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victoriosa

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victoriosa 07/02/12 00:35
Ha respondido al tema Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
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victoriosa 02/02/12 22:09
Ha guardado Participaciones Preferentes, Estructurados y demás productos bancarios (IV) de Abogadodeprovincias
victoriosa 02/02/12 21:56
Ha guardado Guía Práctica de como Afrontar un Procedimiento Judicial contra una Entidad Financiera. Participaciones Preferentes. de Abogadodeprovincias
victoriosa 02/02/12 21:55
Ha comentado en el artículo Guía Práctica de como Afrontar un Procedimiento Judicial contra una Entidad Financiera. Participaciones Preferentes.
La realidad del engaño no puede ser negado. Esta siendo reconocido hasta por la CNNMV en prensa.
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victoriosa 02/02/12 21:52
Ha recomendado Guía Práctica de como Afrontar un Procedimiento Judicial contra una Entidad Financiera. Participaciones Preferentes. de Abogadodeprovincias
victoriosa 31/01/12 22:55
Ha respondido al tema Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?
Buenas tardes: quiero agradeceros vuestra ayuda a los redactores de la Guía de andar..... y en general por vuestra información que me ha resultado fundamental para defender mi posición ante CAIXABANK. Era titular de PP Serie A, seguí los pasos de la Guía. Di orden de venta por debajo del nominal y ,tras reciopilar boletines diarios AIAF, que demuestran cruce de operaciones, acudí , en octubre pasado a la CNMV. estoy esperando respuesta de este órgano. He firmado el canje. Finalmente despues de muchas dudas y miedos opté por esta solución, aún sabiendo con ello pierdo fuerza ante una posible demanda judicial. Las razones que me han movio a tal decisión han sido varios, primero que puedo recuperar algo de mi dinero; que tiene plazo de vencimiento por lo que es algo mejor que las PP; que de no firmarlo supone que me quedo con un producto respecto que en este momento existe el consenso de que no tienen salida en el mercado, por tanto valen 0. Hay una noticia aparecida en una publicación llamada CAPITAL MADRID.COM hoy, 31 de enero, relativas a que la semana que viene tiene que estar terminada la reestructuración del sector financiero. habla de que las entidades han convertido el dinero de las preferentes en capital de primera. Los cinco grandes bancos no necesitan fondos públicos, no así el resto no grandes. De esto se desprende que los grandes no necesitan dinero público pues se han saneado con el dinero de sus clientes ahorradores titulares de PP. que al convertirlas en otros productos, previa pérdida de una parte importante de su valor inicial, que supongo se queda la entidad, cumplen así con las exigencias para la reestructuración. Me parece curioso que esto se publique justo hoy 31 de enero, ya cuando está finalizando el plazo de CAIXABANK para el canje, las demas entidades ya habían realizado la recompra con anterioridad. Si lo que se publica es cierto, y la deducción que yo hago fuera acertada, ocurrirá que los poderes públicos y órganos(CNMV, BdE,defensores del pueblo....) que debieran velar por los derechos de los clientes que tenemos este problema no van a hacer nada por llegar a una solución distinta de la ofrecida/impuesta por los bancos. De otro modo resultaría cuando menos incoherente que, por un lado exijan a los bancos que se reestructuren y que dispongan de capital de calidad, mientras que por otro defiendan a los que reclamamos la devolución del dinero líquido que en su día deseabamos depositar. ¿Que opinas de esto?
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victoriosa 30/01/12 21:52
Ha respondido al tema El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Esta el el foro de facebook que te he dicho. No obstante, un señor que ha dejado un comentario en el mismo foro ha expresado que le parece algo sospechosa el titular/noticia aparecida en el diario ese gallego, le parece que puede que esté de parte de la entidad bancaria gallega que ha emitido las PP que ha comercializado sin explicar a los clientes lo que adquirían. Es una opinión más la de este señor. Lo que si parece raro es que las noticias sobre que el BdE está negociando una solución para los titulares de PP hayan partido de dos diarios gallegos. No he visto en los varios foros de este tema que nos preocupa que ningún otro periódico se haya hecho eco de esa negociación. Creo que nos debemos tranquilizar, cualquiera que esa la solución que elijas, firmar el canje o no firmarlo, no sabemos si será buena o mala. puede hasta que las dos sean buenas, las dos malas o bien una buena y otra mala. El desarrollo de la situación económica, el resultado de nuestras protestas y mobilizaciones, de las asociaciones,y sobre todo de la mala imagen y el efecto negativo de la pulicidad que se le está dado al tema, concluirá con una solución que mejore nuestra posición actual.
