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Las StockPymes

El banco BBVA ha recibido una treintena de condenas por comercialización defectuosa de este producto “tóxico” para empresas y particulares.

 
Después de la polémica surgida con las “preferentes”, estos swaps* comercializados por BBVA son productos tóxicos, especulativos y poco apropiados para clientes de perfil conservador.
 
Coloquialmente hablando este producto trata de una apuesta entre el cliente y el banco sobre la evolución de los tipos de interés, con lo que si los tipos suben el banco compensa al cliente con una cantidad, pero si los tipos bajan es el cliente el que tiene que pagar al banco, en una proporción mucho mayor que lo que ha podido percibir el cliente.
El truco de este producto consiste en que, los bancos conscientes de que los tipos de interés iban a caer, lo comercializaron masivamente para conseguir ingresos y así compensar la caída de estos, aun sabiendo que la evolución de los tipos de interés iba a suponer cuantiosas pérdidas a los clientes.
A todas luces es un trato desigual, por un lado el banco con sus servicios de estudios con perfecto conocimiento de las previsiones de evolución de los tipos, y por otro lado el cliente confiando en su banco y en que contrataba un seguro de cobertura de tipos.
 
La evolución descendente de los tipos de interés, lamentablemente, han provocado los efectos que esperaban y productos como estas “Stockpymes” han generado cuantiosas perdidas económicas a clientes, ya fuesen particulares o pequeñas empresas.
 
Ausbanc (Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios) ha recibido más de 30 sentencias favorables a los clientes (con un coste para la entidad bancaria de cerca de millón y medio de euros) por la comercialización por parte de BBVA de las stockpymes, los cuales han anulado multitud de contratos por vicio en el consentimiento de los clientes.
 
El procedimiento de venta de BBVA ha sido muy similar, a los clientes se les ofreció por iniciativa del banco la contratación de un producto que se presentaba como una especie de seguro destinado a cubrir los riesgos derivados de una hipotética subida de los tipos de interés. En algunos casos ni siquiera consta que a los clientes se les haya entregado copia de la documentación referida a este producto, ni siquiera de que se les haya advertido de los riesgos derivados de generar liquidaciones a favor de una entidad bancaria. Mucho menos se informó del importante costo económico de la cancelación de estos productos.
 
Existen diferentes citas de extraídas de las sentencias de los Juzgados (Burgos y Barcelona entre otros) que consideran que el banco BBVA colocó con engaños y tretas estas stopckpymes a sus clientes.
El banco BBVA además admitió por escrito en un comunicado a la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) que había advertido “errores” en la comercialización de los contratos llamados “Stockpymes”. Estos errores consistieron en la emisión junto a los contratos de un anexo informando que la operación era conveniente cuando la evaluación realizada previamente al cliente era de “No Conveniente” o “Sin Información”.
Este error se achacaba desde el banco a un “error informático en la aplicación que gestiona los contratos”. Hecho sorprendente de una entidad que se vanagloria de la tecnología al servicio (o para servirse) de los clientes.
 
 
 
* Definición de Swaps: Permuta financiera. Contrato por el cual dos partes se comprometen a intercambiar una serie de cantidades de dinero en fechas futuras siendo normalmente intercambios de dinero futuros referenciados a tipos de interés.
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  1. en respuesta a David2012
    -
    #2
    30/11/12 10:23

    En los Juzgados de Burgos también existen varias sentencias a favor de los afectados de las Stockpymes.

  2. #1
    29/11/12 18:01

    Parece que no es exclusivo del BBVA.

    Son ya siete las entidades financieras condenadas en Galicia por la comercialización indebida de productos tóxicos y se han anulado un centenar de contratos.

    La cosa en todas las sentencias es similar. Que las entidades no han analizado correctamente el perfil de los inversores y que sus empleados no tienen la formación adecuada para comercializar productos excesivamente complejos.

    En septiembre el Juzgado de Primera Instancia 4 de Santiago de Compostela declaró nulos 38 contratos de permutas financieras firmados con el Banco Popular.

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