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Carencia parto en caso de urgencia

7 respuestas
Carencia parto en caso de urgencia
Carencia parto en caso de urgencia
#1

Carencia parto en caso de urgencia

Hola, estoy embarazada de 37 semanas, tengo preeclampsia hipertensión arterial, lo cual es peligroso.
Me hice de sanitas sin saber que estaba embarazada, acudi al ginecologo por revisión de una antigua operación y me informo que estaba embarazasa de un mes.
Mi periodo de carencia termina el 1 de julio y espero a mi bebe para mediados de junio, no me cubren el parto por dias!!
En caso de urgencia como lo es la preeclampsia, alta tensión
que tengo, me podrian cubrir el parto?

#2

Re: Carencia parto en caso de urgencia

Normalmente, para urgencias, los plazos de carencia no rigen. Es decir, la cobertura es desde el inicio de la póliza. Mira tú póliza a ver que dice en este sentido. Habla con quien te hizo la póliza.

Otros foreros más avezados en pólizas de salud pronto te ampliaran la ayuda.

#3

Re: Carencia parto en caso de urgencia

Lo que dices de las urgencias es cierto, pero con matices, una urgencia en una póliza de salud con carencias será atendido siempre y cuando sea verdaderamente una urgencia, es decir con un relativo riesgo vital. No se refiere a la típica urgencia de la sanidad pública española donde se va con cualquier cosa menor por no comerse las listas de espera. Saludos

#4

Re: Carencia parto en caso de urgencia

Bajo mi punto de vista habría que ver que es una urgencia y que es un posible adelanto del parto o un parto de riesgo por tu historial clínico. Si es un parto programado o situación similar, entiendo que no te cubrirán y te aplicarán el periodo de carencia establecido.

#5

Re: Carencia parto en caso de urgencia

Dime la fecha de en la que realizaste la declaración de salud, que suele coincidir con la fecha de contratación del seguro, no con la fecha de efecto, si tienes copia sería fantástico, también sería posible si beso la fecha de emisión de la póliza, no la de efecto.

 

al ser por pocos días la diferencia de cobertura o no, podrías tener cubierto el parto aún sin ser de urgencia, pero las fechas son vitales.

 

 

las urgencias sin duda estarán cubiertas, pero ojo, las urgencias, el resto con los datos que te indico también podrían estarlo.

 

se de lo que hablo y tengo varias sentencias de casos similares.

#6

Re: Carencia parto en caso de urgencia

Hola, yo acudi a la oficina de sanitas el 3/11/16 donde contrate mi seguro, pero sale que estoy desde el dia 1/11/2016 con sanitas... (cabe decir que no es la primera vez que soy clienta sanitas, estube a nombre de mi padre años..lo dimos de baja 6 meses antes a realizar la peticion de un seguro a mi nombre)

#7

Re: Carencia parto en caso de urgencia

La Pre-eclampsia es una urgencia vital no? Tienes riesgo de sufrir convulsiones, hipertensión hasta parada

#8

Re: Carencia parto en caso de urgencia

Claro, el problema es que es un hecho previsible, no es una urgencia inesperada. Según tus antecdentes entra dentro de lo esperable, y eso puede generar algún problemas. Siempre tienes la opción de acudir a la sanidad pública, donde hay excelentes profesionales.

Saludos y que tengas un buen embarazo.