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ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

47 respuestas
ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años
2 suscriptores
ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años
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#31

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Hola,

Mi consulta es la siguiente, mi mujer y yo acabamos de comprar un terreno para edificar nuestra primera vivienda. Mi mujer tiene 32 años y cumple los requisitos para la bonificación del 5% del ITP pero hay dudas sobre si se puede aplicar la bonificación en este caso. Al parecer hay disparidad de criterios, pero hay una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de fecha 8 de mayo de 2.014, recurso 581/2011 y numero de resolución 390/2014, en la que dicta que si corresponde dicha bonificación.

El caso es he acudido a la oficina de gestión tributaria para hacer la liquidación y me dicen que no corresponde, que ellos deben practicar la liquidación por el 10% y que si quiero liquidar con bonificación debo hacerlo por internet y esperar a ver si se acepta o debo acabar pagando la diferencia.

Agradecería me orientasen sobre cómo debo liquidar dicho impuesto.

Muchas gracias y un saludo

#32

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

No es muy difícil liquidar el impuesto por internet, prueba a ver y pregunta dudas.

Otra cosa que puedes hacer es que te la hagan ellos, y al día siguiente pedir la devolución de ingresos indebidos en base a esa sentencia. 

Un saludo

#33

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Buenos días

Después de leer vuestros casos, creo que el mio encaja salvo un punto que me queda pendiente:

Somos una pareja de 31 y 32 años, cada uno con una base de menos de 30.000€

Mi pareja se compró una vivienda en 2014 y vivió en ella hasta el 2017, por lo que fue su residencia habitual durante 3 años. Esta vivienda la tiene actualmente alquilada y declarada en hacienda.

Estamos pensando en comprar una casa en el proximo mes, que sería nuestra vivienda habitual. ¿QUé tipo de reducción podemos esperar? Al menos por mi puede aplicar el descuento, pero en su caso no nos queda claro.

Otra cosa que nos ha hecho dudar es que en ciertos foros se comenta que la base debe ser menor de 30.000 teniendo en cuenta la suma de los dos.

Muchas gracias.

#34

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Hola
Ya tengo hipoteca y soy menor de 32 lo que no recuerdo es que documento tengo que presentar antes de 30 dias por la reduccion de 5%

#35

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

El impuesto de la hipoteca no está bonificado porque lo paga el banco.
En la compra sí tienes bonificación si cumples los demás requisitos (vivienda habitual y renta). Deberías presentar tu última declaración de renta y como mucho fotocopia del DNI. Tendrás que empadronarte y vivir ahí 3 años.
Pero si hipotecas la casa todo el tema de impuestos te lo gestiona el banco.

#36

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

A vale gracias
Si es que el banco el dia de la firma me dijo que tengo 30 dias me imagino que era para empadronarme.
Porque el registro y catastro lo lleva el notario?
Gracias y disculpa es que tengo un lio en la cabeza jeje

#37

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Hay un mes para pagar el impuesto desde que se firman los documentos. El banco te pedirá una provisión de fondos y con esos pagarán el impuesto de la compra, notaría, registro y su factura de gestión. Si hay sobrante se te devolverá (calcula mínimo 3 meses).

Para empadronarte tienes un año desde la compra si va a ser tu vivienda habitual.

Las escrituras las llevará al Registro la gestoría del banco y a Catastro se le comunica desde notaría y registro. Pero si te quedas más tranquilo acércate unos días después de haber firmado a la oficina que gestione Catastro (en pueblos suele ser el Ayuntamiento u oficina de tributos, que pueden gestionar ciertas cosas de tributos) y comprueba que está todo bien.

Sobre todo comenta al banco que tienes derecho a la reducción del 5% o te harán una provisión con el impuesto al 10%.

Pregunta todo lo que quieras, que creo que es la inversión más grande que la mayoría de gente hace y se informan poco. También puedes acudir al notario donde vayas a firmar ambas cosas (y que tienes derecho a elegir) y preguntar cualquier duda. También tienes derecho a ver el borrador de la hipoteca 5 días antes de la firma.

