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¿Qué es la comisión de aviso de descubierto?

Las comisiones de aviso de descubierto o deuda vencida

 ¿Qué es en teoría la comisión de aviso de descubierto?

Según dice el Banco de España: “La comisión de aviso de descubierto constituye una práctica bancaria habitual, que tiene por objeto el cobro de comisión por los costes en que ha incurrido la entidad, al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de su(s) cliente(s). […] es criterio del Servicio de Reclamaciones esta comisión solo puede ser posible si, se acredita que:

– El devengo de la comisión de aviso de descubierto está vinculado a la EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador).

– (…) Además, y como criterio adicional, se considera que la aplicación automática de la comisión de aviso de descubierto no constituye una buena práctica bancaria.”

 ¿Qué es la comisión de aviso de descubierto en la mala práctica diaria?

Una comisión de aviso de descubierto, los bancos, cajas de ahorro y otras entidades financieras la cargan al cliente por avisar que en la cuenta hay un descubierto o que ha pasado el día de vencimiento de una deuda (cuota de préstamo o tarjeta) sin ser satisfecha. Afectan a mucha gente, el valor de dicha comisión suele ser, por lo general, de 30 euros, independientemente de la cuantía del retraso,  y, generalmente, al cargarse a una persona con dificultades económicas le genera aun más problemas financieros. Es una forma de obtener dinero fácil. Es pues, una comisión legal, pero que se aplica ilegalmente en la mayoría de los casos.

Ejemplos de comisión de aviso de descubierto:

Señor Paco: va a ingresar al banco “X” 132 euros el día 4, porque el 1 le vencía una cuota de préstamo y él cobra el día 3. El banco le cobra 132 + 30 euros, con lo cual, para el siguiente mes, tiene más dificultades para pagar puntualmente. Si ocurre esto durante un año no es que vaya a tener dificultades para pagar puntualmente, LE PUEDE LLEGAR A SER A SER IMPOSIBLE Y CADA AÑO SERÁ 360 EUROS MÁS POBRE; está pagando una comisión de un 22% equivalente a un TAE de 2073%

Señora  Josefina: tiene una libreta donde le cargan los recibos. Un día le viene una factura de teléfono un poco mayor que lo habitual; le quedan 3,45 euros en descubierto con fecha valor el día 5; el día 9 va a ingresar 50 euros pues espera otro recibo de 43. Se encuentra con la sorpresa de que el banco le ha cobrado, por ejemplo 22 euros por avisar a través de una carta ordinaria que llega tarde, que tiene 3,75 euros de descubierto. Un 600% de comisión y un TAE DE 54.000

Don Hilario, tiene un préstamo, una tarjeta y recibos domiciliados. Por descuidos y algún apurillo económico no siempre pagó puntual. Al cado de 2 años ha acumulado en comisiones de aviso de deuda vencida 330 euros del préstamo, 240 de la tarjeta y 180 de descubiertos en cuenta, en total 750 euros. El tercer año ya entra en barrena porque no dispone de esos 750 euros para su pequeño fondo de maniobra y ha tenido 3 meses de dificultades económicas; ya no levanta cabeza pues cada mes acumula 90 euros de comisiones de aviso deuda vencida que corroen su frágil economía.

Estos ejemplos son de casos moderados; los hay más graves, pero quien por primera vez oiga acerca de esto, seguramente no daría crédito.

La comisión de aviso de descubierto se aplica ilegalmente en la mayoría de los casos

Estas comisiones de aviso de deuda vencida pocas veces corresponden a un servicio prestado; tampoco son una compensación por el incumplimiento del cliente deudor pues para ello están estipulados unos intereses de descubierto o mora; así se pagan esos días de más en los que has dispuesto del dinero prestado.

la comisión de aviso de descubierto se puede, y debe recuperar una vez te las han cargado

De lo expuesto se deduce que la comisión de aviso de deuda vencida se puede cobrar sólo cuando se han hecho gestiones FEHACIENTES para recuperar la deuda (por ejemplo, envío de burofax) y que no puede ser una práctica indiscriminada; esto es, se presume debe ser aplicada a un cliente deudor “que ha desparecido del mapa·; no excluyen los gastos de, por ejemplo, el notario.

Para reclamarlas, sin usar inicialmente la vía judicial:

  • Es obligado contactar con el servicio de atención del cliente de la entidad. Quizá lo más recomendable sea un envío de la reclamación por carta certificada con acuse de recibo.
  • Si no contestan en el plazo de dos meses o la respuesta no es satisfactoria se acude al servicio de reclamaciones del banco de España.

Pero seguiremos otro día desglosando los pasos.

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  • Comisiones bolsa
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  • Deuda
  1. Nuevo
    #10
    06/06/13 15:26

    Saludos! Os cuento mi caso lo más breve posible: queria cancelar mi cuenta con el santander por lo que cometi el error de principiante de dejar la cuenta casi a 0.
    A los pocos dias me cobraron las comisiones semestrales oportunas en concepto de administración de cuenta y mantenimiento generándose un saldo deudor.
    Una vez regularizada esta situación, quiero reclamar las comisiones de descubierto y de reclamación que son 18 y 35 euros respectivamente.
    Mi duda: es mejor que reclame primero estas comisiones y despues cancele la cuenta?? Por lo que he leido en varios foros al no ser demasiado dinero comentandolo en mi sucursal podrian devolvermelas en el momento. De hecho una empleada de esa sucursal con quien hable hace unos dias ya me hablo de esta opcion sin yo decirle nada.
    De no ser asi reclamare al SAC. Alguno sabéis dónde puedo encontrar un modelo de carta para enviar al SAC?? Este que he encontrado por aquí podria servir??
    https://www.rankia.com/blog/reclamar-...do-aviso-deuda

    Gracias de antemano

  2. Nuevo
    #9
    24/09/10 11:25

    A mí se permiten el lujo de enviarme una carta una semana después del sablazo en la que me dicen: "Ante la imposibilidad de contactar con usted...". ¿No se les cae la cara de vergüenza? NO paran de molestarme con llamadas a todas horas para "informarme" de un nuevo plan de pensiones, de un nuevo depósito, etcétera, pero CASUALMENTE, para informarme del descubierto (al tener la nómina, saben que será de 24 horas a lo sumo) no hay manera de contactar,¡qué casualidad!

