Hoy toca hablar de los argumentos que estamos escuchando para defender que no se puede hacer nada con los titulares de las cuentas de Suiza a los que se les ha ofrecido la posibilidad de regularizar. La mayoría son simplemente absurdos por más que se repitan.
Uno de los más frecuentes es el referido al origen de toda esta película. La versión que más suena es que alguien robó unos datos a HSBC y que esos datos acabaron en manos de las autoridades. Este ya es un argumento claramente de los otros enemigos de los inspectores de Hacienda en esta contienda que son los abogados y los “expertos”; Esto es una soberana tontería y además no es demasiado difícil entenderlo. Desde luego existen una serie de normas destinadas a proteger la información en las empresas, y desde luego comunicar esa información no es lícito; por supuesto, usar esta información ilícita puede generar múltiples problemas para la legalidad de las acciones posteriores. Hasta aquí es el argumento y hasta aquí puede ser verdad. Sin embargo, lo que no está tan claro es la calificación como robo de la información que recordemos es lo que ha dicho HSBC y nadie más.
Vamos a poner un ejemplo; imaginemos que en nuestra empresa nos encontramos un dossier confidencial y privado, donde nos encontremos con la confesión de un asesinato, el horario de un intercambio de droga e indicios de otros delitos. ¿Qué hacemos?. ¿entregarlos a la policía?. Supongo que a nadie se le ocurriría pensar que el coger estos documentos y entregarlos a las autoridades sea calificado como robo. Sobre todo porque estamos obligados a denunciar todo delito del que tengamos constancia. Si encontramos la dirección de Bin Laden y la entregamos a las autoridades estadounidense, a cambio de una recompensa; ¿cometeríamos un delito?.
Aquí estamos hablando de un robo de datos, porque así lo definió la entidad HSBC, pero curiosamente los datos han acabado en manos de los gobiernos, se han iniciado acciones legales en base a ellos en otros países y no hay constancia de que HSBC haya denunciado a nadie por tal robo, (por supuesto no tengo constancia de que nadie haya declarado que eso es un robo).
Lo que tenemos es que el gobierno de Francia ha usado esta información y por tanto, lo que tengo claro es que el gobierno de Francia, asume que esta información es legal.
Al respecto de la legalidad de las actuaciones y su posible uso en los tribunales, debemos tener en cuenta que es una información que ha comunicado un gobierno de un país de la UE. Y en este sentido no deja de ser un poco estrambótico el argumento de que esto puede no servir en los tribunales. Y es un poco estrambótico, porque la realidad es que es evidente que esto no sirve en los tribunales como prueba de una determinada actuación; lo que parece olvidar todo el mundo es que Francia no nos ha pasado pruebas, sino que ha pasado información para que Hacienda sea la que investigue determinados casos en los que existen indicios de actuaciones irregulares.
Vamos a poner un ejemplo. Si tengo constancia de que pudiera ser que tal persona está cometiendo un delito, y tengo algunos datos concretos e informaciones fiables y contrastables, no sólo no puedo, sino que debo denunciarlo ante el organismo correspondiente. Esos hechos serán investigados y en la investigación es donde se buscan las pruebas y se completan todas las circunstancias de los hechos. Por supuesto, nadie me va a pedir que aporte las pruebas necesarias para identificar una actividad delictiva de nadie. Entre otras cosas, porque no soy quien para evaluar, obtener y ordenar la realización de pruebas.
Pues lo que hace Francia es transmitirnos una información, que ha llegado a sus manos y que nosotros debemos completar, probar y sustanciar. Es más Francia tiene unos datos de saldos y personas, pero en España hemos de saber si esas personas tienen más fondos en otros sitios, de donde ha salido el dinero, (¿y si proviene de narcotráfico?, ¿comisiones percibidas por políticos en concepto de sobornos?).
España tiene una denuncia y tiene que tirar del hilo para determinar exactamente cuáles son las responsabilidades de esas 1.500 personas y si existen otros delitos aparte de la evasión fiscal.
Otro argumento que nos encontramos está en que existe un protocolo de intercambio de información entre Suiza y España, que no es el que se ha seguido. Y es totalmente cierto, las dos cosas. Existe un protocolo y en este caso no se ha seguido. Por supuesto, en este argumento parece bastante evidente que un protocolo de información entre varios países es una forma de lograr que la comunicación de los países sea más fluida. La realidad es que es un protocolo para obtener una información y facilitar los flujos de información y no algo excluyente.
Imaginemos por ejemplo que Hacienda se entera de que un contribuyente tiene dinero negro en Suiza, porque acude a un notario a firmar una confesión para enviar a Hacienda. ¿Pasa la agencia tributaria de esta información porque no viene por el mencionado protocolo?. Pues parecería un poco ridículo. ¿Y si una persona con hechos concretas puede denunciar ante Hacienda o ante los tribunales cualquier delito, (de hecho está obligada), no va a poder comunicar los datos un gobierno de la Unión Europea?. ¿Por qué existe un protocolo cuyo fin es precisamente la obtención de información con otro país?.
