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Herencia de fondos de inversión

12 respuestas
Herencia de fondos de inversión
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Herencia de fondos de inversión
#1

Herencia de fondos de inversión

Buenos días,

 

Os escribo por si algun se vio en mi misma tesitura y puede ayudarme, os cuento el supuesto:

 

Mi madre recibió de herencia de mis abuelos un dinero que depositó en una cuenta conjunta con mi padre en el SAN, con ese dinero se suscribió una cartera de fondos de inversión, para la cual se abrió una cuenta de valores, también de titularidad indistinta.

Al fallecer mi padre bloquean esos fondos por considerarlos gananciales, pese a que se suscribieron con dinero privativo y en el banco tienen constancia de ello. Se escudan en que la ingresarlo en una cuenta conjunta se hizo una donanción a la sociedad de gananciales, lo cual es muy discutible porque es sabido que la jurisprudencia sostiene que la titularidad indistinta de una cuenta no significa que sus saldos sean por mitad.

Todos los herederos estamos de acuerdo en que esos fondos son privativos, pero aún así el SAN no los libera, entiendo que porque sabe que es una cartera que mi madre quería traspasar a otra entidad, y de esta forma consiguen seguir teniendola en su poder.

Sabeis como puedo conseguir que liberen esos fondos privativos para que mi madre pueda traspasarlos?  y por otro lado, quien es el banco para sostener que los fondos son gananciales si los herederos no lo discuten?

 

Muchisimas gracias de antemano,

 

Un saludo.

#4

Re: Herencia de fondos de inversión

Gracias por el artículo!

Espero que no haga falta llegar a un procedimiento judicial.

 

Un saludo.

#5

Re: Herencia de fondos de inversión

Hasta que no hayas presentado la liquidacion de sucesiones y entregues la copia autorizada de la herencia y libro de familia original, no van a hacer nada, ni deben ni pueden. 

#6

Re: Herencia de fondos de inversión

es que precisamente parece que el problema está en que los herederos no quieren incluir en la masa hereditaria los fondos de inversión, porque consideran que son privativos del cónyuge superviviente (la madre), mientras que el Banco considera que el 50% son del cónyuge fallecido, y si no se le presenta la liquidación del impuesto de Sucesiones incluyendo dichos fondos, va a seguir reteniéndolos.

Parece un tema peliagudo; es cierto que la cotitularidad de una cuenta corriente no supone necesariamente una cotitularidad real en partes iguales, pues se  puede presentar pruebas sobre el origen de los fondos y a quién corresponden.

Pero en esto caso entiendo que el dinero no está en una cuenta corriente, si no en unos fondos de inversión que se han adquirido en cotitularidad, y ese ya es un tema distinto.

Creo que no hay jurisprudencia clara sobre este tema, deberían consultarlo a un buen abogado, pues cuando se empiezan a mezclar dineros privativos con gananciales, la cosa se complica.

El código civil (artículo 1358) reconoce la posibilidad de que al disolverse la sociedad de gananciales, el cónyuge reclame lo que corresponda a bienes privativos que aportó, pero parece que existen distintas interpretaciones de cómo debe haberse articulado y manifestado el carácter privativo/ganancial esa aportación (1355)

Artículo 1355

Podrán los cónyuges, de común acuerdo, atribuir la condición de gananciales a los bienes que adquieran a título oneroso durante el matrimonio, cualquiera que sea la procedencia del precio o contraprestación y la forma y plazos en que se satisfaga.
Si la adquisición se hiciere en forma conjunta y sin atribución de cuotas, se presumirá su voluntad favorable al carácter ganancial de tales bienes.


 

 


 

Artículo 1358

Cuando conforme a este Código los bienes sean privativos o gananciales, con independencia de la procedencia del caudal con que la adquisición se realice, habrá de reembolsarse el valor satisfecho a costa, respectivamente, del caudal común o del propio, mediante el reintegro de su importe actualizado al tiempo de la liquidación.


 

 


 

 

 

#7

Re: Herencia de fondos de inversión

Entonces lo que quieren hacer los herederos es no pagar la parte correspondiente del fallecido a sucesiones, aprovechando la doble titularidad ? 

pero en realidad es mejor pagar sucesiones (si vive en madrid) que no los tramos del ahorro el dia que tengan que rescartar el fondo o como va eso? porque entonces habria doble imposicion de impuestos. 

 

 

#8

Re: Herencia de fondos de inversión

pero en realidad es mejor pagar sucesiones (si vive en madrid) que no los tramos del ahorro el dia que tengan que rescartar el fondo o como va eso?

