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¿Prescripción Declaración? - Hacienda

3 respuestas
¿Prescripción Declaración? - Hacienda
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¿Prescripción Declaración? - Hacienda
#1

¿Prescripción Declaración? - Hacienda

Buenas noches. Mi vivienda dejó de ser vivienda habitual en 2011 por motivo de trabajo ya que tuve que trasladarme a otra ciudad. Bueno  pues como seguía pagando hipoteca y residiendo en ella vacaciones y algún que otro puente y fines de semana,  por desconocimiento, seguí declarándola. Hacienda me revisa la declaración del ejercicio de  2016 y me multa y me liquida intereses. Hasta aquí normal, por haberlo hecho mal. Pero claro, rápidamente hago complementaria de las de 2015 y 2014, pero no de 2013 por estar cerca de su prescripción. Tengo certificado digital y veo que las declaraciones 2013, 2014 y 2015 están siendo revisadas. La de 2014 y 2015 me da igual porque yo ya las he rectificado, pero claro, me queda la duda con la de 2013,  que antes de junio (finales de mayo), me empezó a poner que estaba siendo revisada. A mi no me ha dicho nada Hacienda ni me ha notificado nada de esa declaración. 

Art. 66. Plazos de prescripción.

    Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos: 

a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.

b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.

c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

Artículo 68. Interrupción de los plazos de prescripción.

1. El plazo de prescripción del derecho a que se refiere el párrafo a) del artículo 66 de esta Ley se interrumpe:

a) Por cualquier acción de la Administración tributaria, realizada con conocimiento formal del obligado tributario, conducente al reconocimiento, regularización, comprobación, inspección, aseguramiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria que proceda, aunque la acción se dirija inicialmente a una obligación tributaria distinta como consecuencia de la incorrecta declaración del obligado tributario.

  

Y como he dicho antes, a mi no me han notificado nada, solo que dispongo de certificado digital y puedo ver esto que comento.

 

Así que me gustaría preguntar si esa declaración está a fecha de hoy prescrita o no???

 

Muchas gracias

#2

Re: ¿Prescripción Declaración? - Hacienda

No conozco exactamente si el acceso con el certificado digital a la informacion de que estan siendo revisadas las declaraciones se considera conocimiento formal.

En el caso de que se considere conocimiento formal si, te podra hacer liquidacion.

En caso contrario si te liquidan deberas interponer un recurso de reposicion en el plazo de un mes desde que te notifiquen la liquidacion alegando que no te han notificado nada. Si te lo echan para atras ya pasarias a la reclamacion economico-administrativa y si ni con esas al contencioso. 

La clave estará ahí, en que si tu al acceder a esa información se queda como notificado o no.

#3

Re: ¿Prescripción Declaración? - Hacienda

Eso no se considera conocimiento formal de nada, no interrumpe la prescripción. Ya verás como lo acaban cerrando como prescrito. En caso contrario, lo que dice Vuyis, a recurrir, que lo ganas seguro.

Un saludo

#4

Re: ¿Prescripción Declaración? - Hacienda

Gracias por vuestras respuestas. Yo me inclino a que ya ha prescrito pero de la administración ya me espero cualquier cosa. Os informaré si me llegase algo.

Lo dicho, gracias