    Hablo del Banco Popular, que a partir de hoy va a ser mi ex-banco.

    Muchas gracias por la información.

  3. #8
    13/09/10 22:29

    Aqui teneis mi caso personal con estas comisiones.
    En principio(mejor dicho,al final) todos me dan la razon:

    -El defensor del cliente mediante carta postal,informandome que tras su intervencion, mi oficina les manifiesta que en breve me llamaran(otra vez?van 5 ya)para llegar a un acuerdo amistoso:No se ha producido,mi banco no me llama,me presiona y manifiesta con no devolvermelas hasta que no les firme contrato de apertura de la cuenta (abierta hace 5 años)

    -El SAC mediante carta postal,me da la razon tambien al informarme en ella de que segun manifiesta mi oficina,proceden a retroceder las comisiones reclamadas por gastos de reclamacion.No se ha producido:,mi banco me devuelve solo una parte y ME BLOQUEA la cuenta al mismo tiempo, ya que manifiesta que hasta que no les firme los contratos de apertura de la cuenta,no me da ni 1 eur.

    -La propia oficina me da la razon al darme para firmar hace un mes,carta de desestimiento de la misma,pero todo esta parado porque la oficina me niega la devolucion de las mismas hasta que no les firme los contratos de apertura de las cuentas.

    Aqui expuse la cronologia de mi caso y los hechos acaecidos como contraproducente hacia mi,desde que interpuse dichas reclamaciones por las citadas comisiones
    https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/542061-extorsion-hacia-por-parte-bbva

    Saludos y enorabuena por el blog

  4. en respuesta a Daniel Bravo
    -
    #7
    10/09/10 21:10

    Supongo que el problema para el Sistema actual, si de repente un cambio de Ley o normativa obligase a devolver a la banca todas estas comisiones cobradas irregularmente, a todos los usuarios, podria ser una bomba de relojería para el sistema financiero, ya que estamos hablando de millones de euros cada año.......precisamente los que permiten a la banca segur teniendo beneficios en estos momentos tan criticos para todos (menos para ellos)
    saludos

  5. en respuesta a Daniel Bravo
    -
    #6
    10/09/10 21:06

    En realidad hasta el 22% seria ilegal, segun la vigente LEY AZCARATE, sobre la usura, que sigue vigente con algunas modificaciones, y de la que se desprende que puede ser usura un interes superior a 2,5 veces el interes del dinero. que si está oficialmente al 4% lo que superara un 10%, ya seria un interés usurero o usurario.
    saludos

  6. en respuesta a Mcrally
    -
    #5
    10/09/10 14:39

    Mariachi sabe mucho sobre el tema, seguro que él te puede asesorar mejor sobre el tema. Pero sí, esa comisión es ilegal y no te la pueden cobrar.

    Para reclamarlas, sin usar inicialmente la vía judicial:

    -Es obligado contactar con el servicio de atención del cliente de la entidad. Quizá lo más recomendable sea un envío de la reclamación por carta certificada con acuse de recibo.
    -Si no contestan en el plazo de dos meses o la respuesta no es satisfactoria se acude al servicio de reclamaciones del banco de España.

    Tengo entendido que Mariachi publicará en breve los pasos a seguir.

    Un saludo!

  7. en respuesta a Daniel Bravo
    -
    #4
    10/09/10 14:32

    Hola,
    a mi este verano, como estaba de vacaciones
    y vino una factura que no esperaba,
    me quede en descubierto en -91€ durante 10 dias.

    Total me han puesto una comisión de 20€ en Ibercaja,

    Fui a reclamar a la oficina, y tan tranquilos me dijeron que
    aqui funcionamos así, claro como tengo un prestamo VPO y no puedo o
    no se como escapar de ellos, pues a tragar.

    ¿Como podría reclamar? ¿Entonce esto es ilegal?

    El servicio de reclamaciones del banco de España, esto donde hay que ir.

    Me va a valer la pena luchar por ello, son 20€, si tengo que desplazarme algun sitio,
    mas la perdida de un día de trabajo?

    ¿Que me recomendais?

  8. en respuesta a Jurgen
    -
    #3
    10/09/10 12:14

    Existen leyes del S.XIX vigentes que prohíben a los bancos cobrar un interés superior al 22% Anual, incluyendo comisiones y otros artificios.

    Pero supongo que los legisladores actuales interpretan que este 22% Anual no se corresponde con el 22%TAE, por lo que se permite que se cobren ese tipo de comisiones brutales que generan un 2.000%TAE.

    Sería más lógico que aplicaran el tipo de interés legal del dinero, o el Euribor.

  9. #2
    10/09/10 12:07

    en el ejemplo de Paco, yo lo veo asi:"le cobra 30 euros por prestarle unos dias 132".
    que interes es ese?
    ningun deposito renta tanto.

  10. #1
    10/09/10 12:06

    Parece increíble que con un organismo que regula la mala práctica bancaria y debe controlarla se apliquen este tipo de comisiones abusivas.

    La comisión de aviso de descubierto creo que debe ser reclamada por los usuarios siempre que puedan, conozco a gente que ha recuperado cientos de euros simplemente con reclamar.

    Gracias por el Blog informativo.

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