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Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

54 respuestas
Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar
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#16

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

Muchas gracias @asesor por tu larga respuesta y sus reflexiones.

Cito tu texto, y así voy comentado por partes a ver si estoy en lo cierto... :)

" Hola, existe un debate que sera interesante, tu hablas de siniestro y daños conocidos del siniestro, y se puede reflexionar, ¿la cobertura de daños estéticos es un siniestro? Umm, "
Parece más bien una cobertura adicional al daño en sí y que tenemos contratada.
Esto es lo que dicen las condiciones particulares al respecto:

Garantia Octava: Danos Estéticos

Por esta garantia se cubren los gastos que se haya visto obligado a realizar el Asegurado para la restauraciôn de la armonla estética inicial de los elementos interiores y normalmente vistos de la vivienda asegurada cuando estas resulten danados como con^ecuencia de un siniestro amparado por las Garantlas de Incendios y asimilados, Danos naturales, Danos por Agua, Otros Danos a los Bienes, Robo o Rotura, y no sea posible su reparaciôn o reposiciôn por otros sin menoscabar la armonla estética en el momento anterior a la ocurrencia del siniestro de los mismos, por no existir elementos de igual diseno y/o color en el mercado.
La restauraciôn se concreta a los elementos que formen parte de la misma unidad constructiva que los danados por el siniestro y a la estancia en la que se encuentren. Para ello, se utilizarân materiales de caracteristicas y calidades similares a los originales.
Se entiende por estancia, cada una de las dependencias (completamente techadas) en que se divide la vivienda asegurada y que su comunicaciôn con otras se realiza por huecos del tamano de puertas, abiertos en los muros o paredes, existan o no puertas de separaciôn.
Quedan excluidos:
a. La restauraciôn de la armonia estética cuando esta resuite danada por un siniestro con cobertura por la garantia de Gastos necesarios para la localizaciôn y reparaciôn de conducciones sin causar danos o por la garantia de Trabajos para el desatasco cuando no se hayan producido danos por agua.
b. La restauraciôn de la armonia estética inicial en caso de que, una vez realizada la localizaciôn, se determine que los danos carecen de cobertura.

Limite de indemnizaciôn:
Para bienes pertenecientes a las partidas que estân contratadas de continente y de contenido, hasta el limite establecido en Condicionesj Particulares, a primer riesgo.


Inicialmente habla de "gastos que se haya visto obligado a realizar el Asegurado" y luego indican " Limite de indemnizaciôn:
Para bienes pertenecientes a las partidas que estân contratadas de continente y de contenido, hasta el limite establecido en Condicionesj Particulares, a primer riesgo. "

Por lo que parecería que si hay límites de indemnización, es que la hay. Pero no encuentro la operativa para esa indemnización.
Aunque, yo como asegurado, podría pensar que si envían a un perito profesional a realizar la valoración, esa es la valoración a indemnizar. Si no de qué sirve que cuantifique?


"Tu podrás hacer con la indemnización del daño, “lo que quieras” o mas bien reparar cuando quieras o sustituir los aparatos dañados por otros mas modernos o no, pero se tendrá que saber que costo real tiene esa reparación con presupuestos o que valor tiene si no existe reparación. 

Daños conocidos por la valoración de un perito, pero sin presupuestos o facturas, solo es una valoración, pero no real, para ser real tendrían que existir esos presupuestos o facturas, con esta documentación el perito ya emitiría un informe final aceptando o modificando, ¿eso ya seria lo conocido por la aseguradora? Umm. "

El perito calculó el precio de cada aparato dañado y que requería sustitución. Estancias dañadas, y que requieren repintarse, etc. 
De qué sirve entonces el cálculo que hace el perito? Parece que sería el cálculo medio de mercado de la reparación.
Porque si yo aporto presupuesto, imaginemos disparatado, del doble o triple del precio de mercado, la compañía aceptará ese precio como precio a indemnizar o dirá que era, entonces, el que indica el perito???
O peor aún. Y si reparo y me cobran de más de lo peritado? Se hará cargo la compañía?
Por eso parece lógico que yo tuviese el peritaje y si me pareciesen precios de mercado, yo aceptar esa indemnización. Parece lo menos liado.

