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Ahora ya no hay excusas; los autónomos ya tienen paro

Históricamente, el colectivo de los trabajadores autónomos de este país siempre ha mostrado su enorme disconformidad con el hecho de que hasta la fecha no tenían cubierta la contingencia de desempleo. Pues bien, después de una larga espera, la pasada semana se  publicó la  Ley 32/2010, de 5 de agosto, con la que esta "laguna legal" debe  darse por zanjada al fijar  esta Ley los mecanismos de  protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, y que entrará en vigor dentro de tres meses, es decir, el próximo 6 de noviembre de 2010. Si bien, ya advertimos que hasta Noviembre de 2011 ningún autónomo  causará derecho a la prestación al exigirse para la misma una carencia de 12 meses desde su entrada en vigor.

La Ley 32/2010 podrá gustar más o menos, como todas las leyes, pero en cualquier caso, es bastante seguro (y al igual que ocurre con las pensiones públicas respecto a los planes de pensiones privados), que por norma general (siempre habrá que estudiar el caso concreto) que su eficiencia económica  en su conjunto será bastante más apreciable para su beneficiario que el que pueda reportar cualquier plan privado de desempleo de los que se pueden encontrar en el mercado (sobretodo para aquellas solicitudes con menos años de cotización).

Para empezar, reseñar que la cotización al desempleo tendrá carácter voluntario para aquellos autónomos que actualmente cotizan únicamente por contingencias comunes (un tipo del 26,5% o 29,9% sobre la base de cotización), si  bien, será obligatoria para  aquellos colectivos que vengan obligados  adicionalmente a cotizar por la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (un tipo variable en función de la actividad desarrollada) . El tipo adicional de cotización para acceder a la prestación por cese de actividad será del 2,2% de la base de cotización, si bien ello supondrá automáticamente una reducción del 0,5% sobre el tipo aplicable sobre incapacidad temporal por contingencias comunes, con lo que queda un tipo resultante del 1.7%. Un tipo nada descabellado si lo comparamos con el 7,05% del tipo general vigente para los asalariados, si bien, la duración máxima de la prestación para los autonómos se verá limitada en la mitad (2 años Vs. 1 año) .
.,    
 

Las principales características de esta prestación por cese de la actividad serán las siguientes:

  • La misma incluirá la prestación económica por cese total, temporal o definitivo, de la actividad y el abono de la cotización de Seguridad Social por contingencias comunes
  • Los requisitos para causar derecho a la prestación serán los siguientes: cese total e involuntario de la actividad del trabajador autónomo, estar afiliado y en situación de alta, tener cubierto el periodo mínimo de cotización por cese de actividad de doce meses initerrumpidos e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese y hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
  •  El hecho causante o situación legal de cese de actividad requerirá de la involuntariedad del cese, aplicable tanto al inicio de la situación como durante el percibo de la prestación por cese de la actividad. Ello variará según el tipo de trabajador autónomo que tratemos. Respecto a los autónomos puros y duros (RETA)  se requerirá, entre otras circunstancias,  la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos determinantes de la inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional. En caso de existir un establecimiento abierto al público se exigirá el cierre del establecimiento mientras se cobra la prestación. Se entenderá que concurren los citados motivos si se producen  pérdidas tanto de un 30% en 1 año o del 20% en 2 años consecutivos, o por ejecuciones de deuda por el 40% de los ingresos, o también finalmente por  declaración judicial de concurso.

 

  • Respecto a la duración de la prestación económica estará íntimamente relacionada con la cotización efectuada, esto es:
  1. De doce a diecisiete de cotización, dará derecho a  2 meses de prestación.
  2. De dieciocho a veintitrés equivaldrán a  3 meses.
  3. De veinticuatro a veintinueve, 4 meses
  4. De treinta a treinta y cinco, 5 meses
  5. De treinta y seis a cuarenta y dos, 6 meses
  6. De cuarenta y tres a cuarenta y siete, 8 meses
  7. De cuarenta y ocho en adelante, 12 meses
  •  La base reguladora de la prestación económica por cese de actividad será el promedio de las bases por las que se hubiere cotizado durante los doce meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese. Y la cuantía de la prestación, durante todo su período de disfrute, se determinará aplicando a la base reguladora el 70 %. Para 2010 los límites de prestación (ficticios porque hasta Noviembre de 2011 no se hará efectiva) serían de 589,26 Euros para los que coticen por base mínima y los que lo hagan por base máxima en  1.397,84 Euros en el caso de tener 2 o más hijos.

