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Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?

5 respuestas
Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?
Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?
#1

Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?

Buenos días, foreros.

Tengo una hipoteca en la cual el banco (Kutxabank) me obligó a contratar un seguro de hogar a través de ellos (Kutxabank seguros). He visto en las condiciones de la hipoteca que si cancelo este seguro me subirían el diferencial de la hipoteca un 0,05%, lo cual no me preocupa mucho dado el bajo valor del Euribor actual. Lo que me preocupa es que me clavan un precio abusivo y querría contratar otro seguro de hogar mejor y más económico por mi cuenta.

Mis preguntas son:

1. ¿Puedo cancelar el seguro contratado a través del banco y contratar otro por mi cuenta?

2. En caso afirmativo, ¿qué cosas debo tener en cuenta o qué pasos debo seguir tanto con el banco como con la aseguradora en la que quisiera contratarlo?

Gracias por adelantado, un saludo.

#2

Re: Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?

Claro que puedes anularlo. Anulación por escrito a la aseguradora, con un mes de antelación mínimo. Si el banco actúa de mediador, también se lo puedes entregar en la oficina y que te sellen tu copia como entregada. Una vez hecho esto, anulación de la domiciliación del seguro en tu cuenta, por si acaso.

Luego contratas el seguro que tu quieras, y haces cesión de derechos al banco, que esto si que te lo van a solicitar.

 

Saludos

#3

Re: Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?

Gracias por tu respuesta, muros.

No entiendo qué es la cesión de derechos al banco. ¿En qué consiste ésto?

Saludos.

#4

Re: Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?

La cesión de derechos consiste en que tu cedes al banco el cobro de un "siniestro total" de tu vivienda por incendio en caso de producirse. Para el resto de pequeños siniestros, lo más habitual, como sino exisitiese dicha cláusula. Es lo que marca la ley para que el banco se asegure el cobro en caso de que desaparezca el bien por un incendio. Viene a ser, más o menos, como una reserva de dominio de un coche mientras está financiado, que en caso de siniestro total, primero cobra la finaciera, y lo que sobre, para el propietario del coche.

 

Saludos

#5

Re: Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?

Vale, creo haberlo entendido...

Entonces, al hacer la cesión de derechos al banco, ¿solamente cobraría el banco la indemnización en caso de incendio de la vivienda? ¿En cualquier otra cobertura sería yo el beneficiario de la indemnización?

Entiendo también por lo que comentas que más adelante, cuando finalizara la hipoteca, tendría que contactar con la aseguradora para anular esa cesión de derechos al banco y que fuera yo de nuevo el beneficiario. ¿Es así o ya sería automático al no existir la hipoteca?

Gracias de nuevo y un saludo.

#6

Re: Seguro de hogar por hipoteca - ¿Se puede cancelar y contratar otro por mi cuenta? ¿Requisitos?

Si en el momento de contratar el seguro pones fecha de finalización de la hipoteca asunto solucionado. Si la pagas antes de vencimiento, hablas con tu seguro y que te quiten la cláusula. No tiene mayor problema. Incluso si no quitasen la cláusula, tuvieses la hipoteca pagada y existiese incendio total, al banco no le pagarían nada, ya que nada le debes. Se podría demorar tu pago unos días, hasta que el banco avisase de que ya no le debes nada, pero poco más. Para que el banco cobre tiene que emitir certificado de deuda pendiente, y si esta no existe, pues no cobra nada.

 

Saludos