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La Reforma Laboral II

Bos días.

Vamos con la segunda parte de esta Reforma. Una aclaración, los artículos aquí puestos se refieren al E.T., antes de la Reforma y tal como quedan ahora.

Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas.

El PSOE ya había hecho una locura introduciendo este artículo, pero ahora el PP lo ha redondeado suprimiendo lo que está en negrita.

“Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses, siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5 % en los mismos períodos de tiempo. “

 

¿Qué pasa con los enfermos crónicos? ¿Qué pasa con los que en su vida han tenido una enfermedad pero ahora, los años no perdonan, son propensos a ellas? ¿Qué pasa con la dignidad de las personas? Si el problema es que hay personas con mucha cara que se inventan enfermedades, pues que funcionen los mecanismos de control. ¿Tendremos que solicitar las bajas de más de 20 días para que no computen? ¿Habrá que ir al trabajo y tirarse por las escaleras para que sea una baja por enfermedad o accidente laboral y que no compute?

 

Artículo 56. Despido improcedente.

Antes:

“Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador, con abono de los salarios de tramitación previstos en el párrafo b) de este apartado 1, o el abono de las siguientes percepciones económicas que deberán ser fijadas en aquélla:

  1. Una indemnización de cuarenta y cinco días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades.
  2.  Una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia…”

Ahora:

“1. Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades.

El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.

2. En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación…”

 

La diferencia en la indemnización es muy importante, pero hay algo que llama la atención y, a mí, me indigna. El gobierno le está diciendo al empresario que despida, que así no tiene que pagar los salarios de tramitación, penalizándolo si readmite al trabajador. Perdonadme, pero sin comentarios.

Artículo 82. Concepto y eficacia.

Antes:

“3. Los convenios colectivos regulados por esta Ley obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia.

Sin perjuicio de lo anterior, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el artículo 87.1, se podrá proceder, previo desarrollo de un período de consultas en los términos del artículo 41.4, a inaplicar el régimen salarial previsto en los convenios colectivos de ámbito superior a la empresa, cuando la situación y perspectivas económicas de ésta pudieran verse dañadas como consecuencia de tal aplicación, afectando a las posibilidades de mantenimiento del empleo en la misma. “

Ahora(en negrita las modificaciones):

3. Los convenios colectivos regulados por esta Ley obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores legitimados para negociar un convenio colectivo conforme a lo previsto en el artículo 87.1, se podrá proceder, previo desarrollo de un periodo de consultas en los términos del artículo 41.4, a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, que afecten a las siguientes materias:

a) Jornada de trabajo.

b) Horario y la distribución del tiempo de trabajo.

c) Régimen de trabajo a turnos.

d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.

e) Sistema de trabajo y rendimiento.

f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.

g) Mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social.

Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se  desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de perdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante dos trimestres consecutivos.

Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.

Cuando el periodo de consultas finalice con acuerdo se presumirá que concurren las causas justificativas a que alude el párrafo segundo, y sólo podrá ser impugnado ante la jurisdicción social por la existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en su conclusión. El acuerdo deberá determinar con exactitud las nuevas condiciones de trabajo aplicables en la empresa y su duración, que no podrá prologarse más allá del momento en que resulte aplicable un nuevo convenio en dicha empresa.”

 

Disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas actuales O PREVISTAS en dos trimestres consecutivos, no hablamos de pérdidas. Pasamos de inaplicación salarial a todas las que afectan a jornada,cuantía salarial, horarios…

 

Artículo 84. Concurrencia. (Nuevo E.T., en el anterior corresponde a partes do 82, 83, 84)

Antes:

Un convenio colectivo, durante su vigencia, no podrá ser afectado por lo dispuesto en convenios de ámbito distinto, salvo pacto en contrario, conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 83 y salvo lo previsto en el apartado siguiente.