Las ganancias patrimoniales se "resetean" cuando el propietario del fondo fallece y no se llegan a pagar nunca. El heredero pagará el impuesto de sucesiones por el patrimonio que haya en ese momento y ese será el valor patrimonial de referencia para calcular la ganancia patrimonial del fondos en futuros reembolsos que ya haga el heredero.

#9

Re: Herencia de fondos de inversión

Calculad cuanto os saldría a pagar sucesiones incluyendo todo el fondo (como sostiene en Santander) y echad cuentas.

¿Tanto se incrementa el impuesto?

Hace unos años vivi en primera persona algo similar y sólo te puedo decir que la única forma de que el Santander (y otros bancos) de su brazo a torcer es por vía judicial.

Mientras no pagueis sucesiones os tienen cogidos por...

Mi consejo es que si no sube mucho el impuesto de sucesiones pagueis y una vez liquidado vasi al Santander y sacais todo...

#10

Re: Herencia de fondos de inversión

sí, probablemente sea la estrategia adecuada, que paguen el impuesto, obtengan el dinero y luego pueden presentar una solicitud de ingresos indebidos del impuesto de Sucesiones, a ver si se la aceptan.

#11

Re: Herencia de fondos de inversión

Hola.

Sin tener grandes conocimientos en temas de herencias quiero exponer un caso que vivo de cerca.

Después de la defunción de uno de los dos cónyuges el banco bloqueó inmediatamente el 50% del dinero invertido: Cuenta corriente y depósito,

El testamento está en manos del Abogado encargado de hacer la partición y liquidación de impuestos...

El tiempo se ha alargado y han pasado los SEIS meses (hay que pagar intereses) y aun no ha concluido 

El banco está a la espera que se presente la liquidación de impuestos

 

#12

Re: Herencia de fondos de inversión

En primer lugar muchas gracias a todos por vuestra ayuda!

 

El tema no es baladí, ya que no es en Madrid la sucesión y por lo tanto si tiene transcendencia tributaria, independientemente de la queja al defensor del cliente del SAN la idea que planteas me parece muy interesante para ir a pleito, entiendo que sería tan sencillo como acreditar en la notaria que el dinero para la suscripción de los fondos era privativo, y a la hora de liquidar la sociedad de gananciales en vez de un 50%-50% adjudicar a mi madre viuda en pago de esas aportaciones más bienes no? por ejemplo todos o parte de los fondos de inversión, y al ser una adjudicación de gananciales no tributa en sucesiones, me equivoco?

De esta manera podriamos solucionar el asunto de manera sencilla sin ir a juicio, no? o el SAN puede negarse también? la verdad que me parece indamisible que el SAN sea quien deba valorar el caracter ganancial o privativo de unos bienes, pues no es juzgado ni parte de este asunto, si hubiese problemas entre herederos tendría sentido que bloquease los fondos pero si todos estamos defiendo que son bienes privativos...

 

Lo dicho, muchisimas gracias a todos!

#13

Re: Herencia de fondos de inversión

la cuestión de fondo es que el banco es responsable subsidiario del pago del impuesto de Sucesiones como los herederos no lo paguen, de acuerdo a la ley.

Y si consideran que el 50% de los fondos son del fallecido, como no presentéis una liquidación del impuesto en que aparezca incluido dicho fondo, parece que no lo va a liberar, ya puedes declarar lo que quieras delante del notario.

Imagínate que te acepta la tesis vuestra, pero luego aparece la Hacienda autonómica y dice que dichos bienes había que haberlos incluido; y va a por ellos porque a los herederos no les encuentra bienes embargables.

Por eso te encuentras en la tesitura de seguir reclamando contra el Banco, con lo que los fondos van a seguir retenidos y os va a vencer el plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones, o pagar y luego reclamar a Hacienda y/o al Banco.

 

#14

Re: Herencia de fondos de inversión

Buenas tardes, perdonar que os pida ayuda de nuevo!

 

Al final hemos decidido optar por la vía de que mi madre ejercite el derecho de reembolso, sin oposición de los herederos, a la hora de liquidar gananciales. Pero ahora bien, enrredado un poco con el programa para cumplimentar el modelo 660 veo no encuentro la forma de plasmar ese reembolso fiscalmente, una deuda dudicble no puede ser ya que no son deducibles las deudas entre conyuges y no creo que se trate de una deuda, y el programa por defecto a los bienes ganancailes me los pone un 50% para cada uno.

Sabéis como debería de hacerlo??

 

Muchísimas gracias!

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