Nos encontramos con un último argumento que es el que podemos definir como “Va a ser difícil probar algo”, y por supuesto que es completamente cierto; La verdad es que estamos en un estado de derecho, (o algo parecido), y en estas situaciones es complicado lo de meter en la cárcel a la gente o lo de imponer multas. Cualquier acción punitiva tiene que ser probada y esto siempre es complicado. Tengo entendido que los asesinatos, las violaciones y este tipo de delitos no son fáciles de demostrar; como los jueces se ponen a veces tontos con esto de probar las cosas, pues las sociedades se encuentran con la necesidad de montar unos numeritos que hasta dan para generar series como CSI.
Claro que es difícil probarlo, pero por supuesto bastante menos que tratar de demostrar un abuso sexual realizado en la intimidad a un menor. Desde luego, las dificultades para la investigación de estas actuaciones no es superior a la de un asesinato, ya que en estas operaciones, siempre queda algún rastro documental. Y a fin y a cuentas, yo creo que una serie sobre los inspectores de hacienda no tendría el mismo éxito que CSI; porque tendría bastante menos emoción y dificultad.
La verdad es que toda la dificultad, la vemos también con otro símil muy sencillo de ver; Si una persona en situación de marginación abusa sexualmente de un niño, tal circunstancia sería probada en poco tiempo y el peso de la ley caería (con toda la razón del mundo) sobre esta persona. En cambio si resulta que son curas los que abusan de los niños, la situación es completamente distinta y será imposible de probar, aunque tengamos los testimonios en los periódicos.
Pues esto es igual. ¿Es difícil probar una evasión de impuestos?. Preguntemos a algún pequeño empresario o particular pequeño que haya tenido una inspección de hacienda y “algún descuido”.
Y esto me lleva a un argumento adicional para demandar la investigación exhaustiva. Ya sé que es difícil, pero ¿y si en esas cuentas nos encontramos dinero de narcotráfico, de explotación sexual de mujeres, de sobornos cobrados en algunas de las tramas que tenemos por ahí montadas?. Porque lo que no he oído en ningún sitio es a nadie preocupándose por la procedencia de ese dinero. Hasta donde yo sé es posible que incluso entra dentro de lo posible que en medio de las 1.500 cartas para regularizar la situación, nos podemos encontrar con una carta a algún testaferro de ETA, para recaudar de las extorsiones.
Ese dinero no declarado ha sido obtenido en actividades no declaradas y todo el mundo asume que son actividades licitas que no han sido declaradas, pero no encuentro ningún motivo para no investigar profundamente de donde viene ese dinero. Porque de hecho las rentas elevadas no declaradas suelen ser un indicio relevante de otras cosas ocultas.
Está claro que en España podemos reescribir la historia de Elliot Ness y Al Capone. Mientras al famoso Mafioso lo enchironaron en su día por evadir impuestos, ¡porque era la única forma, y por tanto la más fácil para probar algo!, en España, ¿Qué haríamos?. ¡Le pediríamos un recargo por no pagar en plazo!
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15 de julio de 2010 (11:17)
pues a mi me da q si no se investiga mas el tema es porque no interesa, y cuando digo q no interesa me refiero a q con la lista en la mano hay personas publicas y de prestigio involucradas. y claro.... hoy por ti...mañana por mi. q no se nos olvide q esto es españa |
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15 de julio de 2010 (11:38)
Ese es el verdadero poder, el tener las listas, el conocer a los presuntos defraudadores, el saber quienes son, donde están y donde residen.
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15 de julio de 2010 (13:19)
Yo mismo, me parece que si bien estás muy puesto en cuestiones económicas, me parece que en cuestiones juridicas, el cuento es el tuyo.