"Si tu reparas por ti mismo la valoración cambia, eso no lo digas, jejeje. "

No tenia ni idea que si lo reparas tu, lo hace un amigo o familiar, podría cambiar el importe a indemnizar. Parecería, más serio, la opción que comentaba antes. Daños. Se cuantifican. Si el asegurado está de acuerdo en la cuantificación se indemniza. Que es lo que me parece que dice la ley. 

"El perito solo tasa, pero sera la aseguradora la que dará por buena esa tasación o no, sera la aseguradora la que pagara, siguiendo el informe del perito o no, si tiene facturas o presupuestos los podría dar por buenos y abonarlos o mandarlos al perito para su verificación y después decidir, la decisión final siempre sera de la aseguradora. "

Qué equivocado estaba. Pensando que lo que el perito decía iba a misa.... Y es la CIA la que tiene la sartén por el mango.
Me han hecho una transferencia parcial, como comentaba antes, y  lo extraño es que el perito me dice que reclame el importe hasta el total que él tasó... Sin facturas, presupuestos ni informes, que él ya hizo eso...


"Mandaste un enlace con las condiciones generales, en ese enlace aparece la aseguradora, que no pone Generali, ¿que pone en el contrato que firmaste?, efectivamente detrás de esa aseguradora parece que esta Generali, ¿que teléfonos de contacto tienes? ¿quien se identifica cuando llamas? "
Siempre aparece y sólo aparece "CAJAMAR SEGUROS GENERALES, SA" . Cuando llamo para el siniestro son ellos, en el contrato aparecen ellos, quién ha realizado el pago parcial también son ellos, etc.
Lo de que detrás está Generali, me lloegó extraoficialmente pero en la web de Cajamar también se puede intuir.

"Habla con tu sucursal de Cajamar, ellos son tus mediadores con la aseguradora y ellos tendrán acceso a tu expediente, ellos serán los que deban guiarte en tus pasos. 

El inconveniente, que tu eres su cliente, pero ellos como empleados seguirán las normas dictadas por quien les paga, y esto es chungo, es la diferencia importante entre mediador banca y nosotros, mediadores profesionales autónomos, sin pertenecer en nomina de ninguna aseguradora. "

Desgraciadamente, como dices, yo también entiendo que son los mismos. Si llamo a la sucursal estarán del lado de su empresa....
De hecho, me "obligaron" a firmar hipoteca con su seguro. No me pareció una diferencia grande de precio respecto del mercado y como ya tuvimos un encontronazo con otro producto, lo dejamos así. Ya se que por ley podría haber presentado un seguro con las coberturas mínimas y siendo el banco el beneficiario. Pero como digo, no quisimos tensar más la relación.
Y ahora es lo que dices, todos están en el mismo lado. No tenemos un mediador independiente que nos ayude....

Suerte que vosotros me estáis orientando.

Gracias !










#17

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

 
Hola, para mi, la garantía de daños estéticos no es considerada como un siniestro, por tanto, para mi, quedaría fuera de eso de los daños conocidos, para mi, por eso lo del debate, jejeje. 

Siempre existe un limite en los daños estéticos, tanto en el importe que tu contratas libremente o el tanto por ciento que te da obligatorio la aseguradora, y también recuerdo el limite por estancia de donde se encuentre el daño, si son varias la suma de todas es el limite del importe contratado. 

Un perito, unos tienen una preparación profesional y otros otra, ya sabes, depende de la persona, solo realiza un informe, identifica unos daños y realiza una valoración, normalmente la valoración la realiza por las tablas aportadas por la aseguradora, pero eso no significa que sea lo que realmente tenga que ser, y el solo realiza ese informe, quien decide es la aseguradora, digamos que para la aseguradora ese informe son sus ojos que ven lo que paso. 

Los precios de mercado los debe aplicar el profesional, y lo lógico, es que los proporcione el asegurado, el perito como te indico esta aplicando las tablas de la aseguradora para sus reparadores, que lógicamente les aprieta, para la reposición de los aparatos dañados, el perito lo normal es que tire de internete, ya sabes, y lógicamente tirara del mas barato que encuentre, por eso lo lógico es que seas tu quien ponga ese precio, con internete también si quieres o con servicio técnico, y así solicitar a la aseguradora la indemnización mas aproximada a lo perdido. 

