPE ante la Administración y, después, para presentar "su versión"los primeros a la AN, y posteriormente, al TS -Sala 3ª -, tribunales que de forma consciente o inconsciente de la jugada de las empresas -, se han tragado el cebo y el anzuelo entero y han dictado el tipo de Sentencia que interesaba a las empresas y que, como además coincide con la clase de Sentencia que interesaba a la ADMINISTRACION CENTRAL DEL ESTADO, esos Tribunales han convertido en SENTENCIA MARCO O RECETA GENERICA PARA LODOS LOS RECURSOS POSTERIORES cuyas pruebas, hechos y argumentos han sido directamente arrojados al cubo de la basura sin ni siquiera leerlos y mucho menos entrar a valorar pruebas y razonar hechos y fundamentos de Derecho de la Sentencia.

Como se puede comprobar: A) La jugada "ensayada" de las empresas junto a Ausban es siempre la misma: Que su versión sea la primera que llegue y los órganos que la resuelvan QUEDEN ATADOS Y NO SE ATREVAN a resolver de forma distinta otras versiones posteriores que sean contrapuestas.
B) Esta forma de actuar de los Tribunales, NO SE PARECE A UN ESTADO DE DERECHO NI EN EL BLANCO DE LOS OJOS.

Fuerza y Honor
en respuesta
a Lucanor
18/12/11 (21:35)
Re: Lucanor.- Creo que esto es importante

Tengo la impresión de que sigues enfrascado en un intento tuyo y propio, por querer hacer que prevalezca lo que está acorde con tus principios imaginarios.

En pimer lugar, no hay ningún debate jurídico en Europa respecto a un pronunciamiento que defina un criterio unánime sobre ésta cuestión. Ya he explicado que en unos paises rige el concepto mercantil y en otros se establece una orientación financiera para regular éste tipo de acividad.

Igualmente, en España el debate ha quedado zanjado con la ley aprobada en el 2007 y confirmado con los pronunciamientos más recientes del Tribunal Supremo que sientan, además, jurisprudencia.

Las peticiones que afirmas que han solicitado diversos bufetes de letrados, si lo que pretenden es que se revisen normas y enfoques sobre los que ya se ha legislado, serán completamente estériles y abocadas al fracaso, al igual que lo son tus consideraciones absurdas. Los jueces no hacen las leyes, tan solo deben limitarse a interpretarlas y hacerlas cumplir con sus sentencias.

Zona Banca

Foros temáticos

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z
No hay foros temáticos en esta sección que empiecen por ''