En todo caso, a pesar de lo establecido en el artículo anterior, los sindicatos y las asociaciones empresariales que reúnan los requisitos de legitimación de los artículos 87 y 88 de esta Ley podrán, en un ámbito determinado que sea superior al de empresa, negociar acuerdos o convenios que afecten a lo dispuesto en los de ámbito superior siempre que dicha decisión obtenga el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación.

Ahora:

2. La regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes materias:

a) La cuantía del salario base y de los complementos salariales, incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa.

b) El abono o la compensación de las horas extraordinarias y la retribución específica del trabajo a turnos.

c) El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones.

d) La adaptación al ámbito de la empresa del sistema de clasificación profesional de los trabajadores.

e) La adaptación de los aspectos de las modalidades de contratación que se atribuyen por la presente Ley a los convenios de empresa.

f) Las medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.

g) Aquellas otras que dispongan los acuerdos y convenios colectivos a que se refiere el artículo 83.2.

 

Si damos prioridad a los convenios de empresa, sobre todo en las empresas pequeñas, y desaparece eso de que un convenio de ámbito inferior solo puede mejorar las condiciones de los trabajadores, ¿qué les queda a los trabajadores? Decir amén, y si no lo dices… a la calle que es barato.

Unha aperta.

 

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  • Reforma Laboral
  1. en respuesta a 8........s
    -
    Top 100
    #40
    09/04/12 23:43

    Hola amic 8........s
    Estába durmiendo el jueves en el hotel de Cartagena, y sobre las 4 y cinco de la madrugada, me despertó la procesión del Cristo de Medinaceli.
    Mi amiga me dijo de que la de Sevilla y la de su ciudad, eran las mejores.
    Yo no se...
    Pero es a tope...¡ Cuanta gente sale! Y niños a las tantas de madrugada, que se apoyában en una pared cuando podían.
    Al día siguiente,a las 9, fuí a visitar solo a la iglesia de Santa María. Quería ver al Cristo de Medinaceli. Estában preparando los tronos. Otros...Flores, vestimentas... Hablé con personas, especialmente un par de señoras mayores encantadoras.
    Luego la floristería... Oye, con que pasión, con que fervor, me explicában su historia.
    Mi acento me delataba...
    Este domingo que viene me voy a Cartagena a ver al Cristo. ¡ Qué caray!
    Yo no fuí a verle el jueves por un motivo inevitable, pero Él si vino a verme...
    Te lo digo, porque eres de Sevilla, y seguro que sabes mucho de esto.
    Un abràç.
    Enric

  2. en respuesta a Elfester
    -
    Top 100
    #39
    09/04/12 00:53

    hola enric...buen agapē...un abrazo.

  3. en respuesta a Borodin
    -
    Top 100
    #38
    09/04/12 00:38

    amigo borodin...es algo mas...quieren repetir aquello que paso cuando acabaron con la union monetaria latina...aquella gran guerra...estan haciendo lo mismo ... y tenemos que evitarlo...para algunos la resurreccion solo la conciben desde la optica del poder...en estos dias siempre me acuerdo de tolstoi y su resurreccion...un abrazo.

  4. en respuesta a Borodin
    -
    Top 100
    #37
    09/04/12 00:34

    una fiesta es al menos para mi...borodin...