Si solo cuantifican los daños, no te estarían valorando el repararlo, y por tanto todo lo que es mano de obra desaparece, si lo reparas tu, en principio, esa mano de obra no existe, se podría considerar un enriquecimiento injusto, todo esto seria muy discutible y nosotros mediadores profesionales lo peleamos, pero en principio seria mas o menos así, dependiendo de cada aseguradora sera mas o menos flexible, por decirlo de alguna manera que se entienda. 

Pídeles el desglose del siniestro y a que partidas pertenece el ingreso realizado, eso te lo mandan por escrito, por lo menos Generali lo hace, y sobre ese escrito reclamas, pero si puedes aportar documentación mejor, y ya ves que aunque no tengas mediador, en algunos lugares estamos también para intentar ayudar, al que se deje, y confíe en lo que le aclaramos, claro, es el pan nuestro de cada día, veras como después de esta experiencia para la próxima ya tienen a uno de nosotros de tu parte. 

Suerte y sigue contándonos como va el siniestro. 



#18

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

Gracias por tus aclaraciones @asesor !

Quería dar ya una respuesta definitiva al caso pero viendo que van pasando los días, y que la compañía hace lo mismo que los días, pasar, actualizo el punto en que me encuentro.

Al escrito en que solicitaban informes, presupuestos y facturas, para indemnizar, les respondí  que por falta de tiempo, no puedo realizar todo eso. Que indemnicen sobre el valor de peritación, como quedamos con el perito y que me indiquen dónde se puede ver que los muros  de la parcela no están cubiertos, por fenómenos atmosféricos, como le indicaron al perito. A mi no me lo dicen en ningún sitio. No los mencionan nunca.

Y también solicito que me pasen la valoración de las distintas partidas, para saber cuanto podré destinar a cada reparación, y así saber a qué corresponde una transferencia que me han hecho de aproximadamente,  una cuarta parte de la valoración total.

Tras haber enviado varias veces estos correos, ninguna respuesta por su parte.

Por fin, hoy, por teléfono, me han aclarado que la transferencia corresponde a: "Continente a valor total " y a "Mobiliario".
Mobiliario, entiendo que son los muebles que se han mojado.
Pero la indemnización por continente a valor total, no se a qué se refiere. Lo más grave es que la persona que me ha atendido de siniestros, tampoco sabe qué significa eso....

He vuelto a solicitar, que por favor, me hagan llegar el peritaje desglosado y así podré ver qué cantidad está destinada a daño estético, que comentabas que quizá no sería  indemnizable.

Ojalá no tengas razón en ese aspecto, pues puede que me vaya parte importante del total que ellos me indican, y que ya me estaría bien, para poder solucionar todo, creo. E incluso, al tener que cambiar cosas, añadiendo la diferencia yo, podría hasta mejorar.

Sobre la indemnización por los daños estéticos he estado buscando a fondo, tanto en condiciones generales como particulares, si hay alguna cláusula que condicione el pago de la indemnización a la reparación y no lo encuentro. Tampoco ninguna ley que así lo diga.

Si en el contrato del seguro del hogar no aparece ese condicionamiento, no deberían de pagarlo sin condicionar?

En 24/48h me dicen que el tramitador contactará, aclarándome lo de los muros y la respuesta a no estar de acuerdo al condicionamiento de la indemnización a informes, presupuestos y facturas. En el documento que me enviaron, tampoco no se me dice, de momento, nada de daños estéticos.

A ver si cumplen de contactarme y si lo que me comentan se ajusta a lo contratado.

Creo que lo importante es conseguir el peritaje valorado y así saber qué deberían pagar de manera directa y qué puedo tener que batallar más.

Si me podéis aconsejar sobre estos aspectos, pues ando pez, os lo agradeceré muchísimo.

Gracias !!!!
#19

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

 

¿A donde estas mandando los escritos? ¿que mail? Cuando llamas, ¿quien te contesta, una maquina dando opciones y se identifica como que estas en contacto con...? 



#20

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

Hola @asesor 

La dirección de correo es '[email protected]'

Pero como te decía antes, ni caso a ellos. No han respondido a ninguno.

Cuando llamo al 911697470, salen distintas opciones y marco la de hogar y luego siniestro ya presentado.
Aquí siempre me atiende una operadora. Unas mejor que otras....

Y diría que es Cajamar Seguros. Al menos la carta la firma "Director Gestión Siniestros Particulares" Entidad Comercial: CAJAMAR SEGUROS GENERALES 
Ramo: HOGAR MODULAR

CENTRO OPERATIVO DE SINIESTROS
ORENSE 2
28020 - MADRID
TEL. 91 169 74 70

No se si estos datos pueden ayudar.

