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La correduría de seguros TelePóliza ofrece a sus asociados un servicio para quitar multas de tráfico

La correduría de seguros TelePóliza ofrece a sus asociados un servicio para quitar multas de tráfico

La cadena española de franquicias de correduría de seguros ofrece a los franquiciados un servicio para sus clientes de recursos de multas de tráfico.

Un equipo jurídico que se pone al servicio del cliente para que solo tenga que hacer frente al pago de la multa y a la posible pérdida de puntos si la administración cumple rigurosamente con las pautas que marca la ley. Esta enseña ofrece a sus asociados beneficiarse de la innovación en productos y servicios que desarrolla de forma permanente para satisfacer las necesidades de sus clientes, además de asistencia jurídica, fiscal y financiera especializada en el sector del seguro, que permite afrontar de la mejor forma posible el día a día. TelePóliza, cadena española de franquicias de correduría de seguros, ofrece a sus 50 franquiciados un servicio para sus clientes de recursos de multas de tráfico.
El recurrir las multas es un derecho de todos y esta enseña pone a disposición de sus asociados un equipo jurídico para que solo tenga que hacer frente al pago de la multa y a la posible pérdida de puntos si la administración cumple rigurosamente con las pautas que marca la ley. “Debemos saber que el hecho de que nos hayan puesto una multa no supone que esté dicha la última palabra. Todavía podemos presentar alegaciones, recursos de alzada e incluso ir a un contencioso administrativo.
Los agentes que intervienen en una sanción pueden estar equivocados y las herramientas que utilizan pueden sufrir averías y/o no cumplir con las normativas de mantenimiento y homologación. La administración además debe cumplir unos plazos y unos procesos de comunicación que no siempre cumple”, explica Iván Novo, consejero delegado de TelePóliza TelePóliza es la principal cadena española de franquicias especializada en la gestión e intermediación de seguros. El concepto de negocio de se basa en ofrecer a sus clientes productos de diversas compañías y prestar múltiples servicios al asegurado, garantizándole siempre que los servicios son adecuados a sus necesidades y con las mejores condiciones. Además, permite a sus asociados beneficiarse de la innovación en productos y servicios que desarrolla de forma permanente para satisfacer las necesidades de sus clientes, además de asistencia jurídica, fiscal y financiera especializada en el sector del seguro, que permite afrontar de la mejor forma posible el día a día.
Para TelePóliza, el 2008 ha sido el año de su consolidación abriendo 10 corners franquiciados, alcanzando los 46 locales, 43 franquiciados y 3 propios. También, el volumen de negocio se ha visto acrecentado durante este año en más de un 14%, con una previsión de cierre de este año en 8 millones de euros de facturación y unas previsiones de alcanzar los 10 millones de euros en 2009. Además la compañía esta valorando para 2009 la posibilidad de vender su modelo de negocio mediante masterfranquiciados en el extranjero, más concretamente el países latinoamericanos para replicar su modelo de intermediación de seguros en estos países. TelePóliza es la principal cadena española de franquicias especializada en la gestión e intermediación de seguros. El concepto de negocio de se basa en ofrecer a sus clientes productos de diversas compañías y prestar múltiples servicios al asegurado, garantizándole siempre que los servicios son adecuados a sus necesidades y con las mejores condiciones. Para montar una franquicia corner es necesaria una inversión de 8.800 ¬ y un royalty de explotación de 50 euros al mes a partir del 2º año. Es una actividad perfecta para complementar los servicios que prestan asesorías, inmobiliarias, concesionarios y administraciones de fincas.
El contrato de franquicia tiene una duración de 5 años renovables de forma automática y el retorno de la inversión se consigue en un plazo de 12 meses.

Para más información: JJ ComunicaAcción
91 409 44 94
[email protected]
Jaime R. Parrondo 664 357 794
[email protected]
Jaime Bosqued 610 727 678
[email protected]

