@Krnzy_AF Uno de los adelantos más emocionantes que han ocurrido en los mercados de derivados en los últimos años ha sido el crecimiento del mercado de derivados de crédito. Los derivados de crédito son contratos en los que el beneficio depende de la solvencia de una o más entidades comerciales o soberanas.
Estos derivados permiten a las empresas negociar riesgos de crédito de manera muy parecida a como negocian riesgos de mercado. Los bancos y otras instituciones financieras estaban usualmente en una posición en la que podían hacer poco una vez que asumían un riesgo de crédito, excepto esperar (y esperar que ocurriera lo mejor). Actualmente pueden administrar de manera activa sus carteras de riesgos de crédito, manteniendo algunos y participando en contratos de derivados de crédito para protegerse de otros.
Los derivados de crédito son contratos bilaterales por los cuales, una de las partes “comprador de protección” paga una cantidad periódica a la otra “vendedor de protección” a cambio del derecho a recibir de ésta un pago, que sólo se producirá si ocurre un evento de crédito (por ejemplo, impago, quiebra o entrada en mora, obligación de declaración de quiebra, reestructuración, etc.) relativo a las entidades de referencia o al activo de referencia del derivado de crédito. Los derivados de crédito de mayor difusión son los credit default swap.
El credit default swap (CDS) es el tipo de derivado de crédito que más se utiliza en el mercado. A pesar de su denominación, el CDS también se asemeja a un contrato de opción, al ser un contrato bilateral. Cuando se produce el evento por el cual el CDS es contratado, el comprador de protección podrá entregar al vendedor los activos de referencia que hubieran acordado y a cambio recibirá del vendedor el nominal de los mismos. También se podrá liquidar la operación por diferencias entre el precio de mercado de los activos y su nominal.
Un CDS se negocia sin intervención del nombre de referencia, aunque tenga el mismo subyacente que otros productos de créditos tradicionales, tales como préstamos, bonos corporativos y asset swaps.
La cotización del CDS se expresa en spread (habitualmente anualizado) como prima periódica sobre un nominal. Los plazos habituales de contratación son 1,3,5,7 y 10 años y los nominales están comprendidos entre 5 y 25 millones de dólares nominales por operación.
Los mayores compradores netos de protección de crédito son los bancos y los vendedores netos son las compañías de seguros. Para las compañias de seguros vender protección de crédito es igual a vender protección contra pérdidas ocasionadas por fuego o accidentes, y con frecuencia están más dispuestas a asumir riesgos que los bancos. El resultado de todo esto es que la institución financiera que asume el riesgo de crédito de un préstamo a menudo es diferente de la institución financiera que realizó las verificaciones de crédito originales. @Krnzy_AF
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