Gracias.

#21

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar


Ayudar a saber que son los teléfonos de Generali, pero con servicio externalizado, para desesperación del cliente, sin ningún tipo de formación en seguros, se limitan a seguir un guion y no tienen capacidad de resolución, tienen que mandar la anotación al técnico de generali, que no tiene teléfono al publico, para que este se ponga en contacto con el cliente, a nosotros si nos llama cuando lo solicitamos, el desglose también lo mandan, seguro, y utilizan a este servicio externo de barrera, lo mejor es el correo electrónico, por lo menos esos los tramitan y no perdemos el tiempo con conversaciones surrealistas.

Siento no poder ayudarte mas, pero si tienes tiempo, dale la brasa a la sucursal de cajamar, que seguro que tienen una aplicación para poder ver información de siniestros, si la sabe utilizar, claro, al de la mesa pídele su mail y le mandas un recordatorio de como va lo tuyo por la mañana y otro por la tarde, jejeje.

Manda un mail a [email protected], indicales la referencia del siniestro de cajamar y la reclamación y  petición del desglose de la indemnización, quizás te respondan, o te den una pista de donde dirigirte con mas tino.
#22

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

Si. Es lo que dices @asesor . Las operadoras, sólo pueden tomar nota. Ni tan solo me han sabido responder a si algo está cubierto por la póliza o no.
Y te lo dicen claramente. Eso lo lleva el tramitador y le contactará él.

Pero ahora pensándolo bien, hasta podría ser una ventaja. Yo soy cliente de Cajamar Seguros. Ellos tienen un acuerdo con un tercero (sabemos que Generalli pero ellos no te lo dicen, ni que tienen un acuerdo con un tercero). Con lo cual la presión mía  a quien pago, Cajamar, quizá se la trasladen a Generali. Cajamar quiere quedar bien con su cliente, pues no tendrá nada a perder pues el que paga el siniestro es otro. No ellos.
Generali si fuese yo quién me quejo no me haría ni caso, pero si es Cajamar el que le presiona, con la de clientes que le debe llevarles, podría ser que se viese en la obligación de responder correctamente.

No se. Es una teoría. Pero podría ser.

En el correo [email protected], como te comentaba antes, no te contestan nada. Ni respuestas surrealistas, ni nada.

Y en el correo de siniestros de Generali no creo que me puedan atender. Hoy cuando he estado insistiéndoles, me ha comentado la operadora que me pasaba con atención al cliente y me ha pasado con Generali. Le he comentado el caso y me ha pedido el NIF. Con él me ha dicho que no puede mirar nada de nada pues con ese NIF no tiene ninguna ficha de cliente. Así que por aquí nada.

La oficina bancaria descartada pues estos pondrán aún más problemas y se pondrán de parte de su empresa.

Solo me queda el teléfono de atención al cliente/siniestros de Cajamar Seguros.

En 24/48h insistiré pues parece ser la única vía en que atienden. Otra cosa es que sirva de algo que "atiendan" ;)

Por lo que comentas, creo entender que es un derecho del asegurado tener el desglose de la valoración de la peritación.
Y el hecho de que me hayan hecho una transferencia no creo que indique la aceptación de esa cantidad parcial como el total de la indemnización. Ellos me dicesn que es del mobiliario y de  la indemnización por continente a valor total,  que no se a qué se refiere. Seguro que sabes qué es eso en este caso.

Muchas gracias por la ayuda que es mucha, pues ves como va este sector y las posibilidades que tiene el cliente.

Saludos !




#23

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

 Hola, no es exactamente que Generali pague, son dos empresas distintas, y pagara la de cajamar con su capital, lo que ocurre que este empresa de seguros utiliza la red de Generali, por eso te indicaba que les mandaras a Generali el correo, por si te responden con algún contacto que ahora no tienes, y por eso te indicaba lo de la sucursal, en la sucursal estas reclamando directamente a la aseguradora que corresponde, la de cajamar, y ellos, como mediadores de esa aseguradora, cobraran un incentivo al cabo del año, pues que se lo ganen, jejeje, dales la traca, muchas veces esto es simplemente que una persona de a una tecla, y por pesadez quien sabe. 
 
