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Seguro de Vida

6 respuestas
Seguro de Vida
Seguro de Vida
#1

Seguro de Vida

¿Cómo han quedado con las nuevas disposiciones?
yo este año he rescatado uno con un interes técnico del 3% .

el interés técnico que te dan es sobre el total que tienes o sobre las aportaciones anuales?...la verdad es que es un producto que tenía más por amistad con el que me lo vendió que por convicción...de hecho ya véis que no tengo mucha idea.

Mi mujer tiene otro desde 1994,con un del 6% de interés técnico que le vence en 2021, como lo véis?
Agradecido por lo que me aportéis.

#2

Re: Seguro de Vida

Me lo habéis pasado a la sección seguros, con buen criterio porque no me he explicado bien.
Ojo, me lo vendieron como tal, y por eso se me quedo en el subconsciente, el "seguro de vida" pero este es a la vez un Plan de Jubilación...de ahí que explique lo del interes técnico y tal y tal y tal.
Siento las molestias...y continuo esperando.

#3

Re: Seguro de Vida

Te han facilitado el Suplemento de capital garantizado al vencimiento, de valores de rescate y de valor reducido?

#4

Re: Seguro de Vida

Sí, sólo tengo una duda. a ver si tú me la resuelves.

1) el tanto por ciento garantizado ( 6%, viene del 94) es por el total del dinero que hay tras todas las aportaciones, o sólo por la aportación anual?.

2) bueno otra más, ¿cuando llegue al vencimiento se podrá recuperar en forma de capital, o sólo renta? Lo digo porque como ha cambiado esto con el nuevo IRPF para los planes de pensión, imagino que para esto también.

PD. he mirado en la pagina de seguros la estrella y no estan actualizados.

Gracias por el interés y cordiales saludos.

#5

Re: Seguro de Vida

Entiendo que el interés garantizado al 6% es el interés técnico sobre todas las aportaciones, aunque habría que mirar la póliza para determinar si ese interés del 6% es sólo para una aportación incial y al resto de primas se le aplica otro tipo de interés.

Al llegar el vencimiento el pago entiendo que será único, aunque con el cambio legislativo, podrías constituir éste como un PIAS y pasarlo a forma de renta. Si cobras como pago único llevará una retención del 18% (al ser rendimiento del ahorro), si optaras por constituir una renta, tendría los beneficios fiscales del PIAS, siempre que el producto cumpliera con los requisitos.

#6

Re: Seguro de Vida

Luego se perdería la bonificación, creo que era del 75%, sobre los beneficios que existía antes.
Imagino que tendrán que hacer dos tramos, hasta el 31-12-2006 y siguientes, el primero con las condiciones de antes y el segundo con las de ahora.
Agradecido

#7

Re: Seguro de Vida

No, en los planes de jubilación no se respeta la anterior legislación del IRPF.
Sí se respeta la reducción en los planes de pensiones para aportaciones realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2007.