  5. en respuesta a Borodin
    -
    Top 100
    #36
    09/04/12 00:22

    Bona nit Borodin.
    Así es que vas ha hacer una paella a leña...
    No me provoques, no me provoques...Ja ja ja
    Bueno, bueno...
    És el millor.
    Los amigos, la leña, el fuego...
    En mi comparsa, un lunes de festes, hacémos un concurso de paellas.
    El caldero en tierra...Ahí, ahí...Agacharse...
    Cada penya hace su paella.
    Normalmente son 11 por penya. Però nosotros somos 22.
    O sea dos paellas.
    Yo nunca he participado. No me atrevo a tanto.
    Además hay tres o cuatro de mi penya que se ofrecen.
    Yo les ayudo en lo que puedo...
    No se...
    Les llevo el caldero. Las botellas de cerveza...
    Los vasos de plástico...Pero no representan demasiado esfuerzo para mi...
    La banda de música...
    Tocando lo típico: Paquito el chocolatero. Chumbelerías...
    Y ya mas nuestro, mas moro...
    Ximo...L´entrà...però esta es de Alcoi...
    Sí, lo de los huevos en la frente, tiene su encanto para el activo.
    Me´n vaig a dormir.
    Siempre he sido un dormilón...
    Nuestros padres, que volviéramos a las 10 de la noche a casa.
    Y ya con un bigote tipo Iñigo, Unas patillas tipo Curro...Y unos pelos, un tanto largos. A las 10 y media...
    No me he matado con el coche desde la discoteca de Gandia, para llegar a tiempo a cenar...
    Total, ni ligába. Mejor, ni ligábamos...
    Mal compartido...
    Era mi época negra. Mejor olvidarla. Ja ja
    Ja parle´m.
    Enric

  6. en respuesta a Elfester
    -
    #35
    08/04/12 13:15

    Hola Enric:

    Pues con 80 años tu abuela tenía intactas todas sus facultades mentales...ojalá y yo pueda continuar haciendo las paellas a leña (hoy somos mas de 20) pero con 80 años...

    Hoy es Domingo de Gloria...de Pascua...seguro que por lo menos me rompen 2 huevos en la cabeza (jajaja). Huevos duros ¡¡eh!! de la mona de Pascua, que es una tradición de por aquí y que en mi Familia continuamos.

    Cada uno vive la Semana Santa a su manera... unos con indiferencia, otros con devoción, otros con meditación, con recogimiento, y otros como una fiesta que tiene mas de jolgorio que de cualquier aspecto religioso.
    Y es que independientemente de las creencias de cada uno esto es un claro exponente de nuestra cultura.

    Así es nuestra querida España.

    Pero en las circunstancias actuales, estos teutones que nos gobiernan con el objetivo de hacer frente a la crisis, de hacer un proyecto estable de futuro..., por la unidad de Europa y por la supervivencia de nuestro modelo económico, lo mismo que en dos semanas cambian la Constitución cualquier día y hasta nueva orden igual que quieren suprimir los derechos de Huelga, manifestación y Libertad de expresión y hasta los parlamentos Nacionales (que ya tienen experiencia) nos la intentan suprimir o modificar...