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15 de julio de 2010 (13:40)
respecto a lo del arbol prohibido, es que no lo acabo de entender.... ¿En base a que está prohibido que se traslade información de un país a otro?. ¿que un empleado denuncie posibles irregularidades está prohibido?. ¿Dos jurisdicciones?... No lo acabo de entender. Se trata de delitos o irregularidades de residentes en españa, por hechos cometidos en España, (donde se debería declarar)... ¿Que dos jurisdicciones hay?. Desde luego, lo que procede es que ahora la agencia tributaria o la justicia, (segun la clasificación de cada uno de los casos), pida mas informacion. Dices...¿sabes lo que significa el control jurisdiccional por jueces y tribunales del proceso?... Hombre, la pregunta es...¿Que proceso?. Si es que el problema es que ¡NO HAY PROCESO!. Claro que me parece obvio que metamos a los jueces en esta historia, si hay un proceso judicial y no administrativo, y para eso, o estoy muy equivocado o se necesita una denuncia, o traslado a fiscalia de los datos para que se inicie la investigacion... ¿Quien puso a la misma altura los delitos contra las personas y el delito fiscal?. Evidentemente están a distinta altura ¡en lo que se refiere a penas!. Lo que he tratado de decir es que demostrar un delito SIEMPRE es dificil; y NUNCA puede ser excusa para no investigarlo. ¿Teorías conspiranoicas?.... No lo veo.... Vamos a ver si me aclaro. Cada vez que salta una trama, nos cuesta un mundo seguir el dinero porque entre sociedades interpuestas, paraisos fiscales y demás se pierde la pista. De hecho para esto están las rogatorias y los convenios. El caso es que siempre que nos desayunamos con actividades prohibidas, se acompaña de dinero opaco.
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15 de julio de 2010 (13:46)
Y por cierto... respecto a la discusion de la proteccion de datos, creo que la malinterpretaste, secreto bancario y demás... Una cosa es que los bancos deben cumplir la ley de proteccion de datos y otra cosa muy distinta es que los estados no puedan pedir datos a los bancos.
No es lo mismo, poner en internet las cuentas de personas que han defraudado, que comunicarlas a un estado. |
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15 de julio de 2010 (13:49)
Y por ultimo, claro que no confundo deseos con realidad. coincido contigo en que la realidad es que "se pasa" de estos delitos, para estas personas.... Y como no me gusta, es la razon de este post... Este post tiene sentido, porque resulta que la realidad no es la que debería... si creyese que la realidad fuese como expongo que debería ser....¿A cuento de que iba a escribir esto? |
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15 de julio de 2010 (14:13)
En otro post, estabamos cambiados, tu apoyabas la improcedencia de la aplicación de una Ley de prevención de capitales de origen ílicito, de mafias internacionales,y yo la postura contraria.
La protección a los derechos fundamentales, entre ellos el del "debido proceso con todas las garantías" en el estado de derecho hace que se de tanta importancia que "toda prueba obtenida sin cumplir escrupulosamente el proceso y/o con vulneración de derechos fundamentales" no sólo no se toma en cuenta, sino que "contamina" al resto que derivan de ella...llegando al absurdo de que siendo la EVIDENCIA palpable, necesita otras pruebas que destruyan la presunción de inocencia y la carga de la prueba del que acusa.
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15 de julio de 2010 (14:28)
Creo que el hilo de discusion iba por un bloqueo de Banesto a un rankiano, por que no había entregado justificación de ingresos. El problema no es que yo estuviese en contra de la normativa de blanqueo; lo que estaba en contra era de que el banco bloquease por su cuenta y riesgo unos importes cuando la normativa les obligaba a comunicar las operaciones... http://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/448570-acaban-bloquearme-18000-ibanesto Si te das cuenta, lo que defendí en todo el hilo que las entidades financieras deberían comunicar las operaciones sospechosas al estado...¡Y no retener las cantidades a los clientes!. Respecto a lo del debido proceso con todas las garantias... Repito... ¡El problema es que no hay proceso!. Hay unos datos comunicados por un país, y eso es más que suficiente para iniciar una investigación en la que se respeten todos los derechos... ¡y que yo sepa el "no ser investigado" no es uno de ellos!. Y ojo... lo que he dicho es que los inspectores están en este caso contra los intereses del gobierno, (que quiere otra cosa que lo que los inspectores dicen), y contra los de las grandes fortunas. Esto no es conspiranoico...¡Esto es una perogrullada!. Y lo que he añadido yo es que la posicion de gobierno está en contra de intereses generales. y por argumentos absurdos. |
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15 de julio de 2010 (14:31)
y claro que se necesita un proceso para probarlo todo, con todas las garantias... ¿de donde sale este dinero?, ¿cuanto es el importe evadido?, ¿como?, ¿quien?... Dices que no podemos decir que el dinero sea ilicito y eso es lo que he dicho yo... pero al revés. No sabemos de donde ha salido ese dinero. Pues la forma es investigar e ir hasta el final hasta las maximas consecuencias... ¡con la ley en la mano!. |
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15 de julio de 2010 (14:50)
Viejo, tienes razón ese es el autentico poder. Pero el “otro” poder con sus corruptos engranajes incrustados en las Democracias se defiende, y se defenderá hasta con la bomba atómica si es necesario para imponer su voluntad sobre los humanos. Una vez más el capital acumulado resalta la miseria de los hombres. Pero no, los que sufrimos estos vapuleos y otras humillaciones, no podemos guardar silencio. Buen artículo yo mismo. |
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15 de julio de 2010 (15:42)
Claro comunica la operación y trasfiere el dinero a Sebastopol, para su control.
