Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Subrogación de seguro en compra/venta

9 respuestas
Subrogación de seguro en compra/venta
Subrogación de seguro en compra/venta
#1

Subrogación de seguro en compra/venta

hola a todos,
me voy a comprar un piso al que le queda más de medio año de seguro de hogar (pagada la prima por el propietario)
He buscado en el foro y he confirmado que el periodo de seguro pagado es parte de lo que he comprado y me puedo beneficiar de ello.

A parte de confirmar este punto, me gustaría tener más claros los pasos a seguir. Mis dudas: ¿debo comunicar a la aseguradora (Mapfre en este caso) el cambio de titular del piso tras escriturarlo y ya está? ¿tendré que renegociar algo? ¿le tengo que pedir la póliza al vendedor o algún tipo de autorización? (supongo que con la escritura o nota simple con el nuevo propietario sería suficiente)

Muchas gracias
Saludos

#2

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

Hola Non.
Pues si que deberías comunicarlo a la aseguradora. De momento, si te hipotecas (y si no, felicidades) debería la aseguradora crear un suplemento a la póliza para indicar que respalda a un préstamo hipotecario (me sorprende que en el banco no te hayan comentado nada) y probablemente, ampliar el periodo de cobertura hasta un año desde la compra (probablemente)
Al margen de eso, si vas a hacer algo de reforma o dependiendo de lo que metas dentro igual te interesa revisar capitales (a la baja complicado, pero igual con el seguro antiguo te quedas en infra seguro, o tienes algún objeto de valor o joyas que no cubría la antigua póliza... que lo revises, vamos)
Por ultimo, las compañías tienen un periodo de un mes desde que son conocedoras del cambio de titularidad para (estimando mayor riesgo) rescindir el seguro de forma unilateral. Bueno, realmente tienen un mes para comunicárselo y tu ocho días para patalear. Así que si el antiguo propietario tenia una tortuga por mascota y tu un cocodrilo... Pues eso.
Vamos, que si, que lo comuniques a la compañia (debería hacerlo el anterior propietario pero... a saber) y de paso, lo revisas.
Ah!!! Que disfrutes de tu nuevo piso ;)

#3

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

Aparte de comunicárselo tu, lo tiene que hacer la persona que contrató la póliza, la tomadora del seguro, ya que es el quien puede cederte la póliza, tu no puedes llegar, por mucho que hayas comprado la casa, y pedir que te cambien la póliza sin el consentimiento del tomador.

Por otro lado, como te comenta j_barrabaja, revisa la póliza para corroborar que los datos de la vivienda son correctos y los capitales y coberturas también se adecúan a tus necesidades.

Saludos

#4

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

Hola, hipoteca no hay, ni banco :) por eso lo tengo que investigar todo yo...

Vale, tiene que comunicarlo el anterior propietario (son varios, esto complica un poco el tema) se lo comento porque aunque no sea mucho, algo ahorro. Entiendo que a Mapfre tampoco le va a interesar ratear si a cambio me puede tener como cliente (el año que viene) pero nunca se sabe.

Sobre reforma y cambio de cantidades, no creo que yo requiera más importe, aunque el tema de la reforma sí que tendría que preguntarlo (la reforma va a ser relativamente pequeña, pero bueno un baño, cocina y tirar una pared más poner suelo sí que haremos... )
¿hay alguna consideración especial del seguro ante reformas?

Saludos

#5

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

La reforma probablemente incrementa el va los del piso y si tocas instalaciones reduce el riesgo, ergo también la prima. Y piensa que hay cosas que pondrás en la reforma que a nivel de seguro probablemente sean contenido. Así, a bote pronto, no se me ocurre mucho mas.

#6

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

Hola, refloto este post porque el punto principal no me ha quedado claro y acabado de ejercitar la compra del piso que comentaba.
Ya he cambiado el tomador del seguro con Mapfre (han aceptado con un escrito de ambos, el antiguo propietario y yo mismo), y quedan 6 meses de la prima pagada.
La cuestión aquí es si el ahorro de esa prima se la tengo que pagar/devolver al vendedor (porque la pagó él) o bien forma parte "indivisible" del piso comprado y se supone que estaba en el precio (no se concretó nada en la venta ni está en las escrituras). Lógicamente ahora me lo está pidiendo y aunque no es mucho quiero hacer lo correcto.

No hay hipoteca ni banco por el medio

Saludos

#7

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

Lo correcto?

Dile al anterior propietario que no quieres ese seguro y que se quede él los meses que le quedan.

Pero vamos, tras una compra de un piso, no se de cuanto, pero entiendo que más de 100.000 discutir sobre 100 €? 200 €?, no lo veo ni lógico.

Y además tendría contenido asegurado que es lo que es caro en los seguros.

En fin.

#8

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

¿Quieres hacer lo correcto? ¿Lo pagó él?... Sí...¿A quién corresponde entonces la devolución?

#9

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

¿Se puede entender que el cambio de póliza se encuentra dentro del precio de venta del piso? Como dice Acrasol, pelearse por 100 € (no creo que se mucho más por 6 meses de seguro de un piso) luego de firmar una operación de varias decenas de miles de euros,... mejor no digo mi opinión. Por otro lado, esa cantidad se la debería haber pedido en el momento de cesión de la póliza, no ahora.

Salvo mejor opinión

Saludos

#10

Re: Subrogación de seguro en compra/venta

Hola, gracias a todos por aportar. Está claro que por 150€ nadie se va a poner a litigar ni a pelearse (apenas nos conocemos las partes), pero sí que es lícito preguntarse quién tiene razón ¿no?
Mi interpretación es que en el precio de un bien hay los seguros del mismo hasta vencimiento de los mismos. Está claro que si me hubiera reclamado los 150€ hubiera comprado igual el piso, porque son el "chocolate del loro". Pero no quita que ahora me sorprenda y me fastidie que me los reclame, aunque no me gusta deber nada a nadie.
Él los pagó, pero antes de vender el bien. También pagó la pintura (ya sé que no es el mismo ejemplo). La ley del seguro parece apuntar, sin dejarlo claro, que el seguro es parte del bien vendido, por ello pedía opinión. Si fuera así, se trasmite con el precio negociado.

Saludos