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Un incendio forestal… su origen y responsabilidades

Todos los veranos ocurre lo mismo: calor, descuidos, imprudencias, accidentes, … y por desgracia incluso de forma malintencionada, pero inevitablemente y de forma repetida se terminan produciendo graves incendios. También es cierto que puede ser simplemente originado por un fenómeno meteorológico adverso, una tormenta, descarga eléctrica, un rayo y ya se ha producido el incendio. Siendo esto último no habrá un responsable directo, pero en todos los casos  las consecuencias pueden ser siempre totalmente imprevisibles:
o   Miles de hectáreas de bosque calcinadas
o   Cosechas perdidas
o   Viviendas incendiadas, así como los bienes que estén incorporados a las mismas.
o   Y lo que es peor, vidas humanas.
Aunque el daño siempre lo pagamos todos los ciudadanos, por el grave perjuicio ecológico que se produce, por los costes de recuperación del entorno y los gastos de extinción de incendio, etc.,  solo si existe un responsable directo y se puede inculpar se podrá repercutir contra él y su patrimonio. No siempre es fácil de determinarlo, pero muchas veces se dice:
  • Incendio originado por unos excursionistas  haciendo la famosa barbacoa.
  • Niños jugando en una cabaña
  • Particular quemando unos rastrojos
  • Furgoneta averiada que originó un incendio que se propagó rápidamente.
  • Y otras situaciones fortuitas (no intencionadas) pero que lo han originado.
Y aquí el seguro que cada cual pueda tener en vigor, puede ayudar a paliar su responsabilidad en los daños, y que pueda servirle para pagar en su totalidad el alcance económico de los perjuicios originados a terceros y que además pueden llegar a ser de una enorme dimensión en estos casos.
Si hay un responsable directo que se puede imputar: de los niños jugando serán sus padres, de la barbacoa serán los participantes, de la quema de los rastrojos será quien lo haya realizado, y de la furgoneta averiada, puede ser el seguro de circulación si ha venido originado por un accidente pero si solamente es la avería del vehículo en este caso será el propietario, o incluso el taller de reparación si es que acababa de ser reparado y pudiera considerarse que resultó una reparación deficiente, etc.
En la mayoría de los casos con el simple aseguramiento de una vivienda, al tener incorporada la Responsabilidad Civil familiar, ya se alcanza la protección necesaria, pero aún así hay que prestar atención porque habría algunas situaciones que aún disponiendo del seguro de hogar no tendríamos la cobertura, por ejemplo:
  1. Los hijos pero que ya fuesen mayores de edad, generalmente se limita la cobertura a los menores de edad, aunque a veces se amplía hasta los 21 o 25 años, pero puede haber restricciones.
  2. La Responsabilidad Civil familiar al margen de la inmobiliaria normalmente se obtiene si se incluye el Contenido dentro del seguro de hogar, y claro frecuentemente, por ejemplo, se formaliza una hipoteca, y como no se va a habitar hasta dentro de 2 o 3 meses, para ahorrar algo de los gastos pues solo se asegura el continente (por ser lo obligatorio) y claro no habría cobertura, y además puede haber pasado mucho tiempo desde que habitamos la casa y no haber modificado el seguro.
  3. La suma asegurada de responsabilidad Civil puede ser insuficiente. En ocasiones por abaratar el precio del seguro estamos dispuestos a tener unos límites de coberturas reducidos, y si por ejemplo solo tuviésemos 100.000 o 150.000 € de capital, pues según las circunstancias del incendio no alcanzaría a cubrir el total de los daños causados. Lo mínimo deberían ser 300.000 € y de ser posible una cantidad superior.
Muchas veces no se valora el alcance de los posibles daños a terceros hasta que no ocurre algo cercano a nuestro entorno y entonces nos hace reflexionar. Pero lo cierto es que disponer de una protección razonable para todas estas situaciones no es nada complicado sobre todo si prestamos atención a que seguros disponemos, que aspectos están cubiertos, y de las posibles no coberturas cuales podríamos contemplar.
Un hijo que supere la edad de cobertura de un seguro hogar y que permanezca en la unidad familiar, (cada vez más frecuente), como no va a contratar un seguro de hogar si vive en la casa de los padres, con solo formalizar un seguro de responsabilidad civil personal, tendrá cubierta las acciones fortuitas, involuntarias generadas accidentalmente por múltiples situaciones: paseo en bicicleta, barbacoa campestre fuera de control, sombrilla en la playa que sale volando y golpea en alguna persona, etc., pero como en el caso que nos ocupa que le cubra en estas graves situaciones como podría ser el resultar causante de un importante incendio simplemente porque su coche averiado y aparcado de emergencia en una cuneta al terminar incendiándose origine un incendio de graves consecuencias.
El seguro es una necesidad para protegernos ante ciertos riesgos pero además debemos asegurarnos bien, y revisar las sumas aseguradas así como las coberturas y posibles exclusiones y limitaciones, para intentar que en todo momento el seguro se ajuste adecuadamente a nuestros intereses y prioridades.
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  • Incendio
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