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15 de julio de 2010 (16:00)
Pues si, es lo que tiene que hacer el banco... ¡cumplir la ley!. En todo caso, creo que tienes un ligero error de concepto. Lo punible no es tener el dinero en Suiza o Sebastopol.... Lo punible es por lo de pronto no declarar en España (siendo residente español), unas rentas. Que te encuentren dinero no declarado es el indicio de que has cometido una infracción que es "no declarar". Y el que un residente español, no declare unas rentas en la declaracion de la renta española es un delito nacional, nos pongamos como nos pongamos. Otra cosa es que necesitemos información del extranjero, para lo que tendremos que actuar de acuerdo a unas normas. Pero repito, para eso hay que iniciar el proceso. Y por supuesto luego nos queda el detalle de "como se obtuvo la renta", lo cual puede lugar a involucrar a otros países... ya sea pidiendo información o facilitandola, (por ejemplo... imaginemos que la renta de estos españoles se haya obtenido intermediando en una venta ilegal de armas de Francia a un pais Africano; pues habría que comunicar a Francia y al otro país para que procedan...). ¿voluntario?,,.. ¿mejor predicar que dar trigo?... hombre, creo que no aceptan voluntarios... y a lo mejor podemos decir que "mejor predicar y dar trigo" |
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Daniel Bravo
en respuesta a
Madoz
15 de julio de 2010 (16:25)
Para informar al resto de lectores después de haber investigado: El árbol del fruto prohibido: Esta es una de las teorías que se utiliza en el derecho anglosajón (E.E.U.U. e Inglaterra); esta teoría nos indica que si un medio de prueba fue obtenido en forma ilícita, necesariamente invalidan los demás medios de prueba. |
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15 de julio de 2010 (17:08)
En el derecho anglosajón no se cumple a rajatabla, el principio de legalidad en el ámbito penal y sancionatorio y es pragmáticamente más positivo.
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Madoz
en respuesta a
Daniel Bravo
15 de julio de 2010 (17:15)
Esta teoría jurisprudencial, se aplica por el Tribunal Supremo Español y el Tribunal Constitucional también, como contenido del derecho fundamental al DEBIDO PROCESO del artículo 24, 2 de la Contitución. El "caso Naseiro" llegó al Tribunal Supremo, debido a la condición de diputado de José Luis Sanchís, donde quedó archivado a causa de las irregularidades en la instrucción del sumario: las escuchas telefónicas se habían ordenado para investigar únicamente el caso de narcotráfico y, por tanto, su utilización en el presunto delito de financiación ilegal no gozaba de supervisión judicial. El tribunal ordenó la posterior destrucción de las cintas inculpatorias con las conversaciones de los implicados que, no obstante, se pueden leer en las hemerotecas dado su valor histórico, pero jurídicamente carecen de valor probatorio. Los delitos económicos en España se estrellan con esa realidad e impunidad, decir que es fácil, una manipulación. Un saludo |
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15 de julio de 2010 (20:40)
Al hilo de esto: ¿alguien sabe como se procedió en el listado de Luxemburgo donde habían también cuentas españolas?. |
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15 de julio de 2010 (21:26)
Imaginaos y ya se que no es así, bueno no lo se, que en el listado hubiera jugadores de la selección española de futbol???, jo, mi gozo en un pozo. Saludos |
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15 de julio de 2010 (22:47)
En este asunto todo son teorías de conspiración, desde la versión oficial hasta las demás. |
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16 de julio de 2010 (01:55)
Hola, qué tal? Cuanto tiempo. Me parece que a algunos de tus interlocutores en este foro, con todos mis respetos, “los árboles les impiden ver el bosque”, porque yo creo que los argumentos procesales “no proceden” en este debate, ya que como muy bien dices es que no se tienen noticias de que se llegue a ningún Proceso y en poquísimas ocasiones las investigaciones tienen un mínimo recorrido y mucho menos un "justo final".
Esto, que se podría calificar como algo reprobable, al fin y al cabo lo hacen personas privadas que tienen montadas sus asesoría para ganar cuanto más dinero mejor (aunque luego se quejen de que la carretera que va de su casa a la playa está en mal estado). Pero, ¿y cuando quien te alecciona para pagar lo menos posible a la Hacienda pública es un profesor de universidad (un funcionario público) cuyo sueldo sale de las arcas del Estado? Sin comentarios Saludos cordiales
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Mi nombre es Tomás Iglesias, y como todo el mundo sabe, no es fácil describirse a uno mismo. En mi caso es muy sencillo. Soy una persona que ha tenido la oportunidad y la suerte de estudiar Económicas y acabar apasionandome por una disciplina que entiendo como algo que ha de servir para que mejoremos todos.