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Contrato de alquiler de vivienda

9 respuestas
Contrato de alquiler de vivienda
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Contrato de alquiler de vivienda
#1

Contrato de alquiler de vivienda

Hola: Tengo que alquilar un piso, espero que temporalmente, pues quiero comprar uno. Los contratos, segun tengo entendido, son de un año, prorrogables hasta cinco años. ¿ Si alquilo un piso y a los seis meses, por ejemplo, compro un piso, puedo romper el contrato unilateralmente o el arrendador, me podria exigir el cumplimiento del contrato ? ¿ Y podria este ultimo, quedarse con los dos meses de fianza, si fuese este el tiempo ? Entiendo que los mese de fianza, son solamente para cubrir posibles daños. Gracias
#2

Re: Contrato de alquiler de vivienda

Si rompes el contrato antes del año tenlo por seguro 100% que perderas la fianza,
Intenta de que sea solo un mes y no dos,
El incumplimiento de los meses que te quedaría no creo que lo pagues,pero la fianza si la perderías,

#3

Re: Contrato de alquiler de vivienda

Gracias por la respuesta tan rápida 
#4

Re: Contrato de alquiler de vivienda

Estás equivocado.

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Contrato de alquiler de vivienda

Con la última normativa, a los 6 meses el arrendatario puede, informando con un mes de antelación, marcharse de la vivienda sin ninguna penalización. Si el arrendador se le cruza el cable y te intenta chulear la fianza, tendrás que reclamarsela judicialmente, no creo que se arriesgue a ello, pero vete a saber. Suerte.

Método, disciplina y tiempo

#6

Re: Contrato de alquiler de vivienda

Sin ninguna penalización? Un mes por año no cumplido, parte proporcional para periodos menores. Mínimo pierdes la mitad de la fianza.

Han cambiado la LAU?
#7

Re: Contrato de alquiler de vivienda

Sí, la Ley de Arrendamientos Urbanos ha cambiado y, en ese aspecto en concreto, por fin protege a la parte habitualmente más vulnerable: el arrendatario. Jtorres tiene toda la razón.

Además, la penalización por irse antes del cumplimiento de los 6 primeros meses debe establecerse por contrato mediante pacto entre las dos partes pues la ley no la especifica.
#8

Re: Contrato de alquiler de vivienda

Vale lo he mirado.

La ley no ha cambiado desde 2013.

Te puedes ir a partir de los 6 meses, y genera indemnización al casero, siempre que se pacte.

Casero que no incluya esa cláusula en el contrato se lo busca el solo.

Saludos
#9

Re: Contrato de alquiler de vivienda

La ley se modificó el primer trimestre del año pasado. Ahora no recuerdo si este punto concretamente fue reformado, pero hubo bastantes puntos significativos que sí lo fueron.