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victoriosa 16/12/11 20:47
Ha respondido al tema Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?
Hola: efectivamente tras la orden dada al 99%, presenté reclamación vía burofax ante el SAC, el mismo día en que se recibe en ese Servicio la reclamación me vendieron una pequeña cantidad del total al 100% nominal. El SAC me contesta en resumen que la empresa AB ASESORES BURSATILES SL es la empresa encargada de dar liquidez al producto y que ellos pueden decidir el precio del mismo, y que no ha habido liquidez. Ante tal contestación acumulo boletines diarios de AIAF desde Febrero de 2011, fecha en que dí primera orden de venta, hasta el día anterior a presentar escrito ante la CNMV, mediados de mes de octubre. En todos ellos aparece operaciones efectuadas , incluido el mes de agosto que se supone de menor actividad. La cantidad de PP es bastante elevada.
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victoriosa 16/12/11 18:19
Ha respondido al tema Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?
Saludos: ante todo agradeceros a todoslos que me habeis infomado sobe los pasos a seguir. actualmente estoy a la espera de contestación a reclamación presentada en octubre ante la CNMV. Más abajo he copiado el acuerdo adoptado por el Consejo de Admon. de Caixabank que aparece en la página de la CNMV.(Canje de PP por obligaciones). Vuelve a ser una solución engañosa? Que perjuicios supone para los titulares de PP? Sería más ventajosa esa opción que quedarse con lasPP? Tengo dudas sobre qué hacer si seguir con proceso judicial, una vez obtenga contestación de la CNMV, ya que cuando yo dí mi primera orden de venta era en febrero de 2011. Posteriormente, en junio de 2011, la doy por el nuevo importe de 99% nominal. He leido en prensa que esta solución de cambio por obligaciones supone de entrada, a día de hoy, una pérdida del valor de lo invertido de un 20%. 1 Hecho relevante CaixaBank, S.A. (CaixaBank) comunica que el Consejo de Administración, en su sesión de hoy, ha acordado, en virtud de la autorización conferida por la Junta General de Accionistas de 12 de mayo de 2011, la emisión de las siguientes obligaciones (las “Obligaciones”): (1) obligaciones subordinadas necesariamente convertibles y/o canjeables en acciones ordinarias de CaixaBank, de 100 euros de valor nominal y un cupón del 6,5% nominal, por un importe máximo de 1.469.275.800 euros, excluyendo el derecho de suscripción preferente de los accionistas (las “Obligaciones Convertibles / Canjeables”); (2) obligaciones subordinadas serie I/2012, de 100 euros de valor nominal cada una y un cupón del 4,06% T.A.E., por un importe máximo de 2.100.000.000 euros (las “Subordinadas I”); y (3) obligaciones subordinadas serie II/2012, de 100 euros de valor nominal cada una y un cupón del 5,095% T.A.E., por un importe máximo de 1.328.310.200 euros (las “Subordinadas II”). Las Obligaciones Convertibles / Canjeables que no hayan sido convertidas y/o canjeadas con anterioridad serán necesariamente convertidas y/o canjeadas en acciones de CaixaBank el 30 de junio de 2012 en un 50% de su importe nominal. El 50% restante que no haya sido convertido con anterioridad será necesariamente convertido y/o canjeado el 30 de junio de 2013. Por lo que respecta a las Subordinadas I y las Subordinadas II tendrán un periodo de vencimiento de 10 años desde la fecha de desembolso. El valor de las acciones de CaixaBank a efectos de la conversión y/o canje de las Obligaciones Convertibles / Canjeables será un importe fijo que será el que resulte el mayor de entre: (i) 3,73 euros por acción; y (ii) el 100% de la media de cotización de la acción durante los últimos quince días hábiles bursátiles del periodo de aceptación de la oferta de recompra. Las referidas emisiones irán dirigidas exclusivamente a los titulares de las participaciones preferentes de las series A (ISIN: KYG175471039) y B (ISIN: KYG175471112) emitidas por Caixa Preference Limited (ahora Caixa Preference, S.A.U.) con la garantía de Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (”la Caixa”) (ahora CaixaBank) y de la serie I/2009 (ISIN: ES0114970009) emitida por Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (”la Caixa”) (habiéndose subrogado CaixaBank en la posición de emisor de dichas participaciones preferentes en virtud de la segregación de los activos y pasivos que integraban la actividad financiera de Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (”la Caixa”) a favor de Microbank, S.A. y la subsiguiente absorción de Microbank, S.A. por 2 Caixabank), que acepten la oferta de recompra de dichas participaciones preferentes de las que son titulares. Las participaciones preferentes se recomprarán por el 100% de su valor nominal (esto es, 1.000 euros), que serán pagaderos de la siguiente manera: (i) A