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Que tengamos claro todos que significa "avalar" ante una entidad financiera.

73 respuestas
Que tengamos claro todos que significa "avalar" ante una entidad financiera.
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Que tengamos claro todos que significa "avalar" ante una entidad financiera.
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#1

Que tengamos claro todos que significa "avalar" ante una entidad financiera.

En muchas ocasiones las entidades solicitan avales para conceder la financiación de vivienda, cuando o la capacidad de pago la consideran justa, el préstamo supera el 80% del valor de la tasación (últimamente del menor de los valores de tasación o compra), o para ambas cosas. Hay que entender que las entidades son negocios y no tienen ni el más mínimo interés es quedarse con las viviendas, su idea es prestar el dinero percibir un interés por ello (este es su negocio) y cobrar cada mes de manera puntual, con lo cual si en su análisis de concesión no lo ven claro, no conceden, y si lo ven bastante bien pero alguna pata, de las que les sirven de análisis va un poco coja, pueden aceptar conceder con avales de terceros.

Tengamos muy presente que un aval es un compromiso de pago, no es una firma que se hace como favor y que no tendrá consecuencias, hay que considerar que las puede tener, si bien no seria cierto indicar lo decían nuestros mayores de que “avalar es pagar”, realmente no es siempre así.

Primera consideración: Normalmente los avales son solidarios y tienen un pacto de renuncia a los beneficios de división, orden y excusión, lo cual significa que son por la totalidad, que el acreedor (banco o caja) no tiene porque ir primero a cobrar al deudor principal, …. si ….. es lo habitual, pero no tienen ni ninguna obligación de ello, no estamos avalando una parte de la deuda a no ser que el contrato así lo determine expresamente, y para poner un caso extremo imaginemos que avalamos una hipoteca de un familiar nuestro, resulta que la casa en estos momentos está en una zona considerada mala, el banco o caja podrían intentar ir directamente contra el patrimonio del avalista sin ir antes por la casa financiada, se ha renunciado a los beneficios de “orden” y de “excusión”, tampoco debemos suponer en el caso de hayan varios avalistas, que pedirán la parte proporcional a cada uno, puede que si o puede que no, es una decisión estratégica del acreedor, para algo se renuncia a los beneficios de división.

Segunda consideración: Cuando avalamos a un tercero porque ha pedido una hipoteca del 95% o del 100% del valor de la vivienda, se nos indica que cuando la deuda llegue al 70 o al 80% del importe inicial el aval desaparece, y en consecuencia podemos pensar que solo estamos avalando el 15, 20 ó 30% del préstamo, y esto salvo excepciones es incierto, lo que hacemos es avalar la totalidad del préstamo, si, repito, todo el préstamo, y cuando la deuda se haya reducido en un 15, 20 ó 30%, dependiendo del contrato por el que hemos asumido el aval, éste ya no existe ni por una parte ni por la totalidad, pero no olvidemos que hasta que llegue este preciso instante AVALAMOS TODA LA DEUDA, con excepción de contratos que indiquen otra cosa, que por existir, existen, pero no son los habituales.

Tercera consideración: Si avalamos, debemos saber muy bien cual es nuestra exposición económica, hay que tener muy presente que ni no se controla perfectamente la evolución de los pagos de nuestro avalado, puede que nos enteremos del problema cuando no tenga solución, o la que tenga sea nefasta para nuestra economía y patrimonio, me explico ….. un crédito o hipoteca si se va pagando no tiene problema, y si hay algún retraso no significativo tampoco, pero a partir del momento en que el deudor principal acumula 3 pagos pendientes, podrían incluso antes, pero lo habitual es que estas cosas empiecen a partir de los 3 pagos pendientes, el banco o caja puede no conformarse con que el avalista los ponga al día y en paz, tienen la potestad de considerar vencido en préstamo por la totalidad de la deuda, las cuotas debidas en aquel momento y todas las que vendrán en los próximos 20, 25, 30 o más años, en consecuencia puede que cuando nos enteremos no tengamos solución posible. En este sentido yo recomendaría, aún sabiendo que esto nos supondrá problemas de relación con el avalado y más cuando son familiares (hijos, yernos, nueras, hermanos/as, etc.) que tengamos un control exhaustivo de los pagos mensuales que realizan o no realizan, ello se consigue si nos firman una autorización para el banco o caja, de manera que podamos consultar siempre que estimemos conveniente la situación de dichos pagos, ya que si hay un mes o dos no pagados tendremos la posibilidad de pagarlos y que el préstamo siga su curso durante los próximos años, ya que si vamos a pagar cuando la cosa esté demorada en exceso, tal vez no sea suficiente con “ponerse al día” y nos veamos presionados para pagar la totalidad del préstamo. Es evidente que si falta algún recibo por pagar tal vez podamos hacer frente al mismo sin demasiados problemas, pero si nos reclaman la totalidad es probable que no tengamos forma de solucionarlo, y nos veamos ante un embargo de nuestros bienes. También se puede pedir por contrato al banco o caja que conste una cláusula por la que se obligan a comunicarnos cualquier impago, pero esto solo se puede pedir, es posible que la entidad no acceda porque no tiene los sistemas informaticos preparados para ello.

