¡Precaución inversores! Algunos broker trabajan siempre con custodios locales, de forma que los valores españoles están custodiados por una entidad en España, los títulos franceses en Francia, los estadounidenses en EEUU, etc.Desde España. Si a 31 de diciembre, tienes un "broker con custodio local" que tenga sucursal en España, si solo tienes valores españoles en cartera, estás exento de presentar este modelo D6 y modelo 720. Por el contrario, desde España, si a 31 de diciembre, tienes un "broker con custodio local", aunque tu broker tenga sucursal en España, si tienes algún valor extranjero en cartera, ese valor extranjero estará custodiado fuera de España en el extranjero, deberás presentar el modelo D6 y modelo 720.Ejemplo para España:Renta 4 broker España. Sucursal en España. Sede principal en España. Todos los valores nacionales e internacionales están custodiados en España. Por ello, informan automáticamente a la Agencia Tributaria española. Los datos estarán en el borrador de tu normal declaración online de la renta IRPF en el apartado de rendimientos del capital mobliliario. Simplemente deberás comprobar, modificar si fuera necesario, y dar el visto bueno. NO hay que presentar modelo D6 ni modelo 720.ING España. Sucursal en España. Sede principal en Holanda. Su broker naranja tiene de intermediario a Renta 4 broker España. Por ello, informan automáticamente a la Agencia Tributaria española. Los datos estarán en el borrador de tu normal declaración online de la renta IRPF en el apartado de rendimientos del capital mobliliario. Simplemente deberás comprobar, modificar si fuera necesario, y dar el visto bueno. NO hay que presentar modelo D6 ni modelo 720.Nota:El modelo D6 es un formulario que informa a la Agencia Tributaria sobre la titularidad de inversiones en el exterior. En el caso más concreto de la Bolsa, este documento informa de la titularidad de valores depositados en el extranjero. Existe una obligación a presentar este formulario para todo aquel inversor que contase con títulos depositados en el extranjero en su cartera a 31 de diciembre. En caso contrario hay multas terroríficas. El modelo 720 es para cantidades que superen 50.000€ en el extranjero.