los titulares de las participaciones preferentes de las series A y B se les entregará por cada participación preferente: 300 euros en efectivo y 7 Subordinadas I, sujeto a la solicitud irrevocable de suscripción prevista a continuación. (ii) A los titulares de las participaciones preferentes de la serie I/2009 se les entregará por cada participación preferente: 300 euros en efectivo y 7 Subordinadas II, sujeto a la solicitud irrevocable de suscripción prevista a continuación. Como parte del precio de compra, los aceptantes de la oferta de recompra recibirán la remuneración devengada y no pagada desde la última fecha de abono de remuneración de cada una de las participaciones preferentes hasta el día anterior, inclusive, a la fecha efectiva de recompra de las participaciones preferentes, redondeada por exceso o defecto al céntimo de euro más próximo (el “Cupón Corrido”). La aceptación de la oferta de recompra podrá cursarse únicamente respecto de la totalidad de las participaciones preferentes de cada emisión de que el aceptante sea titular, no siendo posibles aceptaciones parciales respecto de una misma emisión. Asimismo, la aceptación de la oferta de recompra estará condicionada a la simultánea solicitud irrevocable de suscripción por cada una de las participaciones preferentes recompradas de 3 Obligaciones Convertibles / Canjeables, obligándose así los aceptantes de la oferta a reinvertir la totalidad del precio satisfecho en efectivo (descontado el Cupón Corrido) en las referidas Obligaciones Convertibles / Canjeables. PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L., como auditor de cuentas distinto del de CaixaBank, formulará el informe requerido por los artículos 414, 417 y 511 de la Ley de Sociedades de Capital sobre las bases y modalidades de conversión de las Obligaciones Convertibles / Canjeables, y la emisión de un juicio técnico sobre la razonabilidad de los datos contenidos en el informe de administradores y sobre la idoneidad de la relación de conversión, y, en su caso, de sus fórmulas de ajuste, para compensar una eventual dilución de la participación económica de los accionistas. CaixaBank ha solicitado los correspondientes informes de valoración de las participaciones preferentes a cuyos titulares se dirige la oferta de recompra y de las Obligaciones que se ofrecen en contraprestación a Intermoney Valora Consulting, S.A. y Solventis A.V., S.A., en calidad de expertos independientes. Los datos preliminares indican que –en las condiciones actuales de los mercados mayoristas– el valor de mercado de las Obligaciones Convertibles / Canjeables sería aproximadamente del 100% y el de las Subordinadas I y de las Subordinadas II de aproximadamente el 80%. 3 La oferta de recompra de las participaciones preferentes y la suscripción de las Obligaciones se realizará una vez sea aprobada y registrada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”) la correspondiente nota de valores en la que se describirán detalladamente, conforme a la normativa aplicable, la naturaleza y características de las Obligaciones y los términos, condiciones y procedimiento de la oferta. La referida nota de valores se complementará con el documento de registro de CaixaBank, S.A. inscrito en los registros oficiales de la CNMV el 5 de mayo de 2011 y, una vez sea aprobada y publicada, se encontrará disponible, junto con el documento de registro, en el domicilio social de CaixaBank, así como en las páginas web de CaixaBank (www.caixabank.com), y en la página web de la CNMV (www.cnmv.es). Barcelona, a 15 de diciembre de 2011 INFORMACIÓN IMPORTANTE Esta comunicación no es un folleto y los inversores a los que va dirigida la oferta no deben suscribir las Obligaciones de CaixaBank a las que se refiere esta comunicación salvo sobre la base de la información que se contenga en la nota de valores de la emisión y oferta pendiente de aprobación y registro por la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en el documento de registro de CaixaBank inscrito en los registros oficiales de esa Comisión el 5 de mayo de 2011. Esta comunicación no constituye una oferta para comprar o suscribir ni una solicitud de oferta para la compra o suscripción de las Obligaciones de CaixaBank en cualquier jurisdicción en que dicha oferta o solicitud sea ilegal. La distribución de esta comunicación y/o la nota de valores y/o el documento de registro de CaixaBank, así como la compra / suscripción de las Obligaciones de CaixaBank en jurisdicciones distintas de España pueden estar restringidos por la legislación aplicable. Las personas que tengan acceso a esta comunicación deberán informarse sobre dichas restricciones y respetarlas. Cualquier incumplimiento de estas restricciones puede constituir un incumplimiento de la legislación sobre mercados de valores de las referidas jurisdicciones.
