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Seguro Hogar (Vitrocerámica)

10 respuestas
Seguro Hogar (Vitrocerámica)
Seguro Hogar (Vitrocerámica)
#1

Seguro Hogar (Vitrocerámica)

Tengo contratada una Póliza Seguro Hogar.

Se me ha roto el cristal, por golpe, de la placa vitrocerámica. Tengo la duda si la póliza me ampara la sustitución de la placa o solamente la reposición del cristal.

En las Condiciones Generales del Seguro se refleja en el apartado de "Roturas": garantizada la rotura de la superficie vitrocerámica de placas de cocina.

En las Condiciones Particulares del Seguro se refleja  en el mismo apartado:: ROTURA DE PLACAS VITROCERÁMICAS.

Leyendo en las Condiciones Generales, veo que: "el presente contrato se encuentra sometido a la Ley de Contrato de Seguros 50/1980, cuyo artículo 2º establece que serán válidas las cláusulas contractuales, distintas de las legales, que sean MÁS BENEFICIOSAS PARA EL ASEGURADO"

En consecuencia, y en base a lo expuesto, ¿tengo derecho a que la Compañía de Seguros me proporcione una nueva placa y no se limite a la sustitución del cristal? 

#3

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

No tiene abssolutamente nada que ver una cosa con la otra. Ese artículo se refiere a que la compañía puede concederte mejores condiciones que las establecidas por la Ley si quiere. Por ejemplo, que renuncie a regla de equidad hasta cierto importe.

La cláusula que indicas es clara, según ella solo se te repondrá el cristal y no el resto del electrodoméstico. Salvo que en el contrato tengas otras coberturas que si lo amparen.

#4

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

Hasta donde yo se las aseguradoras siempre te cambian la vitroceramica entera porque el cristal suelto no se puede cambiar de ninguna de las maneras.

 

#5

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

No es habitual para nada, puede que exista algún modelo complicado o que por ser de muchos años no haya repuestos, pero se cambian de la forma mas normal.

#6

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

Gracias. No sabía que se podía cambiar el cristal únicamente

#7

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

Me lo temía en cuanto a la cobertura de sustituir solo el cristal, pero como alternativa, ¿podría reclamar indemnización en metálico, y, si es posible, a cuánto podría ascender el importe? Aproximadamente.

Grs.

#8

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

Siempre se puede pedir la indemnización, es lo que prevee la Ley. Se te debe abonar sin IVA en espera de que aportes la factura de reparación.

#9

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

Gracias pat/mentafrescocles por vuestras infs. 

Si me presenta algún problema ya sé dónde acudir 

#10

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

¿Bajo qué condiciones se puede reclamar -como alternativa a la reposición del cristal- la indemnización correspondiente?

Tengo entendido que la Ley ampara al asegurado solicitar una indemnización.

Agradecería información acerca de qué Ley refleja esa opción, y que apartado de la misma

Un saludo

 

#11

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

Mira tu propio contrato de seguro... en él te hablará de si es reparación, sustitucion o contempla la indemnización. No obstante, si fianlmente optas por la indemnización te pagarán lo que te corresponda (es posible que te apliquen depreciaciones por antigüedad) pero sin IVA.

#12

Re: Seguro Hogar (Vitrocerámica)

Por supuesto. Ssolicita que te valoren el cristal y recibirás la indemnización. Habla con tu mediador o tramitador