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  1. #3
    18/03/09 01:25

    No es que me sepa mal. Lo que ocurre es que me interesa el modelo de franquicia como sistema de exportar el know-how de mi negocio y, con ello, entrar en otros ratios por economía de escala.
    Por ello me dirigí a nuestra Subdirectora de Ordenación del Mercado de Seguros y digo textualmente que se trata de Doña Laura Pilar Duque, concretamente durante un evento organizado por mi Colegio Profesional en Menorca en el primer trimestre de 2008. Allí pregunté acerca de la viabilidad de establecer un sistema de franquicias, en las que quien desempeñara las funciones de asesoramiento dispusiera del Título Superior de Seguros, luego nivel "A". La señora Duque indicó con una claridad absoluta y sin lugar a dudas que las franquicias eran tema tabú, que ni se me ocurriera montar algo parecido porque iba a significar falta muy grave con posible inhabilitación.
    Insisto que el modelo me parece intachable siempre que esté a cargo de alguien que sabe lo que significa estar al frente de la comercialización de productos y servicios de correduría y ese alguien solo puede ser un Titulado.
    Por tanto, si lo que Ud indica es cierto, es decir, que estos señores están desarrollando un negocio sano y acorde con la Ley pero a mí me lo prohíben ante un foro de 40 personas es que o hay doble vara de medir o hay algo que se me escapa.
    En todo caso, el art 8º de la Ley 26/2006 especifica que. "Los auxiliares externos de los mediadores de seguros.
    1. Los mediadores de seguros podrán celebrar contratos mercantiles con auxiliares externos que colaboren con ellos en la distribución de productos de seguros actuando por cuenta de dichos mediadores y podrán realizar trabajos de captación de la clientela, así como funciones auxiliares de tramitación administrativa, sin que dichas operaciones impliquen la asunción de obligaciones.
    2. Los auxiliares externos no tendrán la condición de mediadores de seguros ni podrán asumir funciones reservadas por esta Ley a los referidos mediadores. En ningún caso podrán prestar asistencia en la gestión, ejecución y formalización de los contratos de seguro, ni tampoco en caso de siniestro.
    3. Los mediadores de seguros llevarán un libro registro en el que anotarán los datos personales identificativos de los auxiliares externos, con indicación de la fecha de alta y, en su caso, la de baja.
    4. Por Orden del Ministro de Economía y Hacienda podrán concretarse las funciones de los auxiliares de los mediadores de seguros, sin incluir en ningún caso el asesoramiento."
    Además la DGSyFP ha publicado varios criterios en http://www.dgsfp.meh.es/profesionales/documentos/unespa.aux.pdf y http://www.dgsfp.meh.es/profesionales/documentos/SCANAUXILIARES.PDF donde entre otras cuestiones se detalla que es EL MEDIADOR quien tiene el deber imperativo de asesorar al cliente, con carácter previo realizando el análisis objetivo. En este sentido el auxiliar no puede ni debe evaluar, tarifar, presentar ni asesorar en materia de riesgos. Visto que el esquema franquiciado mantiene una estructura comercial ¿cómo se consigue el maridaje entre lo uno y lo otro? Es algo que, sinceramente, escapa a mi entendimiento; tanto, como la doble vara de medir a que me refería en un inicio. En todo caso también le comento que llevamos desde mi Colegio varios años intentando que se ponga freno a dos "corredurías" ilegales que operan en Baleares y Levante con clientes alemanes. Aún no hemos logrado que o se legalicen o cierren el chiringuito. Sus clientes utilizan un razonamiento que le resultará familiar "¿Cómo pueden ser ilegales si llevan tantos años operando? ¡Ya les habrían cerrado la tienda!"
    Para que no haya lugar a dudas: creo en el modelo (con técnicos cualificados en cada franquiciado, por supuesto) pero tengo la información que tengo y la fuente es de peso. Así las cosas creo que merece contrastar. Saludos cordiales

  2. #2
    Anonimo
    10/03/09 18:21

    Si se pasa o no de listo es algo que usted mismo habrá de juzgar. Pero tome como elementos de juicio los siguientes: ¿Cree que si TelePóliza no se ajustara a la ley no les habrían dicho ya algo? Teniendo en cuenta que llevan muchos años funcionando, y sin esconderse de nadie, parece claro que cumplen escrupulosamente con todas y cada una de las obligaciones que marca la ley. De hecho, sus franquiciados (auxiliares) no graban ni pólizas ni siniestros; es algo que se realiza desde la central. Cumplen la ley y además prestan un servicio a su red, cada vez mayor, aunque a usted le sepa mal...

  3. #1
    10/03/09 00:19

    Siento mucha curiosidad por la evolución que pueda presentar el criterio de la DGS y FP. En una reunión mantenida con la Subdirectora General de Ordenación del Mercado de Seguros, Dña Laura Pilar Duque, consulté acerca de la viabilidad de que una correduría de seguros desarrollara un modelo de negocio, una estrategia de comercialización, una cartera de producto y procediera a distribuir mediante una red de franquicias en las cuales existiera un titulado o formado nivel A como director técnico.
    La señora Duque me miró como si yo fuera de otro planeta (juro que soy de este, aunque soy corredor) y me dijo algo que no encaja ni a la de tres con el artículo que nos ofrece: en materia de corredurías no existe la posibilidad de establecer franquicias. Cualquiera que intervenga sin relación laboral o que no tenga la condición de accionista o partícipe es un auxiliar externo y, como tal, ni puede asesorar, ni puede comercializar, ni atender siniestros, ni realizar proyectos, ni...
    ¿Puede explicarme como se consigue que TelePóliza pueda abrir franquicias si la Subdirección está en contra de dicho modelo?
    Tengo entendido que en un Estado de Derecho todos tenemos las mismas obligaciones, derechos y oportunidades. ¿Estoy haciendo el tonto o no me paso de listo? Por favor, ayúdeme.
    Gracias.