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Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

190 respuestas
Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
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Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
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#181

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Gracias por responder, ya está pagado,  pero sigo discrepando con la seguridad social. No me ha llegado ningúna respuesta a la reclamación previa, en la solicitud pone atendida... 
Ni denegada ni desestimada ni aceptada...  ATENDIDA...  Ni idea de lo que quiere decir.
Me aprobarán el imv con unas cantidades provisionales en abril de 2022,  hice la declaración el mismo día y al siguiente me justificó hacienda diciendo que estaba mal... Se hizo un giro a la declaración rectificada por hacienda.  O sea, hay dos declaraciones en obra de hacienda pública, con numeraciones distintas, una de ellas al final en una casilla pone autentificación de auto liquidación por rectificación...  Número etcetc, entonces, si la lay del IRPF 7(y) dice que estos ingresos son exentos, y el imv el artículo 20 1 (f) 1⁰ dice que son exentos, 

#182

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Te lo aprobarían en base a ingresos computables de 2021 .me reitero en lo que te he dicho que estén exentos de cómputos para IRPF no significa que esten exentos de cómputo para IMV .
Son conceptos diferentes así que aunque rectificarse la declaración puede haber mil cosas que sean computables y no aparezcan .el caso exacto no lo sé .así que poco más puedo opinar sin saberlo . porque la manutención de mis hijas por ejemplo no aparece en la declaración para nada porque no tiene que aparecer y es computable,y como este ejemplo muchos mas.
Y si en dos años no te han contestado,es porque posiblemente no vean base a tu reclamación,que no lo sé es una conjetura mia. de todas formas puedes ir presencial al INSS y preguntar cómo va tu reclamación y así sabrás si sigue en estudio o la han archivado o lo que sea .
El problema es que mucha gente se piensa que por pedirla a partir de abril del año en curso los ingresos tenidos en cuenta serán los del año en curso,cosa que realmente no pasa aunque lo ponga, siempre si o si miran el año anterior y ya se ha ido demostrando aquí en muchísimos casos que han pensado que estaba en base al año presentado y después cuando ha llegado la carta de resolución se ha visto que no .que miran el anterior.
Porque claro a mucha gente decía no me cuadra ....y al mirar bien se les decía es que es en base al anterior y ya ahí si cuadraban las cuentas 
#183

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Si,si tienes razón. 
Pero mi solicitud a sido atendida en 2022 con los ingresos provisionales de 2021, lo cual todos están exentos según la propia ley del imv,  no es computable...  Y si. He ido a la seguridad social desde entonces 16 veces personalmente, 25 con cita telefónica, aparte de 322 llamadas al 900, lo cual lo tengo todas y cada una en formato PDF para presentar a juzgado la mucha comunicación con la seguridad social y la falta de resolución, 
Cada cita se genera un número de identificación y las llamadas al 900 se quedan registradas en factura telefónica.
Es un error de ellos,  eso creo, no trabajo desde 2019, no tengo piernas, por un accidente laboral.  
Que espere... Que será resuelto todas...
#185

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Que estén exentos te lo repito no es que no sean computables .es que es lo único que repites siempre.
Y exento no significa no computables.
Así que si cobraste cualquier cosa ,bonos, ayudas, subsidios, manutención etc etc etc que no se tu caso concreto te lo repito tmbn es computable.no hay más vueltas de hojas .
Exento no significa nada .solo significa que no aparece el la declaración punto .
Dices que no trabajas desde 2019 por un accidente laboral.tendras una pensión ya sea mínima pues eso es computable.

Sino trabajas por el motivo que has dado imagino tendrás una pensión verdad?  Aunque sea mínima. Esa pensión es computable.
#186

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

No, no tengo pensión ninguna. Solo el imv   Aún sigo en tribunales ...  Pues nada gracias por ayudarme con todo lo que tengo ahora ya me dejas claro que no hay nada que reclamar. Gracias.. porque  estaba agobiada intentando pelear y si no tengo niguna posibilidad no me como la cabeza gracias
#187

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

De nada .y suerte 
#188

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Gracias 
#189

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Si estás en tribunales con ese tema será lo que tu letrado defienda y estime oportuno alegar en sede judicial, y aparte lo que el juez dictamine... ahora mismo no puedes hacer nada, salvo colaborar con tu letrado en lo que te pida y esperar acontecimientos.
#190

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

No. No tiene nada que ver el pan con el azúcar.   El tema del imv no tiene nada que ver lo que lleva el abogado, que es de oficio. Y si le das demasiado trabajo se peta...  Si preguntas algo no sabe...o no contesta, como no es de pago solo lleva la causa hasta donde le toca, juicio cuando toque y ya está. 
#191

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Como me dicen blanco en botella, olvidará el asunto dejar de historias y ya está. Paso del tema. Gracias por las tan bondadosas respuesta que me trajeron luz ya que estaba obsesionada con que tenía razón y he visto que no y no me caliento más la cabeza. Que me quito un peso de encima. Cuanto tiempo perdido con lo fácil que es preguntar y que te respondan contundente que no tienes razón y que no ganarás nunca. Gracias de verdad. Mil gracias 
#192

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Hola buenos días, acabo de venirse la seguridad social,  con la duda que he planteado y que me habéis ayudado muchísimo, ya que he conseguido paralizar el cobro indebidos ya que era inexistente.  Alegando justo lo que he planteado y que con vuestra ayuda me habéis dicho que se remite al 148/1996, así que es también un real decreto, que en primero lugar es inferior jerárquico que la ley del imv, y el 789/2022 también, y que el imv es inembargables, aparte de haber demostrado que hay un error de hecho. Y material en mi expediente, y que invocando en la reclamación que tengo 15 días para alegar o fraccionar o demostrar que se equivocaron... Gracias a la insistencia de remitirme al real decreto 148/1996 pues allí me aferre.  Y la buena voluntad del funcionario de INSS provincial... 
#193

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

Pero tú no decías que ya habías pagado esa deuda !? Entonces que has reclamado? 
#195

Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital

No creo que te vayan a devolver nada .ya que el imv si es embargable.x por ciento pero es embargable