Por último, provisionalmente y pendiente de desarrollo reglamentario, la misma Ley 30/2010   introduce una prestación no contributiva para trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad a partir del 1 de enero de 2009, que no hayan recibido ninguna otra ayuda o prestación pública y que hayan cotizado en el RETA 3 años de los últimos 5. La misma consistirá en una prestación de 425 Euros mensuales durante un tiempo máximo de 6 meses y estará vinculada al compromiso de búsqueda activa de ocupación y a la realización de un mínimo de 180 horas de formación. 

Por si quieréis entrar en más detalle de esta ley os recomiendo el siguiente link.  

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  • paro
  • Seguridad Social
  • Autónomos
  1. en respuesta a Fercanarias
    -
    #8
    16/08/10 12:43

    Asi es la flexibilidad en este pais esta realizada por los autonomos y pymes dependientes de las grandes, asi no deben ajustar ellas el empleo, traspasan el problema a las pymes.

    La morosidad es otro tema pendiente arrastrado en este pais, conozco casos que encima de que el moroso no paga a su proveedor, encima le meten un juicio de faltas al empresario proveedor por amenazas, en realidad solo pedia lo que era suyo.

    El otro tema pendiente es la competencia desleal, muchas veces consentida por presiones o por conveniencia....

    El Ico puede acabar teniendo problemas, se comenta que en unos casos son muy duros, y en otros casos patinan.

    Defiendo la meritocracia, los incentivos a quien demuestre mas eficiencia tanto en emp. publicas como privadas, con una parte de sueldo variable...ademas de mayor control y transparencia ademas de listas abiertas...

  2. en respuesta a Ramon13
    -
    #7
    16/08/10 10:56

    Estoy de acuerdo, en general autónomos y pymes han pasado más bien empleados indirectos en la mayor parte de los casos, son una forma de despido libre, o de traspasar el marrón a un tercero, desde que las grandes empresas pusieron de moda la subcontratación. Antes las plantillas eran estables y en algún caso bien o incluso sobredimensionadas, ahora hemos y habíamos pasado al extremo contrario, apenas existe gente en las multinacionales para controlar a todas las subcontratas y cadena de producción y servicios.

    Luego está el asunto de los créditos, me hace gracia por no llorar los anuncios del ICO, dicen que se lo dan a empresas en mora, aunque tengan deuda con SS, etc, porque precisamente se trata de rescatarlas, no es nuestro caso porque estamos al corriente de pago en todo, pero como las administraciones que tenían que pagar en mayo no pagan como mínimo hasta septiembre, nos tienen axfisiados, presentado un buen plan de empresas, ajustado 3 veces en el marco temporal, una vez, la inicial como plan a 10 años (actualizable antes, porque estas cosas varían mucho con el tiempo), otro a 5 años para justificar al ICO un crédito liquidez, y otro a 3 años, para ajustarse a los nuevos plazos, somos la empresa tipo que sale en el anuncio, sólo que no debemos a ningún proveedor, ni empleados y está todo al corriente, pero si no tenemos esa ayuda ante la poca formalidad en cobros, nos terminarán axfisiando y en lugar de cumplir un plan de empresa donde se crean 10 empleos a 10 años, pasaremos a destruir 4 en un año, además de aumentar la cadena de morosidad, es la cuarta vez en 2 meses que nos deniegan un ICO, con lo cual el plan inicial ya se ha tenido que ver recortado en 4 ocasiones, y lo de crear 10 empleos ya pasó a la historia, ahora con mantener lo que hay ya podemos darnos por contentos. Así que con estos apoyos, esa publicidad engañosa, pues las cosas están como están y que un autónomo cobre desempleo dentro de 1 año, no es ningún consuelo, otras medidas similares además no han tenido esa carencia para entrar en vigor.

    Lo mejor es ser empleado, funcionario a poder ser, es lo único incentivado en este país.

  3. en respuesta a Fercanarias
    -
    #6
    16/08/10 02:07

    Si tienes razon es el caso de SL de autonomos que suele ser de un solo propietario, las pocas ventaja es que podrian estos años de perdidas, es descontarse todas las perdidas en una SL.

    No pretendo generalizar, pero estoy convencido de que muchas pymes que cierran o estan a punto de cerrar, no es por una mala gestión, ni tienen la culpa de los excesos de los otros...simplemente son el eslabon mas debil, como siempre los paganos de la crisis son los trabajadores, las pymes y los autonomos.
    Si ademas tienen mas esfuerso fiscal ante una posible subida de impuestos..el panorama se complicara aun mas.

    -Como las reglas no son iguales para todos...no pueden acceder a "las herramientas" que tienen las redes vinculares.