    Bueno men vaig a fer la paella que ja van arribant.
    Ja parlem

  7. en respuesta a Elfester
    -
    Top 100
    #34
    07/04/12 23:49

    Vaya, se han quedado unas palabras después del comentario...
    Tinc pressa

  8. en respuesta a Borodin
    -
    Top 100
    #33
    07/04/12 23:36

    Hola Borodin...
    Recuerdo a mi abuela, con muchas arrugas...Pero muy bonita para mí, siempre le daba dos besos...
    Hacía la paella con leña. Sus sudores, a borbotones...
    80 años...
    Le decía que no la hiciése...A ver si le íba a dar algo...
    Pero mis palabras no compensában las de mi primo...Que le exigía, que le hiciése la paella...
    Y como era su nieto también...
    Me ganába...
    Las abuelas tan consideradas ellas.
    Tan llenas de amor...
    Me considero un viejo jóven.
    Ligo que no veas...
    Lo que no se, es exáctamente porqué...
    Y lo veo, porqué estoy operado de cataratas...
    Mis fuerzas físicas me flaquean...
    ¿ Pero qué tengo que hacer?.
    Doy gracias a la vida por todo.
    Resignarme...¡ Qué va¡
    Y cuando amo ...
    Soy un chaval de 18 años...
    Recuerdo a mi abuela, que por cierto no sabía leer ni escribir...
    En realidad no importa...
    Siempre la he querido...
    El respeto, los valores, sí sabía...Era muy culta, en realidad.
    Me decía,en valenciano, tan maja ella...
    "Me ves vieja, arrugada, pero pienso y siento lo mismo que cuando tenía 18 años...
    ¿ Sabes?
    He sido jóven, aunque no te lo creas".
    Son frases vivenciales...
    Y ya entrando en el tunel del tiempo, mas actual...
    He estado en Cartagena.
    Semana Santa.
    !Jope!
    He visto sólo al Cristo de Medinacelli...
    ¡ Caray , hay que verlo!
    A las 4 de la mañana: "en la primera sonà" En el primer sueño...
    El encuentro, con la Vírgen en una plaza...
    Volveré, si puedo, el año que viene.
    Yo que soy mas loro que humano, hablába con los nativos, me enrollo. ja ja
    ¡ Con que entusíasmo me hablában las personas, y mas al escuchar mi acento!
    Se creen que soy catalán. Bueno, mi abuelo materno, sí lo era.
    Querían que compartiese sus vivencias, sus creencias.
    Y el fin de semana que viene seguro que iré a ver al Cristo con mi amiga.
    Gracias a los dos...por todo...
    Espero verles el año que viene...
    Ja parle´m.
    Bona nit amic
    Enric

    Tienes razón, esa la canción me gustó desde siempre.
    Lo el alumno...
    Son las ci

  9. en respuesta a Elfester
    -
    #32
    05/04/12 13:47

    Hola Enric.

    Me alegro que te haya gustado la canción... con esa intención la puse.
    Pero tu no eres viejo... quizás no eres muy joven... digamos que un poco maduro... pero no viejo.

    Ahora bien, en confianza... ¿tú crees que me voy a creer que es ahora, de repente, cuando tus neuronas comprenden la canción?... quiero decir ¿es que antes (cuando eras menos maduro) tus neuronas no la hubieran o hubiesen comprendido?
    Yo pienso que no.

    Como alumno que intenta estar preparado para escuchar a su profesor, entiendo que a tus 60años escuches mejor que de joven e incluso que te alegres de no estar “sordo” porque existen diferencias entre escuchar y oír... lo mismo que entre estar dormido o durmiendo como dijo Cela Don Camilo José.
    Y es que claro que entre Dalí o Picasso y Antonio López o Eduardo Naranjo hay diferencias... pero solo de expresión. Son los “expertos” quienes los etiquetan (que manía con lo poco que me gustan) por la “manera” que tiene cada de expresarse... y los demás, los que no tenemos ni p. idea de arte seguimos con la pregunta: ¿somos lo que vemos o vemos lo que somos?.

    Salut, amic ja parlem.

  10. Top 100
    #31
    04/04/12 22:40

    Borodin, amic...
    Menuda canción me has puesto.
    Esta vez se trata de la segunda...
    La conocía de oídas, pero sinceramente nunca le hice caso.
    Dice cosas bellísimas...
    "Solo el amor nos vuelve tan inocentes".
    " A un viejo le vuelve niño"...
    Y es que cuando soy viejo, la entiendo...
    El alumno ha de estar preparado para escuchar a su profesor...
    De repente, mis neuronas, la comprende...
    Y sobre todo me alegro de no estar "sordo".
    A mis 60 años, y escucho mejor que de jóven. Es curioso. Ja ja ja
    Se la he envíado a todas mis amigas, sobre 100.000 y a tres o cuatro amigos. Ja ja ja
    La cançó, com pots veure...m´agradat.
    Que passes unes bones Pasques.
    I a tots, clar.
    Bona nit.
    Enric