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victoriosa 30/08/11 12:57
Ha respondido al tema Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?
Saludos: he recibido un escrito-resolución del SAC de "La Caixa" en el que airma que la actuación de la entidad es conforme a las normas de disciplina, usos y buenas prácticas bancarias. Expresa que las PP son títulos perpetuos que no tienen liquidez inmediata ni preven ningún tipo de compromiso de recompra por parte del emisor y vuelven a transcribir el párrafo del folleto relativo al contrato de liquidez que tiene la emisora con ABASESORES BURSATILES SVB.S.A. El escrito anterior que recibí estaba datado en Córdoba por lo entiendo que era de la propia sucursal. Ahora tendré que acudir a la CNMV.
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victoriosa 01/08/11 00:48
Ha respondido al tema Participaciones preferentes La Caixa, ¿como puedo venderlas?
Hola: soy nueva registrada en el foro, tengo participaciones preferentes de La Caixa Serie A primera emisión ISIN KYG175471039. Estoy tratando de venderlas. Dí una primera orden en el mes de febrero de este año, en la oficina me dijeron en repetidas ocasiones que era difícil venderlas por la falta de movimiento en el mercado. Ante la falta de claridad en las respuestas ofrecidas, me metí en el foro y he seguido los pasos indicados en la guía de andar por casa para la venta. Di orden de venta por precio 99% con escrito sellado en la oficina, acumulé los datos del mercado AIAF por unos 20 dias, en todos el precio superior a 100%. Presenté reclamación ante el Servicio del Defensor del Cliente, órgano competente por razón de la cuantía de la reclamación, según regulación contenida en el Reglamento de Reclamaciones de la entidad. Pasados unos días me llaman de la oficina para comunicarme que se ha vendido una pequeña cantidad y me lo ingresan en la cuenta. El precio de esta venta ha sido del 100% del nominal. Unos cuantos días despues recibo en mi domicilio escrito que en el que sólo aparece un sello de la Caixa, es decir no se identifica de ninguna manera como que se trate del SAC, no obstante por la fecha de mi escrito, al que alude, entiendo que responden a mi reclamación presentada vía burofax. En resumen contestan que conforme al folleto de emisión la entidad AB ASESORES BURSATILES BOLSA SVB,SA.es la entidad obligada a dar liquidez a la negociación de las PP, en virtud de contrato de liquidez celebrado con la entidad emisora y transcriben el apartado 2.31 del folleto. En este se dice: "esta entidad(ASESORES BURSATILES...) puede decidir los precios de compra y venta que cotice y modificarlos cuando lo considere oportuno". Mi duda es si puede ser, en virtud de ese contrato que dicen está depositado en la CNMV, impedimento para que pueda ser atendida una orden al precio inferior al nominal que ordene el titular de las PP, y obviar así la normativa de AIAF. No parece haber dado todo el resultado que pretendo la reclamación ante el SAC. Tampoco sé que significa la venta de esa pequeña cantidad. Ahora tendré que acudir a la CNMV.
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