#38

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Muchas gracias polzet por todo.
Era la duda que tenia en mi cabeza

#39

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Hola,

estaba en el mismo caso que tu. Pero a mi me dijeron gestores y notario, que la ÚLTIMA DECLARACIÓN DE RENTA PRESENTADA en abril del 2017 (día que firmaba la compraventa) era la de 2015 y me podía ceñir al 5%. En la renta de 2016 ya no cumplía el criterio de base imponible.

Al final tuviste en cuenta  la declaración de 2016 o 2015? Yo la del 2015 y ya he recibido la carta certificadas de la agencia tributaria sobre Impuesto Tranmision Patrimonial y también AJD que por aquellas fechas pagaba el comprador y tb te podías ceñir a una reducción en ese impuesto. He presentado las alegaciones  + documentos pertinentes y a esperar la sentencia. Yo a día de hoy después de 2 años aun no he visto un articulo de ninguna ley que aclare ese caso. Lo sabéis? Te mencionaron a ti el gestor o notario donde está escrito eso? o es puramente su interpretación?

 

Gracias!

#40

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Hola Helstar

Yo me encuentro en el caso inverso al tuyo

Compre en Febrero 2019 
( en renta 2018 cumpli los requisitos, pero no los cumplia en 2017, aunque no tenia obligacion de presentar renta por vivir en el extranjero)

Tienes alguna notificacion de la Agencia Catalana?

Gracias
#41

Consulta ITP ahorro del 5% venta antes de los 3 años de vivienda habitual

Hola a todos,
En Junio de 2018 compré una vivienda al 50% con mi expareja. Yo al ser menor de 32 años me beneficié del descuento del 5%.
El caso es que me he separado de mi pareja, y hemos vendido la vivienda antes de los 3 años que marca el requisito para poder obtener dicho descuento.
En la norma que hay sobre esto, dice que por causas de tipo de divorcio etc.. no será necesario devolver el descuento obtenido. Pero en mi caso no estabamos casados ni  pareja de echo. Al final de dicha norma deja una puerta abierta a causas que obliguen esta venta antes de los 3 años, pero que sean demostrables. Mi duda aquí es la siguiente, hay alguna manera de demostrar legalmente que la ruptura de la pareja es el motivo de la venta forzada antes de los 3 años? Conocéis de algún caso que se haya podido salvar de pagar la diferencia del 5% ?
Si es así, podría beneficiarme también de los impuestos por incremento de patrimonio, al comprar una vivienda antes de 2 años. Así que imaginaros la cantidad de dinero que me podría ahorrar. Casi 15000 euros. Agradezco cualquier información al respeto.
Un saludo

#42

Re: Consulta ITP ahorro del 5% venta antes de los 3 años de vivienda habitual

Si convivisteis durante 2 años  ininterrumpidos y se puede demostrar (empadronamiento, testigos) técnicamente eráis pareja de hecho.

La ruptura supongo se puede acreditar con empadronamiento (ya no vivís juntos) o testigos. También puedes hacer un acta notarial donde tú manifiestes bajo tu responsabilidad que la venta ha ido vinculada a la ruptura, presentando testigos (personas que corroboren y refuercen eso).
#43

Re: Consulta ITP ahorro del 5% venta antes de los 3 años de vivienda habitual

Había pensado en esa posibilidad, pero estoy un poco perdido en la aceptación como prueba algo así, en ese caso todo el mundo que se dedicase a la compraventa de viviendas haría chanchullos con esto... No se...
En todo caso alguien conoce de algún caso en el que se haya podido demostrar esto??? 

Muchas gracias por la respuesta POLZET
#44

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Hola Josep, 

Nos encontramos con el mismo caso que tu. Finalmente te aceptaron el 5%? Te estariamos muy agradecidos si nos pudieses explicar tu experiencia para decidir como lo tramitamos. Gracias. 
#45

Re: ITP 5% en Cataluña para menores de 32 años

Hola Elisabeth, referente a este tema te comento que si que pagamos el impuesto del 5% en el caso de mi pareja y yo del 10% y hasta la fecha no hemos recibido nada al respecto, no se si lo han aceptado o todavia pueden reclamar la diferencia.
Eso si, lo tuvimos que realizar online puesto que intentamos hacerlo fisicamente pero nos dijeron que no correspondia la reduccion al tratarse de un terreno pero que lo intentasemos online.
Asi que te aconsejo que lo intenteis de esta manera.
Espero haberte servido de ayuda, un saludo