  11. Top 100
    #31
    20/03/12 00:06

    Hola. Com esteu?
    Pues yo siempre intento decir lo que veo, que no es poco.
    Pero ahora...así de repente...
    Después de haber sido sitiado, a sangre y fuego estos días...
    Es que en mi pueblo, sólo hay una falla...Pero la tengo a escasos 200 metros. Ja ja
    ¡ Qué tabarra con los cohetes, petardos!...
    Arcabuces, espindargas, trabucos...Eso sí...Moros i Cristians...
    Pues veo que hay cosas negativas, o positivas.
    La parte negativa, pues que a mi amiga la enfermera, le van a...como diría..."olvidar" darle 300 euros al mes de su antiguedad...Temporalmente. Menos mal.
    Y es que lo pagan los ancianos, los nuevos, no tienen antiguedad, claro... A esos no les afecta.
    Sus nietos, matándo zombies o combatiéndo a otra nación en juegos de internet. A los que tienen mala leche, los malos...vamos.. Son claramente políticos, la banderita...Otros no, se matan a estudiar...Mejor...
    ¿ Pero que futuro hay?
    ¿Trabajar el abuelo?...
    La positiva...Pues la Generalitat está pagando sus deudas...
    Espero que todo se arregle.
    Dar tiempo al tiempo...
    Bona nit.
    Enric

  12. en respuesta a Maois
    -
    #30
    19/03/12 21:34

    Boas noites.
    Preguntada la cuestión; la respuesta que te había dado es correcta.
    Unha aperta.

  13. #27
    15/03/12 05:24

    como se nota que ninguno de vosotros es empresario......

  14. en respuesta a Borodin
    -
    #26
    14/03/12 23:04

    Boas noites, Borodin;
    gracias por la información.No entiendo muy bien la traducción, la intuyo, pero en esto de las leyes hasta una coma es importante. No obstante reconozco que no estoy lo suficientemente capacitado para hablar de lo que sucede en Alemania.
    Gracias e unha aperta.

  15. en respuesta a Manealonso
    -
    #25
    14/03/12 18:43

    Mane buenas tardes:

    Los Alemanes son Alemanes y nosotros somos Españoles.

    Quiero decir que en Alemania por ejemplo cada año se comunican y publican en un registro especial aproximadamente 6.000 nuevos convenios donde en todos se aplica una legislación (llamada Tarifvertragsgesetz y de la que te pongo un enlace en Español a ves si lo puedes leer) que data del año 1949 y que ademas es una de las primeras leyes de la República Federal alemana.
    No soy legislador pero recuerdo un savio aviso Romano dice algo así como: “legem brevem esse oportet”.

    Los artículos son muy cortos y claros, y hasta hoy, en sus casi sesenta años de vigencia permanecen sin modificaciones.

    Las reglas alemanas del convenio solamente se refieren a los contratos con trabajadores organizados en el sindicato contratante y por simetría, a los empleadores (no empresarios) pertenecientes a su asociación.

    Según la doctrina alemana, esta estructura responde al principio democrático y mediante un simple acto administrativo es legítimo extender la validez de un convenio, y generalizarla para los no sindicados, que es lo que ocurre normalmente en las muchas pequeñas empresas, que también ahí existen que no todas son Siemens, WW, Mercedes, etc. Ahí pambien hay restauración, construcción, comercio, etc.

    Ahora si me voy.

    Un abrazo amigo.

    PD:
    http://translate.googleusercontent.com/translate_c?hl=es&prev=/search%3Fq%3Dhttp://www.gesetze-im-internet.de/tvg/%26hl%3Des%26biw%3D1024%26bih%3D677%26prmd%3Dimvns&rurl=translate.google.es&sl=de&twu=1&u=http://www.gesetze-im-internet.de/bundesrecht/tvg/gesamt.pdf&usg=ALkJrhjeRk-BWYXLNpj4pVwAEFj2Q3ToBg

  16. en respuesta a 8........s
    -
    #24
    14/03/12 00:17

    jaja. Boas noites.
    Unha aperta.
    A mimir.

  17. en respuesta a 8........s
    -
    Top 100
    #23
    14/03/12 00:15

    acabo de escuchar que el lider de i.u ha hablado del mismo crustaceo...abrazos

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