Cuarta consideración: Yo soy de los que pienso que si un familiar nuestro nos pide que avalemos un préstamo porque superan en 80% y entendemos que nos corresponde hacerlo, si disponemos del dinero que le falta a nuestro avalado, tal vez deberíamos plantearnos prestarle directamente esta parte, y que nos vaya devolviendo el dinero en la misma forma que lo haría ante el banco o caja, de esta forma al menos sabemos lo que exponemos, sabemos con lo que ya no contamos, y evitamos una sorpresa futura, que probablemente aparecerá (si es que al final aparece, que no es siempre ni mucho menos) cuando peor nos va para hacer frente a la misma, y para el caso de que no tengamos posibilidades reales de ello, aplicar la consideración tercera en relación al “exhaustivo control” de la evolución de pagos de nuestro avalado.

Al final mi comentario no es contra el aval, ni recomendar el efectuarlo o no, es únicamente que se tenga claro o que suponga un recordatorio de su significación, tanto en relación con los que solicitan avales a familiares sin tener muy claro que están pidiendo en realidad, y a la vez para las personas que avalan, para que conozcan cuales son sus compromisos reales.

#2

Que tengamos claro todos que significa "AVALAR" ante una entidad financiera

Rogaría que algún forero de rankia que sea abogado confirmase o ampliase esto de la renúncia expresa a los beneficios de "orden, división, y excusión".

Para los no juristas como yo, es EXCUSIÓN, sin ninguna "L", no es ningún error de escritura, vamos que no es exclusión, es excusión.

Yo en el google encontré esto: El beneficio de orden es un derecho que la ley otorga al fiador por el que, en caso de incumplimiento, deberá guardarse una prelación (orden) y primero reclamar al deudor principal y después al fiador. El beneficio de excusión es también un derecho por el que al fiador no se le puede reclamar nada hasta que no se hayan ejecutado todos los bienes del deudor principal. El beneficio de la división consiste en que si hay varios fiadores se dividirá la deuda entre ellos.

Entonces en un aval a un tercero, renunciamos precisamente estos tres conceptos, para ello la mayoría de contratos indican "con renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión".

#3

Re: Que tengamos claro todos que significa "AVALAR" ante una entidad financiera

Tambien podrías avalar una cierta cantidad de dinero. Que viene a ser lo mismo que prestar, pero sin gastar esa cantidad. Un cliente mio lo usa para las pólizas de crédito.

Saludos.

#4

Re: Que tengamos claro todos que significa "AVALAR" ante una entidad financiera

Si, posible es, mi comentario es general y basicamente a utilidad de los préstamos hipotecarios,al ser este el apartado de hipotecas, en este sentido no sé si alguna entidad admitiría avales parciales en hipotecas, legal es, con arreglo a derecho también, pero que se acepte por parte del prestador, pogamos avalar hasta un 30% de la deuda, no sé si es conseguible (en términos generalistas).

#5

Re: Que tengamos claro todos que significa "AVALAR" ante una entidad financiera

Excelente y oportuno. En España mucha gente piensa que avalar es algo así como ser padrino en un bautizo y no tienen ni idea de lo que puede pasar si hay impago, y lo que es peor no se molestan en preguntar.

La sugerencia de tener información sobre impagos me parece muy buena. Por lo menos te enteras de cuando se te vienen los problemas encima, y con los bancos es mucho mejor hablar y negociar antes de que las cosas pasen a fase ejecutiva.

Blog: Game over?

