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La dacion en pago, los desahucios en el codigo de buenas practicas

La dación en pago en algunos supuestos y la posibilidad de suspender desahucios permitiendo que los propietarios de los inmuebles permanezcan en alquiler dos años, está contemplada en el código de buenas prácticas aproado por el consejo de ministros recientemente.

 

La pérdida de la vivienda  por no poder pagar la hipoteca es una de las consecuencias más dramáticas de la crisis. Pero es mucho peor que el banco o la caja de ahorros ejecute la hipoteca, se quede la vivienda y eso no sirva para cancelar la deuda, condenando a las familias afectadas a una situación de insolvencia prácticamente de por vida, con un grave riesgo de exclusión social.

Desde que empezó la crisis se han ejecutado 150.000 desahucios, y otros 300.000 casos están curso. El código de buenas prácticas bancarias aprobado por el Consejo de Ministros,  pretende facilitar un acuerdo entre partes mas justo y equitativo que permita basado en unos principios mas justos, jerarquizando objetivos según el caso concreto y contemplando por primera vez en una norma, la dacion en pago y el cambio de los desahucios por un aqluiler durante dos años.

En primer lugar, se contempla la reestructuración de la hipoteca a través de un periodo de carencia de cuatro años en la amortización del capital y una ampliación del plazo del préstamo hasta cuarenta años.

En segundo lugar, cuando el deudor no pueda hacer frente a sus obligaciones de pago con estas facilidades, se prevé una quita de parte de la deuda en una segunda fase.

En tercer lugar, si aún así es inviable hacer frente a la hipoteca, entonces es cuando se aceptará la dación en pago de la vivienda. El antiguo propietario, además, podrá permanecer en la vivienda en régimen de alquiler, evitando así el desahucio durante dos años prorrogables, con el pago de una mínima renta mensual, que será del 3% de la deuda.

Estos principios, sólo se podrá aplicar a las familias con todos los miembros en paro y a viviendas valoradas por debajo de los 200.000 euros. Pensamos que estos principios inspiradores deberían ampliarse para no dejar fuera de este marco de ayudas –en especial, de la dación en pago el alquiler como alternativa a los desahucios– a amplios colectivos de la población, en su mayoría de clase media, también con graves problemas económicos.

Dado que la ley actual no lo contempla, esperamos ver que pronto desde el poder judicial, muy activo e imaginativo en cuanto a resoluciones judiciales tendentes a lograr un mayor equilibrio entre partes, encuentre la forma análoga de aplicar unos principios mas razonables para todo ciudadano que se haya visto afectado por un procedimiento judicial de ejecución hipotecaria.

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