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Muy buena aportación la del articulo 62. Ciertamente la Ley de Defensa de

Muy buena aportación la del articulo 62. Ciertamente la Ley de Defensa de

Muy buena aportación la del articulo 62. Ciertamente la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios sirve para los contratos de prestación de servicios, luego también para los contratos de seguro. En este caso este articulo se podría alegar perfectamente a la compañía y en un oportuno juicio. En cuanto al segundo punto tienes toda la razón. A mi entender tanto el plazo de 2 meses como la exigencia de una comunicación escrita son abusivos. De hecho una parte de la doctrina jurídica considera como abusivo el plazo de 2 meses, expresando que se podría reducir a 10 días. Gracias por los comentarios y saludos.
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