Te paso los datos del registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, en donde estamos todos registrados para poder ejercer nuestra profesión y son públicos, los puedes utilizar sin problemas. 

Denominación CAJAMAR SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS 
Cif A04653556 
Situación Activa 
Dirección PLAZA DE BARCELONA, 5 
 Tlf: 9505244417 
Codigo Postal 04006 
Provincia Almería 
Comunidad Andalucia 
Pais de Origen España 
Teléfono 
Fax 
Ámbito Nacional 
Dirección Web 
Email 
Fecha Autorización 12/03/2009 
Capital Suscrito 9.015.200,00 € 
Desembolsado 4.507.600,00 €


Servicio de Atención al cliente 

Nombre MARIA JOSE DE LA MORENA ALVAREZ 

Dirección C/ ORENSE, Nº 2 

Apto.Correos 
País España 
CP 28020 
Provincia Madrid 
Municipio Cueva del Hierro 
Población Madrid 
Teléfono 
Fax 
Teléf.móvil 

Web 

SOCIOS: 
A86853140 BANCO DE CRÉDITO SOCIAL COOPERATIVO, S.A.

A80246663 GENERALI ESPAÑA HOLDING DE ENTIDADES DE SEGUROS SA



#24

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

Voy a responder en varios post, ya que planteas muchas y diversas dudas, intentando que mi respuesta no te resulte  ofensiva en ningún momento, pero es que si no suelto alguna, no me diviertto. Otra cosa las mayusculas no son para chillar, solo para resaltar la respuesta.

1º.-   
Conclusión

El seguro debe pagar la indemnización según marcan las Leyes, tasando los daños materiales, lesiones o lucro cesante, tal como indicamos en otros posts de este blog, y lo que haga el usuario con la indemnización no es asunto del seguro. " 

Pues si y no y paso a explicarme.

En el mundo asegurador es muy importante diferenciar entre daño y gasto, que para ti será lo mismo pero para nosotros no y en una de las respuesta lo verás.
El Asegurador no indemnizará el exceso del valor real, hasta que el Asegurado no haya incurrido en gastos, durante la recons­trucción, que superen el importe que por ese concepto se le indemnizó. Y esto significa que la obligación del art. 18 se refiere tan solo al valor real del daño, o sea, valor nuevo menos depreciación por uso, mantenimiento y antigüedad. Normalmente la indemnización esta limitada en un espacio temporal de dos años para la reconstrucción.

  

#25

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

borrado por mi mismo ya que he visto la respuesta.
#26

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

 De los muros exteriores, que se pintaron hace unos pocos meses, y que a causa del agua que cayó, les han salido todo de manchas blancas, como salitre, y hay que repintarlos nuevamente, no me dicen nada y entiendo/espero que deberían darle cobertura.

En esto lleva razón la Cia.  Estos daños no son de cobertura

 Mi miedo es que, si sigo reclamando, envíen a otro perito, este ya instruido, sobre cómo peritar todo para que baje todo. Pueden realizar un nuevo peritaje sobre lo ya peritado para tirar a la baja los daños?

Si pueden enviar otro perito, pero los peritos no vienen instruidos "normalmente"
#27

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

 Pero la indemnización por continente a valor total, no se a qué se refiere. Lo más grave es que la persona que me ha atendido de siniestros, tampoco sabe qué significa eso.... 

Existen varias modalidades de contratación, A valor total, A Valor parcial, A primer Riesgo y A Valor Convenido.

Lo normal en hogar es a Valor total que significa que tienes que tener asegurados tus bienes por el 100 % del valor de los mismos y si no es así te penalizan con una regla que se llama regla proporcional y conlleva un infraseguro (menor indemnización).
#28

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

 Y también solicito que me pasen la valoración de las distintas partidas, para saber cuanto podré destinar a cada reparación, y así saber a qué corresponde una transferencia que me han hecho de aproximadamente,  una cuarta parte de la valoración total.

No tienen obligación de darte nada de nada, ni el detalle ni desglose alguno. Su obligación solo es indicarte cantidad.
Para detalle contrata tu un perito.
#29

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar

lo de los muros ya te lo he respondido, pero lo de la terraza o amplias o es imposible decirte algo.
#30

Re: Trabas indemnizar daños temporal Gloria - Seguros Hogar


Aquí entraríamos en debate, jejeje.