Dices que es un particular, pero es o no una vivienda de nueva promoción y primera venta?
De entrada hay algo que no entiendo, el alquiler como opción de compra solo puede durar lo máximo que dura un contrato de la lau (sin prorrogas) que son 5 años. ¿?
si es un piso de segunda mano, creo que no pagarás iva, si fuera una empresa deberías pagar el 16% de iva sobre el alquiler, que perderías si no ejercieras la opción de compra, y que te devolverian parte 16-7% si compraras.
Si es particular de segunda mano, y el precio de las cuotas es fijo (sin incrementos por ipc) y además el 100% de las cuotas van a cuenta del precio de venta fijado... fantástico financiación a 0 interés por todo este periodo!!!!
Es importante que acordeis que el contrato se elevará a público y que se inscribirá en el registro de la propiedad, con lo que estás seguro que se respetará tu opción de compra en el tiempo que además debe decir que se ejercerá con la propiedad libre de cargas y gravamenes, si luego pretendiera hipotecar el piso el banco en cuestión le diría que hay cargas previas y compromisos.
Cuidado que no sea una propiedad que esté a punto de ser subastada... si hay una hipoteca inscrita (puedes pedir una nota simple para ver las cargas en el registro) antes que tu contrato, se va a complicar ya no se como...en todo caso entiendo que podrías seguir viviendo aunque la subastaran pero podrías perder todo ese dinero cara a la compra.
Si hay una hipoteca de la propiedad pide la aprobación del banco para la operación y saldrán todos los gatos encerrados...seguramente en la escritura de la hipoteca pone que no se puede alquilar sin consentimiento del banco....
cuidado, mucha precaución tal y como están las cosas. Te recomendaría que te asesoraras por algun abogado que sepa de temas inmobiliarios.
Lo de desgrabar, diría que no, pero no lo se.