Si te preguntas qué pros y contras tiene; ¡te lo cuento en el post!
⭐️ Dépositos destacados
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Pros de los depósitos en el extranjero
- La rentabilidad. Como hemos mencionado con anterioridad; la principal ventaja de los depósitos en el extranjero respecto a otros depósitos es la rentabilidad, pues es superior a la de los depósitos en España.
- Contratación. Lo ponemos en la parte de pros para aquellas personas que prefieran que la contratación sea online. En el caso de los depósitos en el extranjero la contratación será totalmente online, esto hará que sea más sencilla y cómoda. No será necesario desplazarse a ninguna oficina para entregar los documentos, ya que se enviará todo a través de internet. Por tanto, a la hora de contratar un depósito en el extranjero tendremos que seguir unos pasos sencillos, que normalmente será rellenar un formulario en el que te pedirán los datos personales y fiscales, así como los económicos, firmar el contrato y enviar la documentación que bien puede ser de forma online o a través del correo ordinario. Una vez esté correcta toda la documentación, simplemente habrá que realizar la transferencia para poder constituir el depósito.
- No necesitas cambiar de banco. Al invertir en un depósito en el extranjero no es necesario contratar una cuenta corriente en ese banco, ni cambiar tu banco por otro.
- La seguridad. Siguiendo las leyes europeas, todos los bancos colaboradores de Raisin se encuentran adheridos a sus respectivos Fondos de Garantía de Depósitos.
Contras de los depósitos en el extranjero
- Quiebra de la entidad. lo cierto es que, contratar un producto con estas entidades europeas también puede tener sus inconvenientes. Como por ejemplo; en caso de que una de estás entidades quiebre, la reclamación de los fondos tendría que hacerse en el idioma original del país del banco dónde se ha contratado el depósito.
Declaración de intereses
El titular, representante, autorizado, beneficiario, persona o entidad con poderes de disposición o titular real, tendrá la obligación de informar acerca de las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero y bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
No existirá obligación de informar ningún bien de aquellos grupos en los que la suma de los bienes que lo integran no supere los 50.000 euros. En los grupos en los que la suma supere este importe existe la obligación de informar todos los bienes que lo integran. En lo relativo al grupo de cuentas en entidades financieras bastará con que lo sobrepase o la suma de los saldos a 31 de diciembre del ejercicio correspondiente o la de los saldos medios. En años sucesivos sólo se informará sobre los grupos en los que haya existido un incremento superior a 20.000 euros respecto a la última declaración presentada.