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Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular

5 respuestas
Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular
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Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular
#1

Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular

Buenas tardes

He llegado a un acuerdo voluntario de retiro con mi empresa por el que me prejubilo en 20 días.

Me pasan el borrador del finiquito y, aunque un 30% del importe de la indemnización es libre de impuestos por ser rendimiento irregular, me aplican retención a cuenta para IRPF sobre ese 30% que es libre de impuestos.

Podéis decirme si es lícito que me hagan una retención a cuenta sobre una cantidad que está libre de impuestos por que ser un rendimiento irregular ??? 

Yo no lo creo lícito pero me lío con los artículo 81 y 83 de la Ley del IRPF. Acabo perdido y necesito ayuda

Mil gracias
#2

Re: Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular

 La cuestión tiene su complejidad y no sé si sabré explicártelo bien. 

Esa reducción del 30% por rendimientos irregulares se tiene en cuenta para determinar la base para calcular el tipo de retención (art. 83.1 y 83.3.a del Reglamento IPRF). Esa base comprende las retribuciones anuales a considerar con las especificaciones del art. 83.3. 

Una vez determinada esa base, y considerando el mínimo personal y familiar (art.84) se calcula después la cuota (anual) de retención (art. 85) y luego se calcula el tipo de retención (art.86). Obviamente, en tu caso, ese tipo debiera ser menor que el que hubiese correspondido de no haber tenido en cuenta la reducción del 30% para calcular la base. 

El tipo de retención es el que se debería haber aplicado a todas las retribuciones que vayas percibiendo de tu empresa a lo largo del año 2023  -incluido el total de la indemnización- pero seguramente no habrá sido así porque a principio de año, cuando se hace el primer cálculo del tipo, la empresa no conocía el importe de esa indemnización, posiblemente no conocía ni que ibas a prejubilarte. Al hacerte la liquidación de que hablas, la empresa habrá hecho una regularización de las retenciones de IRPF, de la que habrá obteniendo el tipo de retención que te ha aplicado en la liquidación final. El tipo de retención se aplica sobre la cuantía total de retribuciones que te abonen, incluida por tanto la totalidad de la indemnización de mutuo acuerdo (art. 80.1). Aunque no es fácil apreciarlo, el beneficio de la reducción viene por el resultado de un importe/cuota anual de retención menor que el que hubiese correspondido de haberlo calculado con una base en la que no estuviese minorada la reducción. No tiene pues el tratamiento de una renta exenta, sobre la que no se aplica retención.

La única forma de que examines si la retención es correcta, o al menos aproximadamente correcta, es ir a las cifras anuales de retribuciones, gastos deducibles S.S., y reducción por rendimientos irregulares, en el simulador de la Agencia tributaria para las retenciones del trabajo (en tu caso, serán las cifras correspondientes al periodo que te pagará la empresa). Allí obtendrás el “importe anual de las retenciones e ingresos a cuenta”, que deberás comparar con el total que te ha practicado la empresa en las diferentes nóminas y liquidaciones que te haya abonado en el año 2023. 

Verás que este simulador, en el apartado de “datos económicos”, tiene una casilla para “Reducciones por irregularidad (Art. 18.2 LIRPF)”. 

En cualquier caso, el arreglo de cuentas final con Hacienda será la declaración de renta del ejercicio 2023, en cuyo apartado de rendimientos del trabajo tendrás que consignar por una parte la totalidad de retribuciones, incluido el total de la indemnización, y por otra el importe de la reducción del 30% sobre la indemnización/rendimiento irregular Si tu empresa te ha retenido en exceso, te saldrá a devolver más o a pagar menos. 
#3

Re: Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular

Muchísimas gracias por el esfuerzo que le has dedicado a la respuesta

sigue sin entrarme en la cabeza que en la nómina del mes, que es de sólo un mes, claro, no de un periodo superior a dos años, sea imposible evitar la retención a cuenta por IRPF de una cifra que desde su concepción se sabe que acabará siendo libre de IRPF

Que sólo sea posible hacer valer esa deducción sobre rendimientos irregulares cuando al año siguiente te toque hacer la declaración de Hacienda me subleva, lo juzgo abusivo

Enfín, me temo que no tengo salida, muchas, muchas gracias de nuevo por responder

Toca esperar todo un año a que me devuelvan un dinero que es flagrante que tendrán que devolverme…….. si sigo vivo….

Un saludo
#4

Re: Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular

Es que lo enfocas de una forma equivocada.
No hay una "exención" (una parte o todo el rendimiento queda fuera del impuesto), sino una "reducción" (donde realmente dice 100, a efectos fiscales debe decir 70).

Si es "exención", no se debe aplicar retención, pues es un rendimiento exento.

Si es "reducción", se debe aplicar retención, pero calculando la retención en base a ese rendimiento "reducido".

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular

Hola cachilipox, te entiendo, y te lo agradezco, ahora ya sé que así es y que así tendré que tragármelo, pero me enerva

Se le llame exención o se le llame deducción, el hecho final es que al final no va a estar sujeta a impuestos pero no me libro de que sí tenga retención a cuenta. Me quitan por adelantado algo que es seguro que tendrán que devolverme

Gracias de nuevo a todos
#6

Re: Duda en retención a cuenta sobre rend. Irregular

Reducción, exención, bonificación, desgravación, deducción,....
Todos son nombres similares, y de efectos similares (pagar algo menos de impuestos), pero cada término hace referencia a una cosa concreta, y tiene un procedimiento específico de aplicación.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!