#6

Re: Que tengamos claro todos que significa "AVALAR" ante una entidad financiera

Solo hay un problema, que ya apunté ¿como le dices al avalado que debes controlar "su cuenta de pagos hipotecarios"? vamos que en muchos casos ya me imagino aquello de papá tu confías en mi, me parece una exageración ……. (no tengo hijos todavía en edad para estas cosas y comprobarlo, en su caso) y otra peor, vas a avalar a un hijo tuyo, éste no dice nada y hasta le parece bien, y cuando está a solas con el compañero/a se monta el pollo de “tus padres que se han creído, ….. que derecho tienen de controlar nuestra vida ….. y cosas similares”.

En todo caso estoy plenamente convencido de la prevención puede sacar a los avaladores de muchos disgustos, como indiqué es relativamente posible salvar 3, 4 ó 5 cuotas, y puede ser un imposible cubrir una hipoteca declarada vencida por la totalidad por parte del banco/caja.

Mira este post se me ocurrió esta misma semana, estaba yo haciendo la cena, me gusta hacerla, me quita el estrés (es que hay gente pa’too), y en la TV escuchaba el “diario de…” no lo veo porque la tele me cae de espalda, y había un par de señoras medio llorando una porque su situación laboral y familiar no le permitía pagar la hipoteca, y su avalista (hermana) se había encontrado con un “pollo” de este calibre y no podía hacer frente a la reclamación, con lo que se apuntaba la posibilidad de que perdían sus casas las dos. Yo he indicado en alguna ocasión en el blog de Echevarri que a estos programas acuden personas con temas montados con un guión, puede que no actores, pero casi …… en todo caso en la situación económica actual me temo que puede ser bastante habitual, y no recordaba, al menos desde que yo “voy por rankia” que nadie hubiere comentado nada sobre esto, puede que el los blog’s si, pero no en los foros.

El comentario no va solo para advertir a las personas que avalan, al estilo “ser el padrino de bautizo”, muy buena comparación por cierto, va además y principalmente para los avalados, que sepan que es lo están pidiendo a sus familiares en realidad, que no están pidiendo nada irrelevante, si no tienen la suficiente sensatez, están ligando su vida económica a la de sus fiadores, con una diferencia sustancial, que el avalado que suele ser joven probablemente tendrá la posibilidad de rehacer su vida económica, pero los avalistas y por razón de su edad tal vez no tengan está oportunidad.

Con todo ¿aval si o aval no? Dependerá de muchas variables, yo siendo muy simplista, y con todas las reservas posibles, diría aval si, si es un problema de que estamos a algo más del 80% de tasación concurriendo unos buenos ingresos que permiten pagar la hipoteca aunque los tipos de interés suban, y diría no cuando ya estamos por encima del 35-40% de cuota sobre ingresos con tipos al 2%, insisto con todas reservas y simplicidad de esta idea base.

#7

Re: Que tengamos claro todos que significa "AVALAR" ante una entidad financiera

Pues yo sí que diría AVAL NO. Si necesitas un aval, es que no te puedes permitir esa casa. Si tus padres te quieren ayudar, que te den el dinero o te lo presten. Si no tienen el dinero, es que no están en situación de avalarte.

En fin, sólo es mi opinión. Entiendo que haya casos en que pueda tener sentido pero deberían ser la excepción, no la regla.

#8

Re: Que tengamos claro todos que significa "AVALAR" ante una entidad financiera

Pues yo no me opongo al aval. A lo que me opongo es a que se avale sin saber lo que eso implica y sin ninguna medida de seguridad mínima.

Pero no es cierto eso que dices de que si necesitas el aval es que no te puedes permitir esa casa. Para la primera casa que yo compré necesité el aval de mi padre, por la sencilla razón de que el tipo de contrato que tenía era por obra y servicio. Vete a explicarle al banco que en donde yo trabajaba solo se podía ser eso o funcionario por concurso-oposición cuando te sacaban la plaza. Con las leyes laborales tan graciosas que tenemos en este país si no eres funcionario o con contrato indefinido puedes necesitar el aval porque el banco no se fie de que vayas a seguir teniendo trabajo cuando llegue la fecha que pone tu contrato. La necesidad de aval no viene tanto de tu capacidad adquisitiva, sino de la confianza que le inspires al banco.

Pero a mi novia le pidió que fuera su avalista su empleada del hogar, ahí es nada. Hay que ser muy consciente que los lazos de compromiso que establece un aval pueden ser más duraderos incluso que un matrimonio. Antes de avalar a un hijo y a su pareja hay que tener claro qué puede pasar con la casa si el vínculo se rompe. El padre se puede encontrar respondiendo con sus bienes por la vivienda en la que no vive su hijo. Y si la ex-nuera no puede o no quiere hacer frente a la hipoteca el drama está servido.

Blog: Game over?