    ..despues se lamentaran de que no aparecen nuevos emprededores, o de que las pymes no tienen suficiente dimension para competir---pero como la van a tener si no tienen acceso a creditos ni a medidas que les incentiven..para invertir,innovar y a crear empleo.

    saludos.

  4. en respuesta a Ramon13
    -
    #5
    14/08/10 00:42

    Y aunque hubieras optado por una SL, porque en general en todas las SL los créditos los avala el accionista que en general es el mismo que el administrador y/o dueño de todo el marrón.

    Además en general una vez llegado a ese punto, con la deuda avalada, aunque no se diera este caso, cosa extraña, también te pueden instar el concurso de acreedores, sobre todo si tienes alguna deuda grande con algún proveedor, y llegado ese momento quizás es que antes se tenía que haber planteado la liquidación, con lo cual pedirán responsabilidad a su administrador (que suele ser el mismo que el accionista y el mismo que el autónomo), con lo cual posiblemente deberá hacer frente a la deuda aunque tenga una S.L. y también a algún otro tipo de responsabilidad legal.

    Así que el constituir una S.L. no supone ninguna vía de escape.

    Y estoy muy de acuerdo en tu último párrafo, pero hay mucha publicidad del estado, de las autonomías, pero ninguna ayuda, estas en caso de haberlas se quedan en amigos o en especialistas de las subvenciones, que viven de ello y no aportan nada a la economía real, y desgraciadamente está lleno de parásitos de ese estilo.

  5. en respuesta a Joldi
    -
    #4
    14/08/10 00:38

    Sin embargo la prórroga del paro por 6 meses más después otros 6, por una valor en torno a los 400 euros, no ha requerido de ningún de periodo de carencia.

    Si ha día de hoy los autónomos al cerrar tuvieran ya paro, el número de cierres sería impresionante, porque al menos no daría para pagar nada pero si para comer, en la actualidad el autónomo que cierra pasa de autónomo a indigente directamente.

    Totalmente de acuerdo con el comentario de Ramon13.

  6. en respuesta a Joldi
    -
    #3
    13/08/10 16:09

    Hola Joldi,
    Entiendo tu exposición, solo queria matizar que me parece bien que los autonomos tengan equidad con el resto de trabajadores, solo que estos importes de paro pueden ayudar a un trabajador que no tiene deudas mientras encuentra otro trabajo, pero no solucionan ningun problema al pequeño empresario que esta tocado por culpa de no tener refinanciación de los bancos porque su negocio han caido los ingresos, o porque esta en un sector marcado, o porque no teine nada mas con que avalar...sus deudas al ser considerables...casi le obligan a seguir abierto aunqeu no quiera.
    Si al final debe cerrar, debera asumir tambien sus deudas, seguramente porque no opto por montar una SL.

    Por este motivo me parecen mas logicas la medidas que eviten su cierre, como las moratorias en los pagos, porque de esta forma la empresa sigue abierta y algun dia puede generar empleo. Una empresa cerrada es un emprededor menos y no todos los trabajadores que cobran una indeminizacion crean empresas.
    saludos.

  7. en respuesta a Ramon13
    -
    #2
    13/08/10 13:12

    Hola Ramon,
    el título del post viene referido a una queja constante de todo el colectivo autónomo que se sentía agraviado respecto a otros colectivos que sí tenían derecho al paro.

    Pues bien, con esta Ley, entiendo que esta reivindicación debería de darse atendida, al menos, en parte pq también, como toda ley, es mejorable.

    Y que a partir de ahora, será prácticamente casi cada autonómo el responsable último de decidir si accede o no en el futuro al paro sin que luego se pueda echar las culpas a nadie si al final se tiene o no paro, acabará siendo una decisión particular de cada uno.

    Y sí, claro, en el corto plazo es una ley que no resuelve nada para aquellos que andan tocados, como toda prestación requiere de un periodo de carencia, pero en fin, creo que es mejor esto que nada.

    Gracias por tu comentario, un saludo

  8. #1
    13/08/10 12:48

    Es una buena noticia..para los autonomos, pero para un autonomo que hace 2-3 años que esta en perdidas esperar 1 año mas, hasta nov 2011 en perdidas de 1 o 3 mil euros al mes, no le compensa esperar. El autonomo no quiere cerrar, primero por la dificultad de encontrar otro trabajo y despues por las deudas que arrastrara despues del cierre al no poderlas refinanciar por la dureza de los bancos....
    La tendencia que tienen es de aguantar hasta el final...y son situaciones traumaticas en el caso de no saber cerrar a tiempo.

    Cuantos menos autonomos menos posibilidad de creación de empleo, creo que seria una mejor medida incentivar al no cierre.

    No es que cuestion de excusas